DENUNCIA INCUMPLIMIENTO. SOLICITA REINICIO REVINCULACION. PROPONE

Señor Juez:

, por derecho propio, manteniendo el domicilio constituido en y domicilio electrónico en , conjuntamente con el letrado que me patrocina , en autos “ c/ s/ Medidas Precautorias”, Expte. a V.S. digo:

I.- Objeto
Conforme al estado de autos, en especial, a la revinculación dispuesta por la SCBA el //, la discontinuidad en el proceso de revinculación y al incumplimiento posterior asumido por el/la progenitor/a, solicito de V.S. que ordene el reinicio del referido proceso, a cuyo fin propongo que sea designada el/la licenciado/a y que se intime al progenitor a prestar debida colaboración con este nuevo proceso y que se fijen multas en caso de incumplimiento.

II.- Antecedentes
sustrajo a mis hijos de nuestra casa en , para llevarlos a vivir a la ciudad de , y los retuvo allí desde entonces (hace ya casi años), todo ello a través de un comportamiento contrario a la ley, y violando el régimen de tenencia que ejercía el/la suscripto/a como consecuencia de un acuerdo homologado en la sentencia de divorcio.
El //, la juez de familia, dispuso la inmediata restitución de mis hijos a su centro de vida y el regreso a vivir junto a su .
El // la Excma. Cámara confirmó el fallo de primera instancia y consideró necesario iniciar un proceso de revinculación rápido y eficaz que permita a los menores volver a su centro de vida a vivir con su .
El //, interpuso ante la CSJN recurso de queja por denegación del recurso extraordinario, que motivó la formación del incidente “ s/ Medidas Precautorias”.

III.- 
En el fallo dictado por la SCBA el //, luego de ordenar diferentes pericias, dispuso que los menores debían volver a vivir con su , quedando confirmando (por tres instancias), el comportamiento ilegítimo del/a progenitor/a.
El fallo reconoce que se violó el acuerdo de tenencia homologado, que de manera inconsulta, en contra de la voluntad de su y a través de vías de hecho:
i) cambió el centro de vida de mis hijos,
ii) los cambio de colegio
iii) impidió cualquier tipo de contacto desde

IV.- El Proceso de Revinculación. Su Final.
El // se ordenó el “inmediato inicio de una terapia de revinculación” a cuyo fin se dispuso designar a un perito psicólogo/a de la lista, resultando sorteada  . Lo cierto es que para dicha tarea, se requería no solo de un conocimiento específico de la problemática a resolver (especialidad), sino también de una mínima experiencia, requisitos que no cumplía y que determinaron finalmente que no se iniciara el proceso de revinculación con la citada profesional.
El //, como consecuencia de un acuerdo entre las partes se designó a para que iniciara el proceso de revinculación. Comienza el proceso en el que al principio solo participaban mis hijos; si bien tuve entrevistas personales después, demoraron los encuentros con mis hijos y tal diferimiento radicaba en la negativas de ellos para verme. Cuando comencé a tener los encuentros, había incidentes, continuas inasistencias a las sesiones fijadas, discusiones del/a profesional con el/la progenitor/a, falta de pago, en definitiva, falta de colaboración por parte de éste/a.
Finalmente, se hizo saber a las partes la decisión que había tomado en la que comunicaba que no continuaba con el tratamiento.

V.- La Imprescindible Colaboración del/la Progenitor/a
Desde que la Cámara aludiera a la necesidad de una revinculación, he venido sosteniendo que la misma nunca sería posible, cualquiera fuere la institución o el profesional que interviniera, si no había una clara y firme voluntad del/la progenitor/a para que la revinculación se realice con normalidad y para que finalmente se logre. El cumplimiento de esta obligación era esencial y estaba a exclusivo cargo del progenitor/a, por la sencilla razón de que los menores están -de hecho- a su cargo, Por lo demás, la colaboración del progenitor/a no se limita a llevarlos a cada sesión o entrevista, sino a bajar el nivel de conflicto a través de los medios necesarios para desterrar la idea del supuesto abandono o daños, pues mientras se mantenga en la cabeza de mis hijos la creencia de que su los abandonó e intentó perjudicarlos y que fue su quien salió a protegerlos, nunca habrá revinculación posible. Así se lo hice saber a mi ex-cónyuge y lo exhorté a colaborar en tal sentido en cada una de las oportunidades que me permitió comunicarme con él/ella.

VI.- La Propuesta del Progenitor. La Mediación en Sede Penal
Hago saber a V.S. que en paralelo a este proceso civil, tramita un proceso de naturaleza penal identificado como , en el que se persigue al progenitor por el delito de “impedimento de contacto”.
En una audiencia de conciliación celebrada, las partes se obligaron, a los efectos del proceso de revinculación, y de manera irrevocable a realizar los actos necesarios para incrementar los encuentros para recuperar el vínculo familiar afectado e incluso para fortalecerlo.

VII.- Incumplimiento. Estado actual de los vinculos
Lo cierto es que nada de lo acordado se cumplió. La revinculación está estancada. El contacto está limitado a llamados telefónicos.

VIII.- Reinicio de revinculación. Propone
Por las razones mencionadas, solicito se ordene reiniciar el proceso de revinculación, esta vez a realizarse con un profesional idóneo que VS designe que aborde el proceso y trabaje en la reconstrucción de los vínculos.
A tal fin y evitando el sorteo de un psicólogo del listado que no cuente con la capacidad ni experiencia que la tarea exige, se propone a quien no solo cuenta con conocimiento y experiencia en materia de revinculación.
Finalmente será necesario que VS exhorte e intime al/la progenitora a colaborar y a realizar todas las tareas que sean menester para facilitar el trámite de la revinculación y su éxito, en especial llevando a los menores a cada sesión, intervenir en las entrevistas y en especial remover todo elemento negativo que se hubiera utilizado para que mis hijos se alejen de mi, todo ello bajo apercibimiento de astreintes.

IX.- PETITORIO
Por todo lo expuesto, solicito:
1°) Se tenga presente lo expuesto.
2°) En cumplimiento de lo dispuesto por la Excma. Cámara se ordene continuar con el proceso de revinculación.
3°) se designe a la profesional propuesta.
4°) Se intime al/la progenitor/a a prestar debida colaboración con el proceso, especialmente con la asistencia y los traslados necesarios.
5°) Se establezca una multa elevada al/la progenitor/a para el caso de incumplimiento de lo ordenado.

Proveer de conformidad
SERA JUSTICIA

Legislación relevante:

– Art 638 y ss del Código Civil y Comercial

Importante: Si no sos Abogado/a y necesitás asesoramiento jurídico por una situación específica, es fundamental consulta con un/a Abogado/a. Los contenidos aquí provistos son de carácter informativo y general, y pueden no estar actualizados o contener errores.

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