[Lugar y fecha]
En atención al incumplimiento parcial de vuestra parte, respecto del pago o devolución de los viáticos correspondientes al período /20 (art. 106 ley 20.744), todo lo cual causa gravísimo daño a mis derechos, en tanto y en cuanto resultan emolumentos surgidos de mi peculio para el cumplimiento de mi débito laboral, y por tanto, como en forma normal y
habitual ha efectuado, debe Ud. devolver, lo intimo plazo 48hs proceda a hacer efectivo el pago de las sumas adeudadas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales correspondientes.
Asimismo y siendo que como bien sabe y le consta, quien suscribe resulta ser dirigente gremial con mandato vigente y debidamente notificado por la Asociación Gremial , le recuerdo que el incumplimiento señalado importa una modificación de las condiciones de trabajo, y por tanto una violación de los arts 47 y 52 de la L.A.S., con raigambre en el art. 14 bis de la Constitución Nacional, y por medio del art. 75 inc. en los convenios de la OIT, N° 87, 98 y 135. En tal sentido las acciones judiciales antes señaladas lo son por intermedio del proceso sumarísimo que corresponde y en el marco de acciones por violación a la libertad sindical.
Por otra parte le informo que en cumplimiento de mis obligaciones gremiales he dado aviso del incumplimiento al sindicato señalado a fin de que este realice las acciones y denuncias que corresponden.
Queda Ud. debidamente notificado

Firma
Aclaración
DNI

Legislación relevante:

– Art 106  Ley Contrato de Trabajo

Importante: Si no sos Abogado/a y necesitás asesoramiento jurídico por una situación específica, es fundamental consultar con un/a Abogado/a. Los contenidos aquí provistos son de carácter informativo y general, y pueden no estar actualizados o contener errores.

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