REDACCIÓN CLARA Y ESTRUCTURA DE SENTENCIAS JUDICIALES
Consejo de la Magistratura de la Nación 
RESOLUCIÓN N° 204/2024.
En Buenos Aires, a los 29 días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro, sesionando en la Sala de Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación “Dr. Lino E. Palacio”, con la Presidencia del Dr. Horacio Rosatti, los/las señores/as consejeros/as asistentes, y
VISTO:
La necesidad de impulsar una política de capacitación y perfeccionamiento en materia de redacción clara, tanto en el ámbito de este Consejo de la Magistratura como en el de los Tribunales Inferiores de la Nación, a fin de facilitar la comprensión del discurso jurídico, y
CONSIDERANDO:
1°) Que los derechos constitucionales de acceder a una tutela judicial efectiva y a peticionar ante las autoridades se satisfacen solamente con el reconocimiento de mecanismos procesales idóneos, sino que deben atender, además, al derecho de de los justiciables y administrados comprender las resoluciones en tanto factor constitutivo de la garantía del debido proceso (artículos 14 y 18 de la Constitución Nacional).
2°) Que la claridad y facilidad de lectura de providencias, resolucionesnotificaciones y publicaciones que dicta este Poder Judicial de la Nación, tanto en el plano administrativo como en el jurisdiccional, resultan elementos esenciales para cumplir con el principio de publicidad de los actos de gobierno (artículo 1 de la Constitución Nacional).
3°) Que el lenguaje presentado como sinónimo de claro válidamente puede ser transparencia, acceso a la justicia y participación de la ciudadanía.
4°) Que el cabal cumplimiento de los postulados de la normativa legal que regula el acceso a la información pública sólo resulta realizable a partir de un canal de comunicación claro, desprovisto de derivaciones innecesarias y orientado a la comprensión del destinatario de la decisión.
5°) Que, sin desatender la complejidad técnica que puedan presentar ciertos conceptos del discurso jurídico en virtud de su especialidad, cuyo reemplazo en muchas ocasiones no resulta posible por representar un objeto específico, se impone la adopción de prácticas que faciliten su comprensión.
6°) Que, en aras de los objetivos expuestos, resulta menester que la exposición del contenido de las resoluciones presente una sintaxis ordenada, que priorice el entendimiento integral a partir de una estructura textual metódica donde hechos, normas aplicables al caso y argumentación se desarrollen en forma coherente y razonada.
7°) Que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el ámbito de sus competencias, ha impulsado políticas como la que aquí se aborda. En ese sentido, cuadra citar la resolución 2640/2023, que aprobó los lineamientos generales para la elaboración de sentencias claras.
8°) Que este Consejo también ha promovido la adquisición y empleo de las herramientas necesarias para aportar claridad al lenguaje jurídico, aprobando capacitaciones en la órbita de la Escuela Judicial (conf. Res. CM 68/2022).
9°) Que, sobre la base de lo apuntado precedentemente, resulta oportuno extender la capacitación y perfeccionamiento general en la materia y fijar un esquema de ejecución progresivo. Tal secuencia de oferta formativa deberá compatibilizar los disímiles grados de instrucción que existen entre los/as empleados/as y funcionarios/as de este Consejo de la Magistratura y de los Tribunales Inferiores de la Nación, procurando calibrar la formación en función del tipo de actividad que ejecuta cada uno de ellos.
10°) Que, para cumplir con la tarea postulada, deviene necesario aprobar pautas para la redacción
para la redacción de resoluciones claras que presenten una instancia básica o inicial para el personal administrativo de la parte inferior del escalafón y otra superior dirigida a quienes elaboran resoluciones de mayor complejidad lingüística y técnica.
11°) Que la Dirección General de Recursos Humanos cuenta
con un Departamento de Capacitación que resulta idóneo para asumir la tarea en el ámbito interno, mientras que la Escuela Judicial se encuentra en condiciones de prestar la estructura técnica y académica necesaria para su efectiva implementación este Consejo y posterior replicación en el caso de los tribunales que, а través de sus autoridades de en superintendencia, también lo requieran.
12°) Que la competencia de este Consejo para el dictado de la presente resolución se enmarca en sus atribuciones reglamentarias para asegurar la eficaz prestación del servicio de justicia (artículo 114 de la Constitución Nacional).
13°) Que el Plenario se ha constituido en Comisión Auxiliar Permanente de Reglamentación en forma previa a la votación.
En mérito a todo lo expuesto, se
RESUELVE:
1°) Aprobar las “Pautas Lingüísticas para la redacción de providencias, comunicaciones y despachos claros” (Nivel I) y las “Pautas Lingüísticas para la redacción de sentencias y resoluciones claras” (Nivel II) que se incorporan como Anexo I y II, respectivamente.
2°) Instruir a la Dirección General de Recursos Humanos a que, bajo la supervisión y apoyo técnico de la Escuela Judicial, implemente actividades de capacitación en redacción clara dirigidas a todos/as los/as empleados/as y funcionarios/as del Poder Judicial de la Nación, diferenciando dos niveles de instrucción progresivos función de las pautas que surgen de los Anexos I y II.
3°) Disponer la publicación de las pautas que surgen de los Anexos I y II en el sitio web de este Consejo y ordenar su máxima publicidad en el ámbito del Poder Judicial de la Nación a través de la Unidad de Consejo Abierto y Participación ciudadana.
4°) Disponer que la capacitación que aquí se aprueba iniciará con el personal de este Consejo de la Magistratura Y, luego de alcanzada su plena funcionalidad, por Presidencia, se invitará a los tribunales y cámaras que ejercen facultades
nacionales y federales superintendencia a instar de a sus empleados/as У funcionarios/as a su incorporación.
Regístrese, comuníquese y oportunamente archívese. Firmado ante mí, que doy fe.

Legislación relevante:

– Resolución N° 204/2024 Consejo de la Magistratura

Importante: Si no sos Abogado/a y necesitás asesoramiento jurídico por una situación específica, es fundamental consultar con un/a Abogado/a. Los contenidos aquí provistos son de carácter informativo y general, y pueden no estar actualizados o contener errores.

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