PROMUEVE DEMANDA POR INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL Y DAÑOS Y PERJUICIOS. INTERRUPTIVA DE PRESCRIPCIÓN. SOLICITA MEDIDA PARA MEJOR PROVEER. RESERVA DERECHO A AMPLIAR

Señor Juez:

, DNI , por derecho propio y en representación de mi hija menor de edad , DNI , ambas con domicilio real en la calle , con el patrocinio letrado de la Dra. , abogada, T° , F° , constituyendo domicilio procesal en y domicilio electrónico en , ante V.S. me presento y digo:

I.- OBJETO
Que por la presente vengo a promover formal demanda por Incumplimiento Contractual y Daños y Perjuicios, contra SEGUROS, con domicilio en .
Para que en su momento se condene a la misma a abonar la suma que se solicitará al momento de ampliar la presente demanda, o lo que en más resulte de la prueba a producirse, con más los intereses correspondientes desde la fecha en que se produjo el hecho y hasta su efectivo pago, las costas y costos del proceso.
Solicitando se tenga presente que este libelo procesal es al solo efecto de interrumpir la prescripción y requiero a VS no ordene traslado de la demanda hasta que se amplíe la misma dado que esta parte se encuentra reuniendo material necesario para el trámite de la acción.
Se tenga presente la reserva efectuada de ampliar demanda.

II.- SINTESIS DE HECHOS
El Sr. , DNI , quien fuera en vida esposo de la actora y padre de su hija, falleció en fecha de de 20. Se acompaña al presente partida de defunción, partida de matrimonio y certificados de nacimiento las partes.
Asimismo, se hacer saber a V.S. que hemos iniciado la demanda por
Sucesión Ab- Intestato que tramita en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° , con los autos caratulados: “ S/ SUCESION ABINTESTATO”, Expte Nº .
Posterior a su fallecimiento, tomamos conocimiento de que el causante poseía a su nombre dos pólizas correspondientes a un seguro de vida y a un seguro por accidentes personales, bajo la póliza contratadas en
Es por ello que procedimos a intimar a la demandada bajo la CD N° .
A pesar de mis constantes llamados y de reclamo a la demandada y de la mediación realizada, a la fecha del presente no han dado solución a los mismos ni tampoco han abonado los montos correspondientes a los seguros de vida y de accidentes personales denunciadas.
Por lo expuesto, solicito se haga lugar a la presente, condenando a la demandada a abonar los rubros que se enunciaran al momento de ampliar la presente, con más interés, costos y costas.

III. INTERRUMPE PRESCRIPCIÓN. SUSPENDA TRASLADO HASTA SU AMPLIACIÓN
Que de conformidad con lo establecido en el art. 2546 del Código Civil y Comercial vengo a interponer demanda al efecto de interrumpir la prescripción de la acción, reservándose expresamente el derecho a ampliar la demanda tanto en sus hechos, rubros, prueba o el derecho invocado. “ARTICULO 2546 CCYC.- Interrupción por petición judicial. El curso de la
prescripción se interrumpe por toda petición del titular del derecho ante autoridad judicial que traduce la intención de no abandonarlo, contra el poseedor, su representante en la posesión, o el deudor, aunque sea defectuosa, realizada por persona incapaz, ante tribunal incompetente, o en el plazo de gracia previsto en el ordenamiento procesal aplicable”
Que a todo evento, se hace saber que esta parte se encuentra reuniendo material necesario para el trámite de la acción, motivo por el cual, la presente se interpone al solo efecto de interrumpir la prescripción solicitando se suspenda el traslado de la demanda hasta su efectiva ampliación, reservándome el derecho de ampliarla en cuanto a hechos prueba y derecho.

IV.- SOLICITA MEDIDA DE MEJOR PROVEER
Que conforme fuera expresado anteriormente, la demandada siempre se negó a exhibir y fue reticente en todo momento a brindar toda información de la pólizas de seguro de vida y accidentes personales, cuyo beneficiario era y habiendo sido intimado en debida forma, toda vez que se desconoce el monto exacto, tipo de condiciones generales del contrato, riesgos asumidos, prima, cotización y sumas aseguradas y coberturas, solicito a fin de que no se frustren derechos de la parte actora, se dicte como medida de mejor proveer a la Superintendencia de Seguros de la Nación, a fin de que informe todas las pólizas de seguro emitidas a favor de y las que mantengan en su registro en relación a la compañía de seguros a sus efectos.
Solicito también que se libre oficio a la empleadora para que acompañe e informe todos los contratos de seguro que haya realizado a favor de .
Todo ello, a los efectos de dar cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 330 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en cuanto que el mismo establece que: “… La demanda deberá precisar el monto reclamado, salvo cuando al actor no le fuere posible determinarlo al promoverla, por las circunstancias del caso, o porque la estimación dependiera de elementos aún no definitivamente fijados y la promoción de la demanda fuese imprescindible para evitar la prescripción de la acción. En estos supuestos, no procederá la excepción de defecto legal. …”.

V.- MEDIACIÓN PREVIA
Acompaño a la presente Actas de Mediación con fechas de cierre del ante el mediador Dr. , que acredita la realización de la mediación previa según la Ley 24.573 (privada), con resultado negativo.

VI.- PLANTEA CASO FEDERAL
Para el supuesto e hipotético caso en que V.S. rechazara la acción intentada, vengo a plantear Caso Federal por violación de los Derechos y Garantías Constitucionales de Defensa en Juicio, Propiedad e Igualdad ante la Ley.- Un decisorio rechazando esta vía Extraordinaria resultaría repugnante a los precedentes sentados por el Máximo Tribunal y ajeno a
los derechos y garantías contenidos en los artículos 14, 17, 18 y concordantes de la Constitución Nacional.-

VII.- PETITORIO: Por lo expuesto, a V.S., solicito:
1°) Me tenga por presentado y con domicilio constituido.
2°) Por deducida la presente acción de Incumplimiento Contractual e Indemnización por Daños y Perjuicios, al solo efecto de interrumpir la prescripción.
3°) Se tenga presente la reserva de efectuar ampliación de demanda tanto en sus hechos, prueba o el derecho invocado.
4°) Se libren los oficios solicitados.
5°) Que por el presente se autoriza a a llevar adelante la compulsa del expediente, a retirar copias, oficios, cédulas, mandamientos, realizar desgloses, extraer fotocopias y demás trámites pertinentes para el mejor desarrollo de los presentes obrados.
6°) Oportunamente se haga lugar a esta acción, condenando al demandado al pago de la suma reclamada con más sus intereses y costas y/o lo que en más estime como justo el prudente arbitrio de V.S., de acuerdo a las probanzas de autos.-
Proveer de conformidad.
SERA JUSTICIA

Legislación relevante:

– Art. 2546  del Código Civil y Comercial

Importante: Si no sos Abogado/a y necesitás asesoramiento jurídico por una situación específica, es fundamental consultar con un/a Abogado/a. Los contenidos aquí provistos son de carácter informativo y general, y pueden no estar actualizados o contener errores.

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