PRESENTA RECURSO DE APELACIÓN
Señores
Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo
Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación
Ref.: Expediente
Disp
De mi consideración:
, abogado Tº , en representación de , constituyendo nuevo domicilio en , a esta Dirección me presento y adjunto el presente recurso de apelación para ser elevado al tribunal que corresponda entender.
INTERPONE Y FUNDA RECURSO DE APELACIÓN
Excma. Cámara:
, abogado Tº , en representación de , constituyendo domicilio en y domicilio electrónico en , a V.E. me presento y respetuosamente digo:
I.- PERSONERÍA
Conforme surge de la copia del poder que se adjunta, cuya autenticidad y vigencia declaro bajo juramento, soy apoderado de , con domicilio social en .
II.- OBJETO
En el carácter invocado y siguiendo expresas instrucciones de mi mandante, vengo en legal tiempo y forma a presentar recurso de apelación conforme los términos del artículo 45 de la Ley 24.240 contra la disposición Disp. dictada el día // emitida por la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo (a la que, en lo sucesivo me referiré como, la “Dirección”), que fuera notificada a mi representada el //*.
Por los fundamentos que seguidamente expondré, solicito a V.E. que deje sin efecto la sanción impuesta, con costas, y que reintegre a mi mandante el importe de la multa abonada, con intereses.
III.- ANTECEDENTES
Estas actuaciones se inician como consecuencia de un reclamo realizado bajo el sistema del Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (COPREC) por la Sra. contra mi mandante.
La requirente era titular de una tarjeta de crédito emitida por mi mandante, y a causa de cuestionamientos que la Sra. tenía con relación a los costos de la Tarjeta (a causa de hacer pagos mínimos de los resúmenes que recibía), es que había iniciado el reclamo.
Se realizó audiencia, en la que se llegó a un acuerdo  que posteriormente fue homologado por la autoridad.
El Acuerdo consistía en los siguientes puntos: , algunos a cargo del consumidor y otros a cargo de mi mandante pero supeditados al cabal cumplimiento de los primeros.
Tiempo después, se contacta la Sra. informando la cancelación de la deuda y solicitando que se le extienda una constancia de “libre deuda”.
Tras verificar los pagos realizados (a pesar de haber sido hechos fuera de plazo, y con varios meses de mora) se procede a cerrar definitivamente la cuenta (la misma debía permanecer abierta para recibir los pagos acordados) y se extiende el “certificado de libre deuda” requerido, el cual es remitido a ésta por correo electrónico el día //.
Se presenta un escrito en el expediente informando acerca de los pagos realizados, y aclarando que se había cumplido con el Acuerdo.
Tiempo después, mi mandante es notificada de la Disposición, mediante la que se le aplica –en forma totalmente inexplicable- una multa de $ por un supuesto incumplimiento del Acuerdo convenido con la Sra. .
Y con causa en los antecedentes de hecho expuestos, más los de derecho que seguidamente se indicarán, es que mi parte recurre esa errónea e improcedente sanción.
IV.- AGRAVIOS
Teniendo en cuenta los antecedentes reseñados en el capítulo anterior es que mi representada no entiende, y por ello insiste en recurrir, en que se la haya sancionado con la aplicación de una multa totalmente improcedente todo lo cual causa a mi mandante un gravamen irreparable.
En tal sentido, solicito a V.E. hacer lugar al presente recurso y dejar sin efecto las sanciones aplicadas contra mi parte, así como disponer el reintegro del importe de la multa con los intereses correspondientes (que deberán calcularse hasta la fecha de su efectivo reintegro), sumas que mi representada ha debido abonar, como requisito para la procedencia de este recurso.
i) Inexistencia de incumplimiento al Acuerdo
Entiende mi parte que no incumplió el Acuerdo en ningún momento, y que la Dirección ha fundado la Disposición en errores de hecho y de apreciación, que no pueden ser soslayados.
La imputación, sin aclaración alguna fue “haber incumplido”. Lo mismo ocurre con la Disposición que sanciona a mi representada por “haber incumplido”. En ninguno de los casos se explica ni se justifica ni se fundan los presupuestos mínimos esenciales para entender en qué se basa la aplicación de la sanción, en qué se funda la Disposición como acto administrativo válido, en la medida en que no aporta ninguna explicación.
Y con la revisión de los antecedentes expuestos, que no requieren mayor tipo de prueba, se advierte claramente la inexistencia de incumplimientos de mi representada.
La causa del presunto incumplimiento por la que se sanciona a mi parte es absolutamente inexistente: mi mandante desconoce, totalmente, cuál habría sido el incumplimiento concreto en el que la Dirección ha determinado que se habría incurrido, cuando lo único claro y evidente es la falta de pago por parte de la requirente.
La Disposición, que omite lo evidente: el incumplimiento de la requirente al Acuerdo, y que, sin fundamentos, revierte la acusación, para imputar y sancionar a mi mandante por un inexistente incumplimiento, es totalmente errónea, infundada y arbitraria, y por eso debe ser dejada sin efecto.
ii) Nulidad de la Disposición
La causa de todo acto administrativo, se vincula directamente a los hechos y antecedentes del acto y al derecho aplicable, siendo la causa uno de los elementos esenciales del acto administrativo.
Es decir, los dos presupuestos integrantes y necesarios de este elemento esencial del acto y que por lo tanto deben ser mencionados en el mismo para que el acto sea plenamente válido y eficaz son: los hechos y el derecho aplicable.
De lo expuesto se desprende que, la causa del acto administrativo se encuentra viciada y en consecuencia debe declararse la nulidad absoluta de la Disposición.
De las probanzas aportadas, surge que la causa, la motivación y la finalidad de la Resolución están viciadas de nulidad por carecer de fundamentos que se ajusten a la realidad. Estos defectos impactan en la validez del acto, que se torna nulo.
Los vicios advertidos revisten gravedad: los fundamentos son erróneos y falsos.
Las sanciones dispuestas a través de la Resolución carecen de causa, en tanto sólo se fundan en los dichos de la requirente, que mi parte ha probado ser erróneos (e inclusive, en algún caso, falsos).
La carencia de elementos probatorios que permitan a la Dirección basar sus conclusiones en hechos acreditados, así como también las afirmaciones y razonamientos carentes de justificación fáctica, nos llevan a concluir que la Disposición carece de causa, es decir, no se sustenta en los hechos y antecedentes que le sirven de causa ni en el derecho aplicable.
Como conclusión, desde el punto de vista normativo, y como acto administrativo, la Disposición es nula, de nulidad absoluta en tanto:
(i) Los hechos y pruebas aportados contradicen aquello en lo que la Dirección basó sus conclusiones para su dictado, concluyen que la Disposición carece de causa.
(ii) La Disposición se basa en las erróneas (y falsas) manifestaciones de la requirente, que han sido desvirtuados por la prueba presentada.
V.- PRUEBA
En el caso de no considerar acreditados los extremos invocados por esta parte, se ofrece la siguiente prueba:
Documental
Se adjunta a este recurso, como prueba documental:
– Impresión de correo electrónico , adjuntando el certificado de libre deuda, .
– Copia del Acuerdo.
– Copia del certificado de libre deuda.
– Comprobante del pago de la multa impuesta, .
Documental en poder de terceros
El contenido del expediente administrativo que diera lugar a la Disposición, en especial, el Acuerdo homologado del que surgen las obligaciones para cada una de las partes. En caso de no ser elevado ese expediente junto con este recurso, se solicita a V.E. requerirlo a la Dirección ad effectum videndi et probandi.
Pericial
La designación, de oficio, de un perito contador único para la realización de una pericia contable sobre los sistemas y libros contables de , para informar a V.E.:
a) El historial de la cuenta de la requirente,  en .
b) Indicar fechas en las cuales la cuenta referida estuvo vigente y en qué fecha fue cerrada.
c) Indicar las fechas e importes de los pagos realizados por la requirente entre los meses de en adelante, aclarando –de ser posible- en qué lugares /medios fueron realizados los pagos.
d) Informar en qué fecha fue dada de baja la Tarjeta Carrefour de la requirente.
e) Si surgen de los sistemas anomalía alguna que impidiera u obstaculizara la realización de pagos a la cuenta de la requirente entre los meses de a .
f) Que informe todo otro dato que pueda resultar de interés para la causa.
VI.- PLANTEA CASO FEDERAL
Para el hipotético caso en que V.E. resolviera no hacer lugar a lo expuesto por este recurso, contra lo requerido por mi representada, se ocasionará a mi parte una violación al derecho de propiedad, así como una violación al derecho de defensa y al principio de legalidad, todos expresamente reconocidos en nuestra Constitución Nacional, lo que habilitará a mi parte a acceder a la revisión de la sentencia que se dicte, por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a través del planteo de cuestiones federales, de lo cual hago aquí formal reserva en función de lo establecido por el art. 14 de la ley 48.
VII.- AUTORIZA
Confiero autorización a favor de  para que, en forma indistinta, puedan tomar vista del expediente, diligenciar
oficios, retirar documentación y realizar cuantos más actos no requieran de una autorización diferente de la presente.
VIII.- PETITORIO
Por lo expuesto, solicito a esta Dirección:
1°) Tenerme por presentado, por constituido el nuevo domicilio, y por presentado en legal tiempo y forma el presente recurso de apelación contra la Disposición.
2°) Tener por abonado el importe de la multa, al sólo efecto de proceder con el recurso de apelación, conforme lo establecido en el art. 45 de la Ley 24240, y elevar las actuaciones al tribunal que corresponda entender.
Y a V.E.
1°) Tener por presentado en legal tiempo y forma el presente recurso de apelación contra la Disposición, por presentada a mi parte y por constituido el domicilio indicado.
2°) Tener por abonado el importe de la multa, al sólo efecto de proceder con el recurso de apelación, conforme lo establecido en el art. 45 de la Ley 24240.
3°) Proveer la prueba ofrecida.
4°) Hacer lugar a los planteos de mi parte y, en consecuencia, dejar sin efecto las sanciones allí contenidas, y reintegrar a mi representada el importe de la multa abonado, con sus intereses desde la fecha de su pago y hasta las de la fecha de la efectiva devolución.
5°) Tener presente la reserva del caso federal y las autorizaciones conferidas.
6°) Todo ello, con expresa imposición de las costas.
Proveer de conformidad,
SERÁ JUSTICIA
Legislación relevante:
– Art 45 Ley 24.240 modif por ley 26.993

Importante: Si no sos Abogado/a y necesitás asesoramiento jurídico por una situación específica, es fundamental consultar con un/a Abogado/a. Los contenidos aquí provistos son de carácter informativo y general, y pueden no estar actualizados o contener errores.

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