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SOLICITA HABILITACIÓN DE FERIA. SE LIBRE OFICIO REITERATORIO. SE TRANSFIERAN SUMAS EMBARGADAS EN CONCEPTO DE ALIMENTOS. 

 

Señor Juez:

…………………….., abogado, inscripto en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal a Tº …., Fº ….. (CUIT …………………….., monotributista) apoderado de la Sra. M. D., manteniendo domicilio constituido en ……………………….. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el electrónico en: ………………………………, en autos caratulados “D., H. A.  s/SUCESION AB-INTESTATO” (Expte. …………/………..) respetuosamente digo:

I.- ACREDITA REPRESENTACIÓN.

Acredito la legitimación procesal con la copia de poder general que se acompaña, bajo juramento de autenticidad y vigencia.

II.- OBJETO.

Vengo a solicitar la habilitación de la feria judicial, a los fines de enviar oficio reiteratorio al Banco de la Nación Argentina, requiriendo que transfiera las sumas de titularidad del Sr. C. A. D. embargadas en la cuenta de autos, y dadas en pago en concepto de alimento a nuestra mandante, la Sra. M. D.

III.- ANTECEDENTES.

En el mes de ……….. de ……., fueron embargados los derechos sucesorios del Sr. C. A. D. a los fines de garantizar el cobro de la deuda de alimentos que este mantiene con mi mandante, la Sra. M. D.

El pasado ……. de …….., por requerimiento del Juzgado Civil Nº ……, se envió en estas actuaciones DEO N° ………….. al Banco Nación, requiriendo la transferencia de las sumas embargadas a la cuenta judicial número ……………….. del Banco Nación, abierta a nombre de los autos “INCIDENTE
Nº …. – ACTOR: D., M. N., DEMANDADO: D., C. A., S/EJECUCION DE ALIMENTOS – INCIDENTE” (Expte. ……./………).

Atento a la naturaleza alimentaria de la deuda y a la urgencia en el cobro, el pasado ………….. solicitamos la habilitación de la feria judicial en el marco del expediente premencionado a los fines de compulsar el saldo bancario de la cuenta de autos y requerir la transferencia de las sumas allí depositadas a mi clienta. Sin embargo, luego de conceder la habilitación, el Juzgado Civil de turno Nº …… informó que el saldo bancario en la cuenta era
de cero pesos.

Por tal motivo, toda vez que de dicho saldo se desprende que no se ha cumplido con la transferencia requerida al Banco Nación en fecha ………….. mediante DEO Nº …………., el ……….. el Juzgado de Feria Nº ………. envió DEOX al Juzgado Civil Nº ………, requiriendo el libramiento de oficio reiteratorio, e indicando a los suscriptos pedir la habilitación de la feria en el juzgado de turno correspondiente.

Por tal motivo, solicito a V.S. que habilite la feria judicial, a los fines de librar oficio reiteratorio del DEO N° …………. enviado por el Juzgado Civil Nº ………. con fecha ……………. al Banco Nación, requiriendo se transfieran de la cuenta N° ………………. abierta a nombre de los autos “D., H. A.,  s/SUCESION ABINTESTATO” Expte. Nº …………/………….., la suma de pesos ………………… ($…………), en concepto de alimentos, a la cuenta número
………………, CBU ……………………………………, abierta a nombre de los autos “INCIDENTE Nº …..- ACTOR: D., M. N., DEMANDADO: D., C. A. S/EJECUCION DE ALIMENTOS – INCIDENTE” (Expte. ………../……….).

A todo evento, acompaño el DEO Nº ……………….. enviado en el día de la fecha desde el juzgado de turno Nº ……. al Juzgado Civil Nº ………, así
como el proveído que habilita la feria judicial.

IV.- URGENCIA DEL CASO. PROCEDENCIA DE LA HABILITACIÓN.

Posponer el envío del oficio solicitado hasta el mes de febrero implicaría un grave perjuicio para la Sra. D. y su hijo menor U. D.
No se trata en este caso sólo del cobro de una obligación de neto contenido vital para la persona afectada, lo que en sí mismo justificaría la
habilitación de la feria judicial. La Sra. D. se encuentra residiendo en España desde julio de …….. cumpliendo con una estadía de investigación de
CONICET. En virtud de sus reducidos ingresos, resulta fundamental el pronto cobro del crédito alimentario exigido al Sr. D.

La demora en la ejecución afecta el valor de la cuota alimentaria, que se ve gravemente reducida por la depreciación constante de las sumas
en pesos. No debe perderse de vista que viviendo en España, el cambio resulta aún más desfavorable, acentuando así los efectos de la inación local y
del paso del tiempo.

Al habilitar la feria judicial el …………., el Juzgado ……… dijo “Para que pueda disponerse la habilitación de la feria judicial es esencial que exista
una justa causa. Ella debe estar dada por la objetiva posibilidad de que el retardo frustre un derecho o una necesidad impostergable o produzca un
daño irreparable (conf. Colombo, Código Procesal Civil y comercial de a Nación, anotado y concordado, T I. pág. 682).-

De allí que la habilitación de feria reviste carácter excepcional (conf. Colombo, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación Anotado y Comentado, T I, pág. 682; Fassi, Código Procesal…., T I pag. 419, entre otros) y sólo procede cuando la demora puede tornar inecaz una diligencia u originar perjuicios que sean irreparables.- Ante ello y dado que en la especie se encuentran reunidos los requisitos expuestos precedentemente, corresponde acoger favorablemente el pedido.”

En las presentes, en caso de no habilitarse la feria judicial, la Sra. D. deberá suplir por sus propios medios las necesidades impostergables de su hijo U. D., sacrificando incluso sus propios intereses, hasta poder cobrar una suma que, en febrero, habrá perdido una parte signicativa de su poder adquisitivo en euros.

Solicitamos, en consecuencia, que se habilite la feria judicial de enero y se libre el oficio reiteratorio requerido.

Proveer de conformidad que,

SERÁ JUSTICIA.


Importante: Si no sos Abogado/a y necesitás asesoramiento jurídico por una situación específica, es fundamental consultar con un/a Abogado/a. Los contenidos aquí provistos son de carácter informativo y general, y pueden no estar actualizados o contener errores.

 

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