ACREEDOR: Y

FALLIDA: .  

MONTO A VERIFICAR: $ .  

CAUSA: CRÉDITO EMANADO DE SENTENCIA FIRME.

PRIVILEGIOS: ESPECIAL Y GENERAL ARTS. 241 INC. 2 Y 246 INC. 1 LEY 24.522. 

DOCUMENTAL ACOMPAÑADA: 

– DEMANDA, CONTESTACIÓN DE DEMANDA. SENTENCIA, LIQUIDACIÓN, CÉDULA DE TRASLADO DE LIQUIDACIÓN. PRESENTACIÓN DE SINDICATURA, CORRESPONDIENTE A LOS AUTOS “ C / S / ” (Exp. N° ), en trámite por ante el Juzgado , Secretaría única. 

– SENTENCIA EMANADA DEL JUZGADO , SECRETARIA ÚNICA, EN EL EXPEDIENTE N°

– SENTENCIA EMANADA SALA DE LA EN EL EXPEDIENTE N°

 

PROMUEVE INCIDENTE DE VERIFICACIÓN TARDÍA 

 

Señor Juez: 

 

, por mi propio derecho, con domicilio real en la calle , de la localidad , partido de , Provincia de , conjuntamente con mi letrado patrocinante Dr. , abogado, T P CPACF, Responsable Monotributista, CUIT , DNI , constituyendo domicilio a los fines procesales en (Zona de Notificación No – TE – mail: ). Domicilio Electrónico . Y , también por derecho propio, con domicilio real en , actuando en causa propia, constituyendo domicilio procesal y electrónico en los supra indicados, en los autos caratulados: “” (Exp. N° ), a 

 

VS nos presentamos y respetuosamente decimos: 

 

1- OBJETO: 

 

Que venimos en este acto a promover incidente de verificación tardía en el presente proceso de conformidad con lo normado en los arts. 280, 200, 132 párrafo 2° de la ley 24.522 y concordantes del mismo cuerpo legal solicitando en su oportunidad se declaren verificados los créditos de esta parte por los montos que más abajo se consignan, con más sus intereses y por las causas y privilegios que más abajo se detallaran. 

 

II- MONTO DEL CREDITO A VERIFICAR: 

 

1-Actor : $ .- (Pesos ). 

2-Actor : $ .- (Pesos ). 

 

III- CAUSA DEL CRÉDITO A VERIFICAR: 

 

Que el crédito a verificar por el actor tiene su origen en juicio promovido por contra la fallida, el cual tramitó por ante el Juzgado en los autos caratulados “”. (Expte. No ), dictándose sentencia condenatoria con fecha y que fuera confirmada por la Sala de la Excelentísima Cámara en fecha y notificada en fecha , conforme las copias que se acompañan. 

 

Asimismo, el crédito a verificar por el actor tiene su origen en la regulación de los honorarios como apoderado del actor en los autos referidos, la cual surge de las propias sentencias y liquidación acompañadas, 

 

Que las sumas reclamadas surgen claramente de la liquidación practicada por el Juzgado actuante y notificada por cédula a la fallida en fecha y que también se agrega a la presente. 

 

IV- PRIVILEGIOS: 

 

Que los créditos que se reclaman tienen privilegio especial y general de conformidad a lo normado en los arts. 241 inc. 2° y 246 inc. 1o de la ley 24.522. 

 

V- PRUEBA: 

 

Se acompaña copia de demanda, contestación, sentencia de primera y segunda instancia, liquidación e impugnaciones y sus respectivas cédulas de notificación a la fallida, correspondiente a los autos “” (Exp. N° ), en trámite ante el Juzgado

 

Que sin perjuicio de las facultades de investigación que la ley otorga al Sr. Síndico para establecer el monto del crédito que le pertenece a esta parte, se ofrece ad effectum videndi et probandi los autos caratulados “” (Expte. N” ), en trámite por ante el Juzgado

 

VI- PRONTO PAGO: 

 

Que en los términos del art. 16 de la ley 24.522 vengo a solicitar el pronto pago del crédito reclamado en los presentes autos en razón de que encuadrarse en el artículo arriba citado, toda vez que el mencionado goza del privilegio general y especial establecido en los arts. 241 inc. 2° y 246 inc. 1o de la ley 24.522. 

 

VII- SE DEJE CONSTANCIA EN LOS AUTOS PRINCIPALES-SE EFECTÚE RESERVA DE LEY: 

 

Que en los términos del art. 218 inc. 4 de la ley 24.522 vengo en este acto a solicitar se efectúe la reserva de las acreencias en el proyecto de distribución. 

 

VIII- AUTORIZACIONES: 

 

Que autorizo indistintamente a los Dres. y/o a quienes ellos designen a realizar todas las tramitaciones inherentes a la prosecución de las presentes actuaciones. 

 

IX-RESERVA FEDERAL DEL CASO: 

 

Que para el hipotético e improbable supuesto de que VS dicte resolución alguna que resulte lesiva a los derechos que ampara la Constitución Nacional hago reserva de concurrir ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en virtud del art 14 de la ley 48. 

 

X- PETITORIO: Que por lodo lo expuesto a VS solicitamos: 

 

1-Se nos tenga por presentados, por parte en el carácter invocado y por constituidos los domicilio legales indicados. 

2-Se tenga por acompañada la documental y por ofrecida la prueba restante. 

3-Se corra traslado del presente incidente a la sindicatura. 

4- Oportunamente se haga lugar al pedido de verificación del crédito reclamado con los privilegios solicitados ut supra. 

5- Se efectúe la reserva de las acreencias en el proyecto de distribución. 

 

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