Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de de 20.
Por medio de la presente la intimo a Usted a que dentro del perentorio e improrrogable plazo de quince días, a contar desde la recepción de la presente, arbitre todos los medios que resulten necesarios y conducentes a fin de que la vendedora  dé estricto cumplimiento con el contrato de compraventa que con su intervención, como corredor inmobiliario, la misma celebrara con el suscripto, en fecha //, respecto del inmueble designado como Unidad Funcional N° , sito en esta ciudad con frente a la calle . Que como Usted sabe, la mencionada, vendedora en dicho con trato, no ha podido cumplir con ese contrato por cuanto se encuentra inhibida para disponer de sus bienes. Que esta inhibición general de bienes de esa persona se registra desde antes de la celebración del mencionado contrato de compraventa y la misma era perfectamente conocida por Usted, no obstante lo cual, no solo guardó silencio de esa situación, sino que además faltó a la verdad en la redacción de dicho contrato, todo lo cual constituye un flagrante incumplimiento de sus obligaciones como corredor público inmobiliario y como intermediario en dicha operación. En consecuencia esa intimación se cursa bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales que me corresponden, a fin de hacerlo a Usted responsable de todos los daños y perjuicios ocasionados y que se me ocasionen en el futuro por el incumplimiento del contrato mencionado y de sus obligaciones. A todos los efectos legales derivados de la presente, constituyo domicilio en calle . Sin más saluda a Usted.

Firma

Aclaración

DNI

Legislación relevante:

– Art. 1347  del Código Civil y Comercial

Importante: Si no sos Abogado/a y necesitás asesoramiento jurídico por una situación específica, es fundamental consulta con un/a Abogado/a. Los contenidos aquí provistos son de carácter informativo y general, y pueden no estar actualizados o contener errores.

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