SE PRESENTA. SE OPONE. SE INTIME A LA CONCURSADA. SE RECHACE RESERVA CASO FEDERAL

Señor Juez Nacional en lo Comercial:
, abogada, Tº , constituyendo domicilio procesal en y domicilio electrónico , en los autos caratulados: “ S/ CONCURSO PREVENTIVO” (Expte. N° ), a V.S. me presento y respetuosamente digo:

I.- PERSONERIA
Que tal como lo acredito con la copia de la Disposición que acompaño con juramento de vigencia y autenticidad, soy representante de la AFIP organismo que tiene a su cargo la recaudación, fiscalización y ejecución judicial de los Impuestos y Recursos de la Seguridad Social.

II.- SE OPONE A LA CONCLUSION. SE INTIME A LA CONCURSADA
Con relación a la solicitud articulada por la concursada a fs. , vengo por el presente a oponerme a la conclusión del concurso preventivo.
Con fecha // la concursada presentó Plan de Facilidades de Pago en el marco de la RG 3451, a pagar en cuotas.
A la fecha el mencionado plan se encuentra vigente, habiendo abonado cuotas. Restaría, para la cancelación, el pago de cuotas, venciendo la última de ellas, el //.
En consecuencia, el acuerdo en autos no se encuentra cumplido, no pudiendo entonces concluirse el concurso hasta tanto se haya cancelado el crédito de este acreedor fiscal en su totalidad.
La declaración de cumplimiento del acuerdo hace cesar todos los efectos del concurso preventivo, tanto procesales como sustanciales, poniendo fin al estado de cesación de pagos.
En el caso de marras, no puede haber declaración de cumplimiento del acuerdo si la concursada no ha satisfecho en su totalidad el crédito de mi mandante.
Cabe remarcar, además, que para poder declarar el cumplimiento del acuerdo, la concursada debe demostrar que se han satisfecho los créditos de todos los acreedores. En el presente caso no se advierte que se haya comprobado que el crédito de la AFIP se encuentre satisfecho.
Es por ello que esta parte considera prudente, y con el fin de salvaguardar el crédito fiscal, que para que la concursada pueda concluir su concurso, cancele todo el crédito pendiente.
Por todo lo expuesto, solicito se rechace la declaración de cumplimiento del acuerdo, por no haber la concursada cancelado el crédito de la AFIP en su totalidad, y se intime a la concursada a acreditar la cancelación de las sumas adeudadas a mi mandante, con más los intereses a fecha de pago.

III.- RESERVA CASO FEDERAL
Hallándose en cuestión la interpretación de normas de carácter federal, como así también derechos de raigambre constitucional como los de propiedad y defensa en juicio, dejo desde ya planteado en esta instancia el caso federal contemplado en el art. 14 de la Ley 48.

IV.- PETITORIO
Por lo expuesto, a V.S. solicito:
1°) Se me tenga por presentada,
2°) Se rechace la declaración de cumplimiento del acuerdo,
3°) Se intime a la concursada a que acredite los montos adeudados a este acreedor, con más los intereses,
4°) Se tenga por introducido y planteado el caso federal.
Proveer de conformidad que,
SERÁ JUSTICIA

Legislación relevante:

– Ley 24522 Concursos y Quiebras

Importante: Si no sos Abogado/a y necesitás asesoramiento jurídico por una situación específica, es fundamental consultar con un/a Abogado/a. Los contenidos aquí provistos son de carácter informativo y general, y pueden no estar actualizados o contener errores.

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