INFORMAN ACUERDO DE PARTICIÓN. SOLICITAN. FORMULAN RESERVA.
Señor Juez:
y , ambos por derecho propio, manteniendo el domicilio legal constituído conjuntamente con su letrado patrocinante, Dr. , abogado, T°_, F° _, en , (zona ), domicilio electrónico ; y y , ambos por derecho propio, manteniendo el domicilio legal constituído conjuntamente con su letrado patrocinante, Dr. , en (zona ), domicilio electrónico , en autos “ s/Sucesión ab-intestato” Expte. N° /, a V.S. decimos:
I.-Informan Acuerdo de Partición
Que hemos acordado la partición, exclusivamente respecto de los bienes del acervo sucesorio que a continuación se elencan, los que serán adjudicados a los coherederos según se expresa en cada caso:
1. La mitad indivisa (50%) de: a) el inmueble sito en la Ciudad de Buenos Aires, calle , Unidad Funcional No sita en el piso _, y b) la unidad complementaria _ destinada a baulera sita en el piso _. Se adjudica a los coherederos y , en partes iguales.
2. Una parte indivisa (%) del inmueble sito en la Ciudad de Buenos Aires, calle , unidad complementaria _ destinada a garage sita en la planta . Se adjudica a los coherederos y , en partes iguales.
3. La totalidad (100%) del automóvil marca , modelo , dominio . Se adjudica a los coherederos y , en partes iguales.
Hemos también acordado irrevocablemente que: a) los bienes individualizados en los puntos 1 y 2 precedentes se entregan en la condición en que se encuentran, por cuanto los coherederos conocen y aceptan que los mismos están siendo ocupados y utilizados por el titular del restante 50% indiviso de su dominio, Sr. , hermano del causante. Por lo tanto, los coherederos adjudicatarios de cada uno de dichos bienes asumen todos los riesgos y costos derivados de tal circunstancia, incluso pero sin limitarse a los que pudieren resultar de impuestos, tasas, y expensas comunes devengados antes de la fecha del presente acuerdo y que estuvieren impagos.
b) el bien individualizado en el punto _ precedente se entrega con todos los impuestos (ABL) y expensas comunes pagos hasta las boletas y/o liquidaciones puestas al cobro antes del _/_/_ inclusive, así como la mitad de los importes que por tales conceptos fueron puestos al cobro y/o vencieron durante el corriente mes de de , quedando a cargo exclusivo de los coherederos adjudicatarios del mismo el pago de la otra mitad de dichos últimos importes, así como la totalidad de los que sean puestas al cobro a partir del _/_/_. En compensación, los coherederos adjudicatarios de dicho bien, y , declaran que nada tienen que reclamar ni percibir con relación a los alquileres que dicho inmueble devengara bajo el contrato de locación otorgado por el causante y que terminara el _/_/_, fecha desde la que tal inmueble se encuentra desocupado.
c) El bien individualizado en el punto _ precedente se entrega con todos los impuestos (GCBA-Patente), seguro y estacionamiento en el garage “” donde se encuentra actualmente, pagos hasta las boletas y/o liquidaciones puestas al cobro antes del _/_/_ inclusive, así como la mitad de los importes que por tales conceptos fueron puestos al cobro y/o vencieron durante el corriente mes de de , quedando a cargo exclusivo de los coherederos adjudicatarios del mismo el pago de la otra mitad de dichos últimos importes, así como la totalidad del pago de las que sean puestas al cobro a partir del _/_/_. En compensación, tales coherederos adjudicatarios, y , declaran que nada tienen que reclamar ni percibir con relación al estado de mantenimiento de dicho automóvil, ni a la utilización que el mismo haya podido tener, hasta la fecha del presente acuerdo.
d) Los coherederos y declaran que nada tienen que reclamar ni percibir de los coherederos y con relación a los anticipos y saldos de Impuesto a los Bienes Personales que gravan al presente sucesorio, pagados por los nombrados en primer término antes del _/_/_. Los importes que deban ser pagados a partir de dicha fecha por tales conceptos estarán a cargo de todos los coherederos en partes iguales.
II – Solicitan. Formulan Reserva.
Que solicitamos a V.S., en los términos del Art. 726 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, apruebe el acuerdo de partición informado en el acápite precedente, teniendo en cuenta que, por tratarse únicamente de inmuebles y bienes registrables que tributan Tasa de Justicia sobre sus valuaciones fiscales según la normativa vigente, no es necesario cumplir a su respecto con el trámite de inventario y avalúo previsto en dicho Código.
Que una vez aprobado dicho acuerdo por V.S., y cumplido el pago del impuesto de justicia, gastos causídicos y honorarios según las regulaciones que V.S. oportunamente dicte, de conformidad con lo establecido en el CPCCN y en las leyes impositivas y de aranceles, solicitamos desde ya se ordene el libramiento de los oficios y/o testimonios, en su caso por el trámite previsto en la ley 22.172, al efecto de la inscripción registral de las adjudicaciones acordadas, dejando constancia todos los suscriptos que el riesgo y costo de tales procesos registrales quedarán a cargo exclusivo de los coherederos adjudicatarios del bien de cuya registración se trate.
Que todos los suscriptos formulan expresa reserva de sus derechos con relación a los restantes bienes del acervo, los que, así como los gastos y costos que irroguen, en todos los casos serán partidos entre ellos en partes iguales, salvo eventual acuerdo en contrario. Se deja constancia de que a la fecha del presente acuerdo, todos los coherederos reconocen como bien que integra el acervo hereditario el saldo disponible de los fondos que el causante tenía depositados a través de la firma “”.
Tener presente la reserva formulada y proveer de conformidad a lo demás solicitado,
SERÁ JUSTICIA