CONTESTA DEMANDA. OFRECE PRUEBA.
Señor Juez:
, abogado, T° , en mi carácter de Letrado apoderado de la parte demandada, con domicilio legal constituido en y electrónico ; en los autos caratulados: “ c/ S/ Despido”, (Expte. Nº ), a V.S. digo:
I.- EXORDIO
Como lo acredito con la copia del testimonio del poder general judicial, sobre el que declaro bajo juramento ser fiel de su original y encontrarse plenamente vigente, he sido instituido mandatario judicial de , con domicilio en *.-
II.- OBJETO
En tal carácter y cumpliendo expresas instrucciones recibidas de mi mandate vengo en tiempo y forma a contestar el traslado que se le corriera de la demanda y por las razones de hecho y derecho que paso a exponer y las que sabrán suplir el recto y ecuánime criterio de V.S., solicito desde ya el rechazo de la pretensión de la actora en todas sus partes, con costas.-
III.- HECHOS
Niego todos y cada uno de los hechos expuestos en la demanda que no sean materia de un expreso reconocimiento de mi parte en el transcurso del presente responde,
En especial niego
IV.- ANTECEDENTES
El actor denunció haber sufrido un accidente de trabajo el //20 como consecuencia de haber realizado un “gran esfuerzo físico” al .
Luego de estar ausente por casi meses, el actor se presenta a trabajar, con un certificado médico expedido por en el cual le da el ALTA indicado que el actor solo puede efectuar tareas livianas y por espacio de horas máximo.-
Analizada la situación del actor, las posibilidades y capacidades del mismo para efectuar otro tipo de tareas bajo las indicaciones del médico las cuales no podía efectuar, no podía subir y bajar escaleras, no estar de pie ni sentado por mas de una hora sin intercalar la postura, solo horas diarias de labor, y una serie de limitaciones, mi representada ante esta situación no encontró labor posible para asignarle al actor, circunstancia que derivo en tener que aplicar la disposición prevista en el art. 212 de la LCT, resolviendo el contrato de trabajo que unía a las partes.-
Resuelto el contrato de trabajo, mi representada abono al actor la liquidación final y la indemnización prevista por la disposición legal (arts. 212 y 247 de la LCT).
Lo real y cierto, que mi representada no podía otorgarle al actor las tareas que su incapacidad requería, ya que él actor no contaba con las capacidades suficientes y no existía un sector y puesto que pudiere él propio actor ocupar.- D 42499 – Causa 31.701-08 – “C., C. M. c/ Bilbao, Ricardo Eduardo s/ despido” – CNTRAB – SALA VII – 26/02/2010
El despido se justifica en razón del estado de salud del actor, su incapacidad, la falta de un puesto de trabajo acorde con la incapacidad del trabajador y la norma legal que prevé la resolución del contrato de trabajo en tales circunstancias.-
Es absolutamente infundado el reclamo del actor por la reparación de un acto discriminatorio de mi representada, como resultado del despido como de carácter discriminatorio.
Se ha admitido que, en materia de despidos discriminatorios se produce un desplazamiento de las reglas tradicionales que rigen la carga de la prueba. Sin embargo, para ello el trabajador tiene la obligación de aportar indicios que pongan de manifiesto la razonable probabilidad de que el despido obedeció a un propósito oculto de naturaleza discriminatoria. En tal caso recaería sobre el empleador la carga de acreditar que su actuación tiene causas reales, extrañas a la invocada por el trabajador (conf. AR/JUR/32218/2009).”
No es posible en el sublite inferir la presencia de una discriminación por motivos de salud, cuando no se ha producido prueba alguna tendiente a acreditar algún acto discriminatorio por parte del empleador, por cuanto de lo expresado por el demandado al contestar demanda, de ningún modo se puede inferir que asumió una conducta discriminatoria. En efecto, el demandado en su defensa y como fundamento de su negativa de la existencia de la relación laboral invocada por el actor, hace referencia al tipo de actividad a que se dedica: mecánica de maquinaria pesada y a la necesidad de capacidades técnicas y físicas necesarias para llevarla adelante, de lo que dice, carece el actor. No puede inferirse de esto que ha habido actos o conductas discriminatorias.”
“No basta que se encuentre acreditado en la causa la enfermedad o incapacidad del actor para tornar viable la pretensión, sino que debió demostrar en forma clara que fue puesto en situación de despido con motivo de esa enfermedad o incapacidad y, haberlo denunciado así como causal en su despacho postal resolutorio.”
Mi representada, analizó en forma exhaustiva las posibilidades de trabajo del actor en algún puesto de trabajo acorde con sus capacidades físicas y aptitudes técnicas y al no encontrar un lugar de trabajo apto para el mismo, se vio en la necesidad de resolver el contrato de trabajo.
V.- SUMAS RECLAMADAS
Mi parte rechaza en forma expresa la liquidación practicada por la parte actora, toda vez que la misma parte de una base de cálculo total y absolutamente falsa.-
Expresamente, se desconoce la base denunciada por la parte actora para el cálculo de las indemnizaciones, ya que la mejor remuneración normal y habitual del actor no es de $ , esto queda expresamente acreditado con la propia documentación acompañada por la parte actora (recibos de salarios).
De la prueba a producirse en autos podrá extraerse la verdadera mejor remuneración normal, mensual y habitual del actor.-
Sin perjuicio de lo manifestado hasta aquí en relación con la improcedencia de los reclamos, impugno la liquidación practicada en el escrito de iniciación, y para el hipotético caso -que desde ya descarto de prosperar la demanda, deben ser excluídos los improcedentes rubros que la componen y reducirse los otros a sus justos límites de acuerdo con el resultado de la prueba a producirse.
VI.- DERECHO
Mi parte funda el derecho que la asiste en las disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo, ley de Riesgos de Trabajo jurisprudencia y Doctrina del fuero.-
VII.- PRUEBA
Mi parte ofrece los siguientes medios de prueba,
a) CONFESIONAL
Se cite a la actora para que absuelva posiciones a tenor del pliego que se indica a continuación, solicitando y haciendo reserva de su ampliación en la etapa procesal oportuna,
1) Para que jure como que es cierto que a la fecha del distracto se desempeñaba como
b) DOCUMENTAL
Se acompaña la siguiente documentación: a) Poder general Judicial de la demandada a favor del suscripto, b) 2 recibos con la liquidación final, c) Certificados de trabajo art. 80 LCT y del Anses correspondientes a los servicios y remuneraciones. Ambos se encuentran certificados en la fecha que fueron puestos a disposición del actor.- d) Constancia de Baja AFIP, e) Constancia de Liquidación de Impuesto a las Ganancias categoría.
c) TESTIMONIAL
Se citen a declarar a las siguientes personas,

d) INFORMATIVA
Se librarán los siguientes oficios:
a) Al sanatorio , a fin de que informe si: 1) Presta el servicio de asistencia médica y control médico de la empresa demandada ; 2) Si durante el año 20 atendió al actor, en su caso deberá describir porque afecciones lo hizo, c) A ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA. para que informe si el actor se encontraba en la nómina como dependiente de la demandada, en su caso indicar desde que fecha y hasta que fecha, remitir copia de los antecedentes médicos que se encuentren archivados del mismo y el detalle de las prestaciones realizadas en favor del referido, cuanto otro dato pueda alcanzar a estas actuaciones que permitan una más justa y amplia administración de justicia. d) A , a fin de que informe sobre: 1) si el actor se encuentra registrado como beneficiario de la Obra Social, en su caso desde que fecha, 2) Remita copia de los antecedentes médicos e Historia Clínica del actor.-
e) PERICIAL CONTABLE
Se designará de oficio a un perito contador único, quien examinando los libros y papeles comerciales y laborales de mi representada, se expedirá sobre los siguientes puntos de pericia: 1) Si los mismos son llevados en legal forma, 2) Fecha de ingreso y egreso del actor, 3) Categorías laborales desarrolladas y ejecutadas por el actor desde su ingreso hasta su egreso, 4) deberá indicar la mejor remuneración mensual, normal y habitual de los últimos 12 meses del vínculo laboral, 5) Si al actor se le efectuó la liquidación final correspondiente al distracto y en su caso si la misma se condice con la copia del recibo que se acompaña, 6) Si se transfirió a la cuenta sueldo del actor los importes correspondientes a la liquidación final del mimo, en su caso deberá indicar en que fecha se realizó la misma, 7) si se efectuaron al ANSES los ingresos de aportes y contribuciones correspondientes al actor, y en su caso, si se hizo a través de moratorias o planes de pago denunciar el cumplimiento de los mismos.- 8) Con los datos extraídos de la contabilidad de mi mandante, deberá practicar la liquidación final correspondiente al despido del actor en base a las disposiciones del art. 212 2da. párrafo y 247 de la LCT.- 9) Si como beneficio adicional al actor, le abonaba el servicio de la Obra Social , además de la elegida por el actor .
f) PERICIAL MEDICA.
Solicito se designe de oficio a un único perito médico, el cual una vez examinado y revisado al actor y teniendo en cuenta los antecedentes médicos del mismo deberá informar a V.S. sobre: 1) Estado psicofísico general del actor , 2) si el actor presenta una afección en , en su caso, deberá definir la misma y grado y tipo de incapacidad que ésta le produce; 3) Deberá indicar que tipo de tareas puede realizar y que tipo de tareas no puede realizar como consecuencia de sus dolencias.-
Mi parte se opone al cuestionario de la parte actora puntos .-
VIII.- TEMERIDAD y MALICIA
Mi parte rechaza en forma expresa el reclamo de la parte actora respecto a que la conducta de mi representada ha sido practicada con tales características.-
Ninguna de las conductas seguidas por mi representada en el caso que nos ocupa puede ser considerada como temeraria o maliciosa, ya que la demandada ha procedido en tiempo y forma a cumplir con todos los recaudos legales a su cargo, interpretando su razón en las disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo y demás disposiciones legales.-
Reitero, en autos no se dan los requisitos previstos por el art. 275 de la LCT para sancionar a mi mandante por tal concepto.-
IX.- PETITORIO
Por todo lo expuesto, corresponde y solicito:
1°) Se me tenga por presentado y por parte en el carácter invocado y con el domicilio procesal constituido.
2°) Se tenga por evacuado en tiempo y forma el traslado de la demanda conferido y por ofrecida la prueba.
3°) Se tenga presente que autorizo a , para que en forma indistinta retiren del Tribunal cédulas, oficios, mandamientos y corran con sus diligenciamientos; como así también para que practiquen los desgloses que se autoricen.
4°) Oportunamente, se rechace la demanda en todas sus partes, con costas.
Proveer de conformidad,
Será Justicia

Legislación relevante:

– Art 212 Ley de Contrato de Trabajo

Importante: Si no sos Abogado/a y necesitás asesoramiento jurídico por una situación específica, es fundamental consultar con un/a Abogado/a. Los contenidos aquí provistos son de carácter informativo y general, y pueden no estar actualizados o contener errores.

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