SE PRESENTA. PRACTICA LIQUIDACION. MANIFIESTA SOBRE IMPOSIBILIDAD DE TRANSFERIR. DA EN PAGO. SE TENGA POR CANCELADA LA DEUDA. SOLICITA LEVANTAMIENTO DE EMBARGO. AUTORIZA

Señor Juez:

, DNI con domicilio real en la calle y constituyendo el domicilio procesal conjuntamente con nuestro letrado patrocinante Dr. en la calle en los autos caratulados “ c/ s/ EJECUTIVO”, Expte N° ,ante V.S. nos presentamos y respetuosamente decimos:

I.- SE PRESENTA
Que vengo a presentarme y a constituir domicilio procesal y electrónico en los indicados ut supra.

II.- PRACTICA LIQUIDACION
Que a los fines de dar en pago las sumas embargadas en nuestra cuenta del Banco , procedemos a practicar liquidación del crédito reclamado por la actora:
Cuota        Fecha            Monto Inicial         Intereses      Días       Resultado
1               //               u$s                                      u$s
2              //               u$s                                      u$s
3              //               u$s                                      u$s

Tasa bancaria aplicada: Tasa Activa en Dólares del Banco de la Nación Argentina
– Capital: U$S
– Intereses: U$S
– Total: U$S
– Cotización del dólar oficial en el BNA -tipo vendedor- al //: $
– Total en Pesos (Capital + Intereses): $ + = $
– Gastos de Tasa de Justicia: $
Total al // (Capital, intereses y gastos): $

III.- MANIFIESTA SOBRE IMPOSIBILIDAD DE TRANSFERIR
Toda vez que la única cuenta de la que soy titular ha sido embargada por disposición de este Juzgado, en el marco de las presentes actuaciones, he procedido a depositar el dinero suficiente para cubrir la liquidación practicada, en la cuenta del Banco , para que posteriormente sea transferido a la cuenta judicial correspondiente a las presentes actuaciones, que se encuentra abierta en el Banco (cabe destacar la prohibición que existe de depositar en dinero en efectivo en las cuentas bancarias judiciales).
Se adjuntan constancias emitidas por el Banco , de las cuales surgen que han embargado la suma de $ , más la suma de $ .
Es decir, el Banco ha procedido a embargar la suma total de $ , por lo que la liquidación practicada ha sido cubierta en su totalidad.

IV.- DA EN PAGO
En virtud de lo expuesto, se da en pago la suma de $ , a los fines de cancelar a la parte actora el capital reclamado, los intereses devengados, y los gastos.

V.- SE TENGA POR CANCELADA LA DEUDA. SE LEVANTE EMBARGO
Por aplicación del art. 765 del CCyCN, se ha procedido a abonar la deuda en moneda de curso legal en la República Argentina, aplicando el tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina, por lo que se nos debe considerar liberados, al haber abonado el equivalente.
En consecuencia, solicitamos se tenga por cancelada la deuda motivo de la presente ejecución, y se disponga de forma inmediata el levantamiento del embargo dispuesto sobre nuestra cuenta bancaria en el Banco , librándose a tal fin oficio de estilo.

VI.- AUTORIZA
Asimismo, autorizamos a los Dres. , a tomar vista y a compulsar las presentes actuaciones, diligenciar cédulas, oficios, mandamientos y testimonios en esta o en extraña jurisdicción, y sacar fotografías, fotocopias, y a realizar cuantos actos y gestiones sean necesarios para la mejor tutela de mis derechos.
Proveer de conformidad,
SERA JUSTICIA

Legislación relevante:

– Art 765  del Código Civil y Comercial

Importante: Si no sos Abogado/a y necesitás asesoramiento jurídico por una situación específica, es fundamental consulta con un/a Abogado/a. Los contenidos aquí provistos son de carácter informativo y general, y pueden no estar actualizados o contener errores.

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