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EXPRESA AGRAVIOS. FUNDA RECURSO. MANTIENE RESERVA DEL CASO FEDERAL
Excma. Cámara de Apelaciones:
_, DNI _, con domicilio real en calle _ con el patrocinio letrado del Dr _ T°_, Fº_, manteniendo domicilio procesal constituido en autos y domicilio electrónico _, en autos caratulados “_ C/ _ S/ DONACION-REVOCACION”, Expediente N°_ , a V.E. respetuosamente me presento y digo:
I.- OBJETO
Que, en legal tiempo y forma, vengo a expresar los agravios que causa a mi parte la sentencia dictada en autos, la que en su parte dispositiva dice: “… I) Haciendo lugar a la demanda promovida por _ contra los Sres. _ y revocando en consecuencia la donación de la nuda propiedad del inmueble ubicado en _ … II) Oportunamente comuníquese al Escribano interviniente …”, conforme a las consideraciones de hecho y de derecho que seguidamente expondré.
II.- LOS AGRAVIOS Y CRÍTICA DE LA SENTENCIA
A tenor de lo preceptuado por el art. 260 del C.P.C.C., expresaré el gravamen causado a mi parte por el decisorio atacado, fundando el recurso de apelación interpuesto oportunamente, realizando una crítica concreta y razonada de las partes de la sentencia que considero injustas, por padecer de vicios, errores, incongruencias y defectos que la invalidan.
III.- CRITICA CONCRETA Y RAZONADA. EXPRESA AGRAVIOS
De las presentes actuaciones se extrae que la Sra. _, promueve demanda por revocación de donación de la nuda propiedad del inmueble ubicado en _ otorgada por la actora a favor de _, por ingratitud contra mi persona, alegando que la donataria debe cumplir con el deber alimentario del art. 1559 del CC y C y que, ante la negativa a prestar alimentos, se constituye la causal de ingratitud contemplada en el art. 1571, inc. d) del CC y C..-
Que solicita se haga lugar a la presente demanda de revocación de donación bajo la causal de ingratitud por rehusarse a prestar alimentos a la donante, ordenando el reingreso del bien donado al patrimonio de la actora con expresa imposición de costas.-
Corrido el traslado de demanda, tomo intervención en las presentes actuaciones contestando demanda y solicitando su rechazo, oponiéndome a su procedencia señalando que no he incurrido en el supuesto contemplado en el art.1571, inc. d) del CC y C., porque nunca me negué a prestar alimentos, sino que entendí que no tenía tal necesidad por que gozaba de beneficios previsionales y poseer el usufructo del bien inmueble.
Centralmente me agravio toda vez que el a quo hace lugar a la demanda, en los términos pretendidos por la actora. –
Agravia a esta parte la contradicción manifiesta que surge del fallo, toda vez que el A quo entiende que existe ingratitud en la cual ha incurrido esta parte por rehusar alimentos, cuando los ALIMENTOS se han integrado en tiempo y forma. –
No es cierto que no se le dio alimentos a la actora de autos. Y digo esto porque lo que no hubo fue un acuerdo en el monto y ante ello los que asesoran a la actora urdieron un plan que consistía en pedir judicialmente los mismos. A esto agrego que la discusión era el monto de la cuota pero que además no existía la necesidad, y ello surge con claridad, atento que soy beneficiario de una liberalidad sobre la NUDA PROPIEDAD, por lo que la actora podía procurarse del usufructo de la misma un ingreso más al que ya tenía, (otros ingresos previsionales y cobertura total de medicamentos), ingresos suficientes para un buen pasar, teniendo en cuenta además que al momento de realizar la donación nunca mencionó que debería pasar una cuota alimentaria más allá de lo que establece la ley. Pero con todo lo dicho remarco que el agravio principal es que se hace lugar a la demanda revocando la donación sin considerar hechos y planteos jurídicos con los que me defendí.
Agravia a esta parte la afirmación del A quo en el desarrollo de la resolución atacada en cuanto entiende que se ha despojado a la actora del inmueble.
Esta afirmación es totalmente intolerable, nunca he admitido tener en mi poder el inmueble objeto de la donación, -por qué no lo he tenido-, solo resulto ser titular de la nuda propiedad, jamás ocupe el inmueble, tampoco detente el uso,  por lo que es totalmente improcedente que se me pretenda imputar el DESPOJO del bien,
Esta parte dió y dá cumplimiento a la obligación alimentaria, como está acreditado en las presentes actuaciones, es por ello que la interpretación efectuada por el a quo no se ajusta a la realidad de lo acontecido.
La ingratitud consiste en no brindar alimentos. Cosa que no se ha verificado en el presente caso.
Otra cosa es que no haya sido satisfactorio el modo en que se cumplió esta obligación o el medio que se tuvo que emplear para el cumplimiento de la misma, resultando coincidente con lo antedicho de que estábamos en una discusión del quantum no en una negativa de prestación.
Es decir que la sentencia agravia a mi parte por no haber merituado el “a-quo”, la prueba producida en autos -completa y correctamente-.
A tenor de los yerros y desaciertos del Juzgador que venimos denunciando, la sentencia deviene absurda, por las contradicciones en las que incurre y que la hacen atacable íntegramente, por arbitraria e incongruente.
Esto es así, y es irrefutable, por ello mi parte se agravia, del razonamiento expuesto por el “a-quo”, quien, a pesar de establecer claramente al inicio de su fallo, los presupuestos en los que debía fundar su sentencia, no lo hizo, dictando una sentencia absurda y contradictoria.
Con la sentencia atacada, se causó un agravio irreparable para mi parte, alterando el derecho de defensa en juicio, la igualdad de las partes, afectando mi derecho de propiedad.
A tenor de lo precedentemente expuesto a lo largo de este escrito impugnativo, se concluye que la Sentencia atacada resultó infundada, errónea y esencialmente arbitraria e injusta, contraria a derecho.
Por los fundamentos y motivos expuestos, la sentencia del Señor Juez de grado, es susceptible de la tacha de absurda y por ende arbitraria.
Considero cumplidos los requisitos para que este recurso sea procedente, habiendo formulado una crítica razonada de la resolución de Primera Instancia impugnada, demostrando el gravamen a mi parte, con argumentos sólidos que aseguran la viabilidad de esta impugnación.
En consecuencia, y por todo lo expuesto, solicito, se admita el presente recurso revocándose la sentencia impugnada.
IV.- MANTIENE CASO FEDERAL
Las consideraciones desarrolladas a lo largo de este responden, demuestran que el progreso de la acción sólo podría disponerse desconociendo la letra misma de las normas legales vigentes y los principios generales que gobiernan la materia. Como resultado de estas transgresiones, se terminaría gravando indebidamente el patrimonio de esta parte, se ve afectado el derecho de defensa en juicio, lo que violaría disposiciones constitucionales que hacen al derecho de propiedad y al principio de que nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda …. Por ello hago expresa reserva del CASO FEDERAL previsto por el art. 14 de la Ley 48, cuya reserva mi parte formuló en el escrito de contestación de demanda. –
V.- PETITORIO
En consecuencia, por lo expuesto, solicito:
1) Por todo lo expuesto, se revoque la sentencia del inferior.
2) Se dicte sentencia por V.E. rechazando la demanda en todas sus partes, con expresa imposición de costas a la parte actora, en ambas instancias.
3) Se tenga presente el mantenimiento de la reserva del caso federal.
Proveer de Conformidad
SERA JUSTICIA

Legislación relevante:

– Art 260 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación

– Arts 1559 y 1571 del Código Civil y Comercial de la Nación

Importante: Si no sos Abogado/a y necesitás asesoramiento jurídico por una situación específica, es fundamental consultar con un/a Abogado/a. Los contenidos aquí provistos  son de carácter informativo y general, y pueden no estar actualizados o contener errores.

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