PRESENTA ALEGATO PARTE DEMANDADA
Señor Juez:
_, abogado apoderado de la demandada, T°_ F°_ ; manteniendo domicilio legal constituido en autos, domicilio electrónico _, en autos caratulados “_ C/ _ S/DESPIDO EXPTE. _” a V.S. respetuosamente me presento y digo:
I.-OBJETO
Que en legal tiempo y forma vengo a presentar la memoria que contiene el alegato que prescribe el Art. 94 de la LO, modificado por el Art. 51 de la ley 24635.
II.- LA LITIS
a) La demanda
Se presenta el actor, persiguiendo el cobro de unas sumas de dinero, aduciendo la inexistencia de la causal de despido que adujo su empleador para desvincularlo, reclama además,  pagos de sueldo sin registración.
Manifiesta en forma absolutamente sucinta que la carta de despido no reúne los requisitos del art 243, y niega la veracidad de la causal invocada; Agrega a su reclamo que se le realizaban pagos sin registración.
b) La contestación de demanda
Oportunamente la parte demandada contestó la demanda incoada y se negaron todos y cada uno de los dichos del actor, haciéndose especial hincapié, en que el despido se encontraba totalmente justificado en virtud de la propia conducta reprochable del actor, y en la falsedad de la existencia de pagos de sueldo fuera de registración que este adujo en respuesta al despido acaecido. –
Se expreso claramente en los hechos, de donde se puede verificar que el actor, luego de incurrir durante la relación laboral de sendos incumplimientos de sus deberes contractuales, reacciónó frente a la toma de medidas de control por parte de su empleador, todas motivadas en los incumplimientos descriptos en la demanda, vertiendo durante una conversación de chat de WhatsApp, agravios, insultos y todo tipo de alusiones irrespetuosas y descalificantes, para con su supervisor y para con el presidente de la sociedad, mas aun en el grupo de WhatsApp donde se encontraban incluidos el resto de sus compañeros de trabajo. Se transcribió, y se adjunto la carta documento mediante la cual se explicito detallada y claramente las causas de su despido.
III.- LOS HECHOS CONTROVERTIDOS
Analizaré en este acápite los hechos litigiosos respecto de los cuales se centra la controversia en los presentes actuados.
Dicho análisis se hará a la luz de la prueba aportada, conforme lo requiere el art. 94 de la L.O.
Esencialmente el principal hecho controvertido de autos es la existencia de la causal de despido, la cual fue probada acabadamente por la parte demandada, y de la existencia de pagos no registrados, los cuales no fueron probados por el actor;
1) Esta parte ha probado acabadamente el intercambio de mensajes por los cuales el actor agravio a su supervisor, mediante desgravación de los mensajes en acta notarial y mediante la producción de prueba pericial informática, todo lo cual demostró que los mensajes fueron enviados por el actor y recibidos en el teléfono del supervisor y más precisamente en el grupo de WhatsApp de trabajo donde estaba el actor, el supervisor y el resto de los compañeros del actor que motivo su despido;
2) Otra cuestión son los incumplimientos contractuales del actor, los cuales mediante los testimonios de los testigos aportados por eta parte se han demostrado, como así también todos los dichos de esta parte respecto de la conducta reprochable del actor frente a su empleador
3) Mediante CD _ se despidió al actor por los extremos allí explicitados, documental que fue reconocida por el actor la cual se encuentra debidamente acreditada su veracidad.
En síntesis, ha quedado acreditado claramente la causal de despido, y el cumplimiento de los requisitos prescriptos por el art 243 de la LCT,
4) El actor aportó testigos a fin de probar su alegación sobre la existencia durante la relación laboral de pagos fuera de registración; Todos los testimonios fueron impugnados por esta parte por carecer objetividad y estar alcanzados por las generales de la ley, dado que todos eran amigos del actor, y otros tenia juicios pendientes con la parte demandada, además haber incurrido en contradicciones en sus testimonios. Dicho lo cual no puede considerar la existencia de objetividad en los testimonios, necesaria para ser considerado por la sana critica de V.S..-
IV.- IMPROCEDENCIA DE TODOS LOS RUBROS RECLAMADOS
No corresponde ninguno de los rubros que la actora reclama en su demanda, porque lisa y llanamente se trató de un despido totalmente justificado por la propia conducta reprochable del actor, y no han sido probado los supuestos pagos en negro que aduce el reclamante; Es decir que no corresponde la procedencia del pago de salarios, vacaciones, aguinaldos, diferencias salariales, horas extras, indemnización por antigüedad, indemnización sustitutiva del preaviso e integración del mes de despido. Multas dispuestas por la ley 24013, 25323 y 25345.
V.- CONCLUSIONES
Del análisis de las presentes actuaciones, se puede advertir claramente la existencia de la causal de despido que ha invocado el empleador para desvincular al demandante y no ha producido prueba que pueda considerarse para no considerar la causal invocad, ni tampoco para probar sus falsos reclamos sobre existencia de pagos sin registración; Por lo que a entender de esta parte corresponde desestimar la acción incoada por carecer de sustento fáctico y jurídico, con expresa imposición de costas a la actora.
VI.- PETITORIO
Por lo expuesto a V.S. solicito:
1°) Tenga por presentado en tiempo y forma el alegato.
2°) Oportunamente se rechace la demanda en todas y cada una de sus partes, con exclusiva y expresa imposición de costas a la actora.
Proveer de conformidad, que
SERA JUSTICIA

Legislación relevante:

– Art 243  Ley de Contrato de Trabajo

Importante: Si no sos Abogado/a y necesitás asesoramiento jurídico por una situación específica, es fundamental consultar con un/a Abogado/a. Los contenidos aquí provistos son de carácter informativo y general, y pueden no estar actualizados o contener errores.

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