CONTESTA DEMANDA. SOLICITA SU RECHAZO. RECONVIENE POR COBRO DE PESOS Y/O DEVOLUCION SUMAS DE DINERO. SOLICITA APLICACIÓN LEY 24.240.-

Señor Juez Nacional:

, por mi propio derecho, DNI , con domicilio real en la calle con el patrocinio letrado de , abogada, T° , F° , constituyendo domicilio en y domicilio electrónico , en los autos caratulados “ C/ S/ ORDINARIO” (Expte. Nº ) a V.S. respetuosamente me presento y digo:

I.- OBJETO

Que vengo en legal tiempo y forma a contestar la demanda instaurada en mi contra solicitando en virtud de las consideraciones de hecho y derecho que pasó a exponer su total rechazo con costas.

II.- HECHOS
a) NEGATIVA.
Que por imperativo procesal niego todos y cada uno de los hechos narrados por la contraria que no sean de especial reconocimiento en la presente responde. Niego en especial:
Que el // el Banco acreditara el monto mencionado en la demanda en la cuenta de esta parte por error, y que dicho dinero le pertenezca a la actora.-
Niego
Reconozco las constancias de saldos respecto la totalidad de las cuentas y/o productos bancarios que poseía con la entidad financiera actora al momento de disponer en forma ilegal el cierre de los mismos.
Lo cierto es que la totalidad del dinero y/o bienes y/o fondos obrante en mis cuentas y distintos productos financieros me pertenecen, ingresaron a mi patrimonio, es dinero de mi propiedad del que tengo libre disponibilidad no teniendo que rendir cuenta alguna a la actora.
Los mismos fueron retirados de mi cuenta en forma lícita e ingresaron a mi patrimonio desde el mismo momento que se acreditaron en mi cuenta.
Motivo por el cual solicito se rechace la demanda con costas.-

III. RECONVIENE POR DEVOLUCION Y/O COBRO SE SUMAS DE DINERO.- SOLICITA APLICACIÓN LEY 24.240 (T.O LEY 26.361). SOLICITA EXIMICION DEL PAGO DE LA TASA DE JUSTICIA.
La presente demanda de reconvención por cobro de pesos tiene por objeto obtener la devolución y/o cobro de las sumas de dinero pertenecientes a esta parte y que la actora ha compensado indebidamente con las sumas de reclamo.
Corresponde en el caso la aplicación de Ley del consumidor, ya que a los efectos de la Ley 24.240 no es consumidor solo quien paga por un servicio o producto, o quien lo usa, también lo es el dañado indirecto, meramente expuesto a una relación de consumo.
Se trata de una típica relación de consumo entre el cliente y el banco prestador del servicio financiero de allí que solicito se aplique a la presente reconvención las disposiciones de la Ley 24.240 según la ley 26.361.-
Asimismo y de conformidad a lo previsto en el art. 53 de la Ley 24.240 (t.o por la ley 26.361), “…Las acciones judiciales que se inicien de conformidad con la presente ley en razón de un derecho o interés individual gozarán del beneficio de justicia gratuita… entonces solicito que se exima del pago de la tasa de justicia pues el acceso a la justicia de los consumidores no puede ser conculcado por imposiciones económicas.
Que conforme lo reconoce expresamente la actora esta parte poseía ante dicha entidad financiera distintos productos, depósitos y cuentas tanto caja de ahorro en pesos, en dólares, plazo fijo, caja de valores etc del que era titular e ilícitamente he sido privado de ellos por decisión de la contraria quien procedió a darle de baja causando graves daños y perjuicios económicos.
No solo dio de baja a todos las cuentas y productos sino que se apropió ilícitamente de los saldos obrantes en las distintas cuentas alegando un derecho a compensar, el que ejerció en forma ilícita, pretendiendo hacer justicia por mano propia.
La actora reconoce expresamente la existencia de los saldos obrantes a mi favor al momento que decide el cierre de mis cuentas y demás productos financieros y reconoce expresamente que los ha compensado, de allí que dicho reconocimiento me revela de producir prueba alguna al respecto.
Es decir existe un reconocimiento por parte de la actora del origen de los fondos apropiados y que esta parte solicita su devolución con mas sus intereses y que los mismos a todo evento no pueden ser sujetos de embargo ni compensación legal por disposición de la ley de contrato de trabajo que es de orden público.
Se aclara que los saldos cuya devolución se reclama se corresponden con las cuentas y los saldos descriptos por la actora en su demanda.
Por tal motivo solicito a VS haga lugar a la presente demanda por reconvención y condene a la actora  a abonar a esta parte la totalidad de sumas de dinero que retuvo y compenso en forma ilegítima e ilegal obrantes en las cuentas y productos financieros que esta parte poseía a la fecha de cierre y/o a acreditarse con posterioridad al mismo, con mas intereses hasta su efectivo pago, mas costas a la contraria.

IV.- PRUEBA: Ofrezco la siguiente tanto para la contestación de demanda como para la demandada por reconvención.
1) Documental:
a)
b)
2) Pericia contable. Solicito se designe perito contador único y de oficio a fin de que se expida sobre los puntos de pericia descriptos y solicitados por la parte actora a los que me adhiero.
3) Confesional: Solicito se cite al representante legal de la actora y reconvenida a absolver posiciones a tenor del pliego que se acompañara oportunamente.

V.- PETITORIO:
En virtud de lo expuesto, a VS solicito:
1°) Me tenga por presentado, por parte y por constituido el domicilio legal y electrónico indicado.
2°) Se tenga por contestada la demanda y ofrecida la prueba y acompañada la documental adjunta.
3°) Oportunamente se rechace la demanda con costas.
4°) Se tenga por presentada la demanda por reconvención y por ofrecida la prueba y oportunamente se de traslado de la misma por el termino de ley.
5°) Se aplique a la demanda por reconvención deducida, las previsiones de la ley 24240 y sus modificaciones, eximiéndose a esta parte del pago de la tasa de justicia,
6°) Oportunamente se haga lugar a la reconvención por devolución y/o cobro de sumas de dinero deducida con costas a la vencida.

 

Proveer de conformidad

SERA JUSTICIA

Legislación relevante:

– Art 357 CPCCN

– Ley 24.240 (t.o por la ley 26.361),

Importante: Si no sos Abogado/a y necesitás asesoramiento jurídico por una situación específica, es fundamental consulta con un/a Abogado/a. Los contenidos aquí provistos son de carácter informativo y general, y pueden no estar actualizados o contener errores.

Suscribirme
Notificarme de
guest
0 Comentarios
Inline Feedbacks
Ver todos los comentarios
0
Aporta tu comentario sobre este contenido!x