CARTA DOCUMENTO ENVIADA POR LOCATARIO SOLICITANDO REPARACION URGENTE Y EXCEPCIONAL EN EL INMUEBLE
Ciudad de , de de
En mi carácter de locatario del inmueble sito en - [1]Indicar domicilio del bien locado., conforme contrato de alquiler suscripto entre las partes, SOLICITO QUE EN EL PLAZO DE 48 HORAS, realice la reparación en el bien locado, correspondiente a :: [2]Detallar el daño en el inmueble locado a reparar.,
originada por el transcurso del tiempo y no imputable a mi parte, la que reviste carácter urgente y excepcional, bajo apercibimiento en caso de silencio o negativa, de realizarla por mi cuenta, y posteriormente ser compensada en el próximo canon locativo, conforme el art 1201 Cód. Civ. y Com. Nac. [3]El art. 1201 Cód. Civ. y Com. Nac. establece “Conservar la cosa con aptitud para el uso convenido. El locador debe conservar la cosa locada en estado de servir al uso y goce convenido y efectuar a … Continuar leyendo.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO. —————————————————

Notas

Notas
1 Indicar domicilio del bien locado.
2 Detallar el daño en el inmueble locado a reparar.
3 El art. 1201 Cód. Civ. y Com. Nac. establece “Conservar la cosa con aptitud para el uso convenido. El locador debe conservar la cosa locada en estado de servir al uso y goce convenido y efectuar a su cargo la reparación que exija el deterioro en su calidad o defecto, originado por cualquier causa no imputable al locatario. En caso de negativa o silencio del locador ante un reclamo del locatario debidamente notificado, para que efectúe alguna reparación urgente, el locatario puede realizarla por sí, con cargo al locador, una vez transcurridas al menos veinticuatro (24) horas corridas, contadas a partir de la recepción de la notificación. Si las reparaciones no fueran urgentes, el locatario debe intimar al locador para que realice las mismas dentro de un plazo que no podrá ser inferior a diez (10) días corridos, contados a partir de la recepción de la intimación, cumplido el cual podrá proceder en la forma indicada en el párrafo precedente. En todos los casos, la notificación remitida al domicilio denunciado por el locador en el contrato se tendrá por válida, aun si el locador se negara a recibirla o no pudiese perfeccionarse por motivos imputables al mismo.”
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