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Imagen alusiva para La CNV ajusta las reglas antilavado para el mercado de capitales

La Comisión Nacional de Valores introdujo una nueva actualización en el régimen de prevención del lavado de activos, la financiación del terrorismo y la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva aplicable al mercado de capitales. La medida surge de la Resolución 1139/2026, vigente desde el 15 de mayo de 2026, y modifica disposiciones del Título XI de las Normas de la CNV.

El cambio no aparece como una reforma aislada, sino como parte de una tendencia regulatoria más amplia: ordenar los controles de cumplimiento, reducir márgenes de discrecionalidad operativa y adaptar las obligaciones de los sujetos obligados a un ecosistema financiero donde conviven instrumentos tradicionales, pagos electrónicos y activos virtuales.

La resolución busca unificar criterios operativos y desplaza el uso de efectivo como regla general en las operaciones alcanzadas.

Qué modifica la resolución

Según la información disponible, la Resolución 1139/2026 simplifica y armoniza reglas del régimen de PLA/FT/FP dentro de las Normas N.T. 2013 y sus modificatorias. En términos prácticos, la CNV procura que los distintos segmentos de inversión trabajen con pautas más previsibles, tanto para emisores como para inversores.

Uno de los puntos centrales está en los medios de pago permitidos. Para los sujetos obligados del mercado de capitales alcanzados por los artículos 7 y 8 de la Ley 25.246, la norma elimina la posibilidad de utilizar efectivo, con la salvedad informada para quienes hayan adherido al Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias. A la vez, incorpora el cheque electrónico como alternativa admitida.

Beneficiarios finales, riesgo y PEP

La resolución también suma obligaciones informativas vinculadas con beneficiarios finales, segmentación de clientes basada en riesgo y condición de Persona Expuesta Políticamente. Esos tres frentes muestran dónde está hoy el énfasis del regulador: conocer quién controla realmente una operación, graduar los controles según el perfil de riesgo y reforzar la trazabilidad cuando intervienen personas con exposición pública relevante.

Para los operadores, el impacto no se agota en un formulario nuevo. La exigencia de información sobre beneficiarios finales y segmentación de clientes puede requerir ajustes en legajos, matrices de riesgo, políticas internas y circuitos de actualización documental. En materia antilavado, la calidad de la información inicial suele definir la eficacia del monitoreo posterior.

Activos virtuales dentro del mapa de control

Otro aspecto relevante es la extensión expresa de ciertas modificaciones a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales. El punto es especialmente sensible porque estos actores ya forman parte del perímetro regulatorio argentino y, por su propia dinámica tecnológica, obligan a revisar cómo se registran pagos, titulares reales, movimientos y alertas.

La inclusión de los PSAV en las reglas sobre medios de pago y régimen informativo confirma que el control de cumplimiento no se piensa únicamente para instrumentos financieros clásicos. El regulador está llevando al terreno de los activos virtuales exigencias de identificación, trazabilidad y reporte que antes se asociaban de modo más directo con la intermediación tradicional.

Una señal para el cumplimiento interno

La modificación deja una señal clara para sociedades de bolsa, agentes registrados, emisores y demás sujetos obligados: la prevención antilavado se está moviendo hacia estándares más documentados, electrónicos y verificables. La reducción del efectivo, la admisión del cheque electrónico y las mayores exigencias sobre clientes y beneficiarios finales apuntan a construir operaciones con rastro documental más robusto.

Desde una mirada jurídica, el desafío estará en implementar esos cambios sin convertir el cumplimiento en una carga meramente formal. Las políticas internas deberán traducir la norma en procedimientos concretos, con responsabilidades asignadas, actualización periódica y evidencia suficiente para demostrar que los controles no existen solo en el papel.

Por qué importa

En el mercado de capitales, la previsibilidad regulatoria es parte del valor institucional. Una regla más clara sobre pagos, identificación de clientes y reporte de información puede reducir conflictos interpretativos y fortalecer la confianza en los canales formales de inversión. Al mismo tiempo, el cumplimiento exigirá revisar prácticas internas, especialmente allí donde todavía se apoyen en documentación incompleta o en criterios operativos heterogéneos.

La Resolución 1139/2026, entonces, no solo reordena una sección técnica de las Normas de la CNV. También marca una orientación: menos efectivo, más información verificable y una integración más explícita de los activos virtuales al sistema argentino de prevención de lavado y financiamiento ilícito.

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