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ALEGA
Señor Juez:
_, por propio derecho, con domicilio constituído conjuntamente con el letrado patrocinante Dr. _ T°_ F°_ y electrónico _, en los autos caratulados «_ c/ Banco _ s/SUMARISIMO» Exp _ a V. S. digo:
I.- ОBJEТO
Que en legal tiempo y forma vengo a alegar sobre el merito de la prueba producida en autos, solicitando se haga lugar a la demanda articulada en todas sus partes con expresa imposición de costas.
II.- ANTECEDENTES DE LA CAUSA
A fs _ se presenta el actor _ promoviendo demanda por los daños y perjuicios sufridos por el incumplimiento contractual de parte del Banco _, donde al presentarse en caja a efectos de percibir sus acreencias se le notifica que ya se habían abonado.-
El día _ de _ de 202_ el Sr _ concurrió a la sede del Banco _ sita en la calle _ donde es cotitular de un Fondo común de inversión _ junto con _- fallecido y _ también fallecida solicitando expresamente remitan a su cuenta su porcentaje (33.33%) ordenando la venta de los fondos.
Luego de una larga espera y muchos idas y vueltas, el personal del Banco demandado informa que no se encuentran tales fondos disponibles ya que fueron remitidos en su totalidad a la sucesión de _, que tramitó ante el Juzgado de Primera instancia en lo Civil y Comercial N° _.
Ante tal inesperada e irresponsable respuesta, y luego de verificar el expediente mencionado, logramos advertir que en el oficio que solicita la remisión de los fondos expresamente se solicita que se remita a la cuenta de autos solamente el porcentaje correspondiente a la causante _ (33,33%), circunstancia que se llevó a cabo en tales actuaciones.-
Los hechos narrados demuestran que se ha configurado un grave incumplimiento del deber de seguridad de mis acciones depositadas en el Fondo Común de Inversión en el Banco _ del cual fui víctima por el incumplimiento en el deber de seguridad.-
Se violó el principal fin y la confianza que se deposito en tal Banco del cual soy cliente y que por lo tanto es el responsable por los daños y perjuicios que me ocasionaron por su incumplimiento en el deber de seguridad que le impone la legislación, en este caso La ley de Defensa del Consumidor N° 24.240.
El banco demandado posee las herramientas suficientes que si las hubiera aplicado en tiempo y debida forma, hubieran impedido el daño que me provocaron como usuario del servicio bancario.
Ante esta situación solicito se reintegre el monto, se repare el daño y se aplique la multa prevista en el art. 47 inc. b) ley 24.240.
El banco demandado al contestar demanda sostiene que los fondos fueron pagados en la sucesión de la cotitular _, y que nada tendría que abonar ya que fueron pagados.- es decir que el demandado no tomó los recaudos para depositar los importes correspondientes a cada persona titular, de esta forma nadie puede invocar su propia torpeza para eximirse de sus obligaciones.-
De ahí que tenga vital importancia las pruebas rendidas, ofrecidas por esta parte, en el expediente «_ y _ s/ Sucesion», y los oficios dirigidos que se encuentran en en sucesorio de mención, donde expresamente se ordena el pago del 33,3% de los fondos existentes en la entidad bancaria demandada, percibidos por los sucesores.
III.- DE LAS PRUEBAS
1.- PERICIAL CONTABLE
Con respecto a la pericial contable, considero determinante lo manifestado por el experto que los fondos existían a nombre de _ personas, describe los fondos depositados a la orden de estas _ personas y que son individuales las proporciones.-
2.- PRUEBA DE OFICIOS
En los mismos se ha dado cumplimiento con los expedientes sucesorios que se encuentran agregados al principal.-
IV.- PETITORIO
Por lo expuesto solicito:
1) Me tenga por presentado el alegato en tiempo y forma.-
2) Se condene al accionado al pago de las sumas reclamadas, con mas sus intereses y costas.-
Proveer de conformidad
SERA JUSTICIA

Legislación relevante:

– Art 482  del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación

Importante: Si no sos Abogado/a y necesitás asesoramiento jurídico por una situación específica, es fundamental consultar con un/a Abogado/a. Los contenidos aquí provistos  son de carácter informativo y general, y pueden no estar actualizados o contener errores.

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