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[Lugar y fecha]
Ante el silencio por Ud. esgrimido en mi misiva postal anterior CD _, recibida por Ud. el _haciendo efectivo el apercibimiento dispuesto por el Art. 57 de la LCT, y ante la falta de respuesta de mi  reclamo; la continuidad de la falta de dación de tareas y la retención  indebida de haberes, lo intimo por última vez, plazo 72 hs, abone los salarios adeudados de los meses de _ de 20_.
Asimismo en idéntico plazo proceda a otorgar tareas en las condiciones y horarios que se desarrollaron normalmente, toda vez que poseo certificado médico del especialista tratante con el alta laboral desde el _, el cual se le fue entregado a Ud. en debido tiempo y forma, negándose a la reasignación de tareas.-
Le recuerdo a Ud. que el deber de control del médico laboral establecido por el Art. 210 de la LCT, no puede interferir en el tratamiento del médico tratante ni puede ser contrario al alta otorgada por el mismo. El galeno tratante de la dolencia denunciada, consideró pertinente la reinserción laboral y social y Ud. se ha negado a reincorporarme en mi puesto de trabajo, sin explicaciones y sin paga de haberes, generando un perjuicio en el tratamiento médico al que me he sometido. (Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, “Milio, Rubén Darío c/ Prosegur S.A. s/ Despido”, CAUSA Nº 29.638/2014, 22 de Febrero de 2018).-Su conducta de negativa a dación de tareas, y falta de pago de haberes, pese al alta médica del profesional tratante, responde a un acto de discriminación ante mi dolencia oportunamente denunciada. Su actuar se encuentra violando el Art. 1 de la Ley 23.592, constituyéndose en una clara conducta discriminatoria ante una dolencia que con esmero estoy tratando de superar y que su actuar solo agrava la misma.-
Por lo expuesto, lo invito a reflexionar en el término de 72 hs, debiendo colaborar con el tratamiento médico de mi dolencia, y otorgando tareas tal y como lo ha indicado el galeno tratante, en búsqueda de favorecer la reinserción social y laboral.-Considerando su negativa una conducta discriminatoria a mi dolencia y un actuar malicioso como empleador.- La falta de dación de tareas, incertidumbre, discriminación y falta de pago de haberes no han hecho más que perjudicar el tratamiento que había comenzado hace un año, generando mayores niveles de ansiedad y stress, por lo que serán responsables de cualquier recaída del tratamiento médico, (Ley 26.657).- Todo lo aquí expuesto, bajo apercibimiento, en caso de un nuevo silencio, así como la negativa a dación de tareas y el pago de los salarios adeudados, serán argumentos suficientes para considerar su conducta claramente injuriosa y discriminatoria, y considerarme despedida por su exclusiva culpa ante una situación de discriminación en clara violación del Art. 1 de la Ley 23.592.
Con una antigüedad de aproximadamente _ , con la categoría de _, con un salario mensual de $ _ y un jornal de Lunes a Viernes de _ a _ hs, todo según lo normado por los Arts. 57, 132 bis, 232, 233, 245 ss y cc de la Ley 20.744, Arts. 1 y 2 de la Ley 25.323, Art. 45 y 47 de la Ley 25.345, Art. 1 de la Ley 23.592, Ley 26.657, Art. 1716 ss y cc del CCCN y demás jurisprudencia aplicables al caso.
Designo como mi letrada patrocinante a la Dra. _, Cel _.
Queda Ud. debidamente notificada.

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Legislación relevante:

– Art 57 Ley de Contrato de Trabajo

Importante: Si no sos Abogado/a y necesitás asesoramiento jurídico por una situación específica, es fundamental consultar con un/a Abogado/a. Los contenidos aquí provistos son de carácter informativo y general, y pueden no estar actualizados o contener errores.

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