PROMUEVEN INCIDENTE DE VERIFICACIÓN
Señor Juez:
, ambos por su propio derecho, en los autos caratulados: “ s/CONCURSO PREVENTIVO”, constituyendo domicilio procesal en la calle y electrónico , denunciando ambos el domicilio real en , con el patrocinio letrado del Dr. T° , F° , ante V.S. comparecemos y respetuosamente solicitamos:
I.- OBJETO
Que en legal tiempo y forma venimos a promover el presente incidente de verificación de nuestro crédito en procura de obtener la escrituración del bien inmueble sito en la calle , cuya escrituración libre de toda deuda y gravamen nos es debida por la concursada .
II.- ANTECEDENTES
1.-
Con fecha de de 20 y con la intervención de , corredor/a inmobiliario/a, procedimos a adquirir el bien inmueble ya descripto, como resulta de la copia del respectivo boleto de compraventa suscripto con la vendedora , representada por su apoderado el Sr. .
Se estableció el precio en la suma de $ de la cual se pagó la cantidad de $ en el acto de la suscripción del boleto a cuenta de precio y como principio de ejecución del contrato.
La cantidad de $ también se canceló en de $ cada una de ellas tal como lo establece el referido contrato.
Y el saldo de $ se debía pagar con el otorgamiento de la escritura traslativa del dominio, libre de todo gravamen, hecho todavía no ocurrido.
Asimismo, y como consta en el boleto de compraventa antes referido, la vendedora (Cláusula), se comprometió a entregarnos la posesión del citado departamento en el mes de de 20. La entrega de la posesión se demoró hasta que finalmente en el mes de se logró que la vendedora procediera a efectuarnos la tradición del referido departamento libre de bienes y ocupantes, momento a partir del cual ejercimos la posesión en forma pública, pacífica e ininterrumpida del bien adquirido.
2.-
A pesar de nuestros reiterados reclamos la vendedora no nos otorgó la escritura traslativa de dominio.
Los reiterados incumplimientos de la vendedora provocaron inconvenientes en la normal marcha de la administración del edificio, y fue por ello que los propietarios nos reunimos en búsqueda de una solución, y oportunamente votamos en reunión autoconvocada, con actuación notarial, designar a un copropietario gestor con el objeto de poder recaudar y pagar los gastos de servicios, tasas, contribuciones, todos gastos de ineludible pago que pesaban sobre la totalidad el edificio por falta de inscripción de la subdivisión adeudada por la concursada, y que lo suscriptos cancelamos en las oportunidades correspondientes.
3.-
No habiendo la vendedora otorgado la escritura traslativa de dominio, promovimos demanda de escrituración que ha tramitado por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° , autos “ c/ s/ ESCRITURACION”, Expte. , en el que recayó sentencia definitiva dictada por la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, por la Sala , admitiendo nuestra pretensión y la consecuente procedencia de la escrituración impetrada, que se encuentra consentida y cuya copia también adjuntamos al presente.
4.-
Queda por explicar todavía que el juicio de escrituración que promovimos se fundó en el derecho emergente boleto de compraventa de fecha 16 de mayo de 2013 que suscribimos con la vendedora, y en virtud del cual denominación del departamento era la de la letra “C”.
Ello implica afirmar que las constancias del proceso de escrituración y su respectiva sentencia, título en el que se basa la presente verificación de crédito, son comprobatorias de la existencia de la compraventa, del pago del precio devengado, de la entrega de la posesión de la unidad indicada en el plano del anexo del boleto, y del derecho a escriturar esa unidad, maguer su designación provisional.
III.- FUNDAMENTOS DE LA VERIFICACIÓN
De los antecedentes y hechos mencionados surge claro que los suscriptos hemos pagado la totalidad devengada del precio del bien que adquirimos, que la concursada ha recibido de absoluta conformidad (art. 146 L.C.Q.), y que el saldo que aún obra en nuestro poder de $ debe ser pagado solo en ocasión de celebrarse la escritura traslativa del dominio en base a títulos perfectos (Cláusula del boleto). También que nos fue efectuada la tradición del bien y ejercimos la posesión pública, pacífica e ininterrumpida de la unidad funcional descripta desde el mes de hasta el presente.
Destacamos que la sentencia recaída en el juicio de escrituración, reconoce los hechos esenciales que fundan nuestro derecho crediticio.
Todos estos aspectos confluyen en acreditar que no existe ninguna colusión en perjuicio del concurso y se destaca nuestra la total buena fe como adquirentes a título oneroso, sin que ningún hecho hiciere presumir que la hoy concursada, en el lapso de la negociación, suscripción, pago de la suma acordada y la tradición del bien, se encontrare incursa en un estado de cesación de pagos, aún prescindiendo de considerar que la suscripción del boleto es de años antes de la fecha inicial del estado de cesación de pagos que la concursada denuncia en su presentación inaugural.
La prueba del pago es irrefutable y está plasmada en la sentencia de escrituración dictada en el proceso que mencionamos, más aún cuando se nos ha efectuado la tradición del bien y gozamos de la posesión de lo adquirido, posesión esta que justamente nos fue entregada por cuanto abonamos el precio en la forma acordada, quedando un saldo pendiente de pago para el momento de la escrituración (LLambias-Alterini-Código Civil Anotado, Tomo III-A, pág. 110, citado por Dario J. Graziabile en Efectos Concursales sobre las Obligaciones y los Contratos-“- Editorial Astrea, pág. 357-Año 2018).
La posesión pública y pacífica del bien inmueble del caso predica la existencia de la publicidad posesoria (SCMendoza, en pleno, en fallo del 30/05/96 en autos Coviram Ltada en JA 1997-1-83, en nota 91 de la obra citada, pág.362).
Y así se ha sostenido que si se ha abonado la totalidad del precio y se produjo la tradición, por lo que el comprador ha adquirido la posesión antes de la quiebra, no hay un supuesto de oponibilidad del boleto porque el contrato esta firme y es definitivo, y la escrituración es un recaudo formal para adquirir el dominio (Dario J. Graziabile, Efectos concursales sobre las obligaciones y los contratos, pág. 362, Ed. Astrea, con cita de Borda, Tratado de los Contratos, Tomo 1 pág. 334, nota 87).
En función de lo expresado a favor de nuestra petición, cabe agregar que expresamente nos comprometemos a pagar el saldo del precio acordado en el boleto de compraventa en el acto de otorgársenos la escritura traslativa de dominio.
IV.- PRUEBA
A.- Documental. La que se acompaña con esta presentación, a saber:
1. Copia de los DNI de los actores. 2. Copia del boleto de compraventa de fecha . 3. Copia de las sentencias de Primera y Segunda Instancia dictadas en los autos caratulados c/ s/ Escrituración-Expte. que ha tramitado por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N°. 5. Extracto de la copia del plano de mensura y propiedad horizontal con asignación de los números de las unidades funcionales (auto principales, fs. ). 8. Liquidación de expensas. 9. facturas de servicio de luz de titularidad del actor
B.- Expedientes judiciales.
Se ofrecen en calidad de prueba los siguientes procesos judiciales:
Autos “ s/ Concurso Preventivo, Expte. Nro. , en trámite ante este Juzgado y Secretaría y Autos “ c/ s/ Escrituración, Expte. Nro. , tramitado ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nro. , Secretaría única. Se solicita la remisión junto con la documental reservada ad videndi et probandi, librándose DEO por Secretaría.
C.- Confesional:
Se cite al representante legal de la concursada a absolver posiciones y reconocer documental a tenor del pliego respectivo, y a responder las preguntas que se le formulen en los términos del artículo 415 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, bajo apercibimiento de ley.
C.- Informativa. Se libren los siguientes oficios:
Al Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal a fin de que informe la titularidad del dominio del inmueble sito en la calle a la. fecha de suscripción del boleto de compraventa y a la fecha del informe.
D.- Testimonial: Se cite por intermedio del Juzgado a prestar declaración testimonial a las siguientes personal:
1. , ama de casa, con domicilio en , con el objeto de que declare respecto de la compraventa y ocupación del departamento del piso y en función de su calidad de gestora/administradora provisional del consorcio declare respecto de quiénes abonan las expensas y demás gastos que pesan sobre la unidad antes mencionada. 2. , martillera pública, domiciliada en , quien será interrogada sobre su participación en la compraventa de la unidad de referencia y ulterior alquiler de la misma y reconocimiento de la documentación que se le atribuye en esta presentación.
E.- Pericial:
1.- Para el caso de desconocimiento de la autenticidad de las firmas insertas en el boleto de compraventa solicito se designe perito calígrafo único de oficio de la lista del Tribunal, a fin de que formando cuerpo de escritura en la audiencia que se designe; respecto del Sr. proceda a perituar sobre su autenticidad teniendo en cuenta las firmas indubitables obrantes en s legajo de la PFA y aquellas que surgen de las constancias obrantes en el Archivo de Actuaciones Notariales de los escribanos actuantes cuyo detalle se encuentra en el proceso principal.
2.- Para el caso de negativa de recepción del precio pagado por parte de la concursada y que describe el boleto de compraventa acompañado, segun los recibos agregados como prueba documental en los autos caratulados “ c/ s/ Escrituración” , tramitado ante el Juzgado cuya remisión junto con la documental ha sido ofrecida como prueba, solicito se desinsacule perito contador , a fin de que teniendo a la vista los libros de comercio y sociales, cuentas bancarias, archivo y todo otro registro de la concursada informe respecto de su recepción.
V.- COSTAS POR SU ORDEN
Solicitamos asimismo que oportunamente se disponga la imposición de costas por su orden, habida cuenta que la sentencia que dispone la escrituración a nuestro favor del inmueble de mención,, ha quedado firme luego de finalizado el plazo de insinuación de los créditos en el proceso concursal preventivo.
VI.- PETITORIO
Por todo lo expuesto, solicitamos:
1°) Se nos tenga por presentados, por parte y por constituídos los domicilios indicados.
2°) Por promovido el presente incidente de verificación de nuestro crédito a escriturar el inmueble de la calle .
3°) Se agregue la prueba documental y se tenga presente para su oportunidad la restante ofrecida.
4°) Se tenga presente que el saldo de precio será pagado por los suscriptos al momento de celebrarse la escritura traslativa de dominio a nuestro favor, del inmueble adquirido libre de todo gravamen.
5°) Se haga lugar a la verificación impetrada-
Proveer de conformidad
SERA JUSTICIA
Legislación relevante:
– Art 32 Ley de Concursos y Quiebras
Importante: Si no sos Abogado/a y necesitás asesoramiento jurídico por una situación específica, es fundamental consultar con un/a Abogado/a. Los contenidos aquí provistos son de carácter informativo y general, y pueden no estar actualizados o contener errores.