CONTRATO DE CONSIGNACION DE AUTOMOTOR PARA SU VENTA.

Entre el Sr. , DNI , CUIT , con domicilio en , estado civil , en adelante el “Propietario” y el Sr. , DNI , CUIT , con domicilio en , en adelante el “Consignatario”, se celebra el siguiente Contrato de Consignación de Automotor para su Venta.

PRIMERO. El “Consignatario” recibe del “Propietario” el automóvil de su exclusiva titularidad, Dominio , Marca , Tipo , Modelo , Motor Marca , Número Motor , Chasis Marca , Número Chasis , Año , Color ,  Accesorios , en el estado en que se encuentra.

SEGUNDO. El término de vigencia del contrato es de () días a contar de la fecha. Vencido el plazo, queda sin efecto el presente contrato y el “Propietario” quedará automáticamente facultado a retirar su automóvil, sin abonar ningún tipo de gastos y/o similares.

TERCERO. El “Propietario” percibirá, una vez efectuada la venta la suma de Pesos ($) , en concepto de pago por la venta del automóvil y el “consignatario” recibirá como única retribución la diferencia entre esta suma y la efectivamente pagada por la venta del automotor.

CUARTO. La exhibición del automóvil se efectuará en el domicilio de la calle , durante la duración del contrato.

QUINTO. El “Propietario” deja expresa constancia que por el vehículo objeto de este contrato no se adeuda ningún tipo de gravamen, ni existe prenda, embargos, depósito o préstamo, comprometiéndose a cumplimentar los trámites necesarios para efectuar la transferencia de dominio al comprador quien se hará cargo de los gastos y honorarios pertinentes.

SEXTO. El “Consignatario” se responsabiliza por los deterioros, averías que sufra el automóvil y los daños que éste podría causar a terceros durante el plazo fijado en el presente contrato.

SEPTIMO. Las partes contratantes se someten para cualquier cuestión que pueda plantearse entre ellos con motivo de este convenio, a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de , renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pueda corresponderles, fijando domicilio en los arriba indicados donde se dará por notificada cualquier intimación o interpretación que las partes se dirijan judicial o extrajudicialmente.

En prueba de conformidad se firman DOS ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de , a los días del mes de de 20.

 

Firma Propietario DNI

Firma Consignatario DNI

 

Importante: Si no sos Abogado/a y necesitás asesoramiento jurídico por una situación específica, es fundamental consulta con un/a Abogado/a. Los contenidos aquí provistos son de carácter informativo y general, y pueden no estar actualizados o contener errores.

 

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