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SE NOTIFICA. CONTESTA TRASLADO
Señor Juez:
_, por derecho propio, con el patrocinio de la Dra _ T°_ F°_, con domicilio constituído en _ y domicilio electrónico _, en autos caratulados “_ C/ _ S/ ORDINARIO” (Expte N°_) a V.S respetuosamente digo:
I.- OBJETO
Que, en legal tiempo y forma vengo a contestar el traslado conferido el _, del que me notifico espontáneamente en este acto y a contestarlo, solicitando desde ya su rechazo con expresa imposición de costas. Ello, en virtud de las consideraciones de hecho y de derecho que a continuación se expondrán.
II.- SE DECRETE NULIDAD DE CALIDAD DE GESTOR
Que, se hace saber a V.S. que si bien la demandada invocó la calidad de gestor en los términos del artículo 48 CPCCN, a V.S. hago saber que no se ha cumplido con dicha normativa, toda vez que el artículo impone que: “En su presentación, el gestor, además de indicar la parte en cuyo beneficio pretende actuar, deberá expresar las razones que justifiquen la seriedad del pedido. La nulidad, en su caso, se producirá por el solo vencimiento del plazo sin que se requiera intimación previa.”
Ahora bien, lo cierto es que la Dra. _ se limita a manifestar su calidad de gestora, sin invocar ningún tipo de razón que justifiquen tal calidad. ¿Por qué no pudo el demandado firmar la presentación en despacho? ¿Cuáles fueron las razones de urgencia que le impidieron realizar las gestiones necesarias para representarlo conforme a derecho?
En consecuencia, siendo que la Dra. _ no informó ninguna de las razones por las que invoca la calidad, de forma tal de darle seriedad a su pedido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 CPCCN a V.S. solicito tenga a bien decretar la nulidad de lo actuado, y en consecuencia, la rebeldía del demandado.
La gravedad de lo antedicho se desprende de que la Dra. _ presentó EXACTAMENTE la misma contestación que cuando contestó la demanda por la aseguradora. Inclusive, opuso excepciones que benefician a _ y perjudican al Sr. _, demostrando de esta forma un conflicto de interés.
III.- PETITORIO
En virtud de todo lo expuesto a V.S. solicito:
1°) Tenga por contestado en legal tiempo el traslado conferido y se decrete la nulidad de todo lo actuado.
2°) Oportunamente, rechace las mimas con expresa imposición de costas.
Proveer de conformidad
SERA JUSTICIA

Legislación relevante:

– Art 48  del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación

Importante: Si no sos Abogado/a y necesitás asesoramiento jurídico por una situación específica, es fundamental consultar con un/a Abogado/a. Los contenidos aquí provistos son de carácter informativo y general, y pueden no estar actualizados o contener errores.

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