Con 149 votos a favor y 100 en contra, la Cámara de Diputados otorgó media sanción al proyecto que reduce la edad de imputabilidad penal de 16 a 14 años y crea un nuevo Régimen Penal Juvenil. La iniciativa, impulsada por La Libertad Avanza con el apoyo de la Unión Cívica Radical, el PRO, la Coalición Cívica y otros bloques de centroderecha, deberá ahora ser tratada por el Senado para convertirse en ley.
Qué establece el Régimen Penal Juvenil
El proyecto fija la aplicación del nuevo régimen a adolescentes de entre 14 y 18 años imputados por delitos previstos en el Código Penal o en leyes penales especiales. Uno de sus ejes centrales es la prohibición expresa de la pena perpetua para ese grupo etario y la fijación de un máximo de 15 años de prisión para los delitos más graves.
Para delitos con penas menores a tres años, o entre tres y diez años cuando no medien lesiones graves ni resultado de muerte, el sistema prioriza sanciones alternativas a la privación de libertad. Estas medidas contemplan enfoques educativos y sociales, incluyendo programas de reinserción y acompañamiento comunitario, en lugar de la detención inmediata como respuesta predeterminada.
El proyecto prohíbe la pena perpetua para adolescentes y fija un máximo de 15 años de prisión, priorizando sanciones alternativas y programas de reinserción sobre la privación de libertad inmediata.
Principios y garantías del sistema
El régimen reconoce un catálogo de garantías específicas para los adolescentes imputados que se diferencia del proceso penal ordinario. Entre ellas se destacan el principio de legalidad, la proporcionalidad e idoneidad de las medidas restrictivas de derechos, el debido proceso, el derecho de defensa y el principio de in dubio pro reo aplicado con interpretación favorable al menor.
Se suman el derecho a ser juzgado en un plazo razonable, la tutela judicial juvenil, la orientación educativa y resocializadora de las sanciones, y la prohibición de discriminación. La regulación busca, en teoría, distinguirse del proceso penal adulto no solo en las penas sino también en la lógica de intervención estatal sobre el joven imputado.
Condiciones de detención y rol del juez
En los casos en que corresponda privación de libertad, el proyecto establece que los adolescentes deberán cumplir sus condenas en establecimientos separados de los adultos: ya sea en el domicilio, en institutos abiertos, en institutos especializados o en sectores específicamente diferenciados dentro de unidades penitenciarias. En todos los supuestos, la decisión debe emanar de resolución judicial fundada que indique expresamente los motivos de la detención y el lugar de cumplimiento.
La infraestructura y el personal de esos establecimientos deberán estar orientados específicamente al tratamiento de jóvenes en conflicto con la ley penal, aunque el texto no detalla mecanismos concretos de financiamiento ni plazos de adecuación.
Un punto técnico relevante: la declaración de inimputabilidad no frena la investigación
El proyecto incorpora una aclaración de relevancia procesal: la declaración de inimputabilidad de un niño o adolescente no suspende la investigación penal. El proceso debe continuar para determinar la existencia del hecho ilícito y la eventual participación de terceros adultos. Esta disposición tiene importancia práctica en casos donde el menor es utilizado como instrumento por organizaciones criminales.
El debate político y el camino al Senado
La votación reflejó una fractura clara en el bloque legislativo. Los bloques opositores nucleados en Unión por la Patria, el Frente de Izquierda y algunos partidos provinciales votaron en contra, cuestionando que la medida aborde las causas estructurales de la violencia juvenil y alertando sobre los riesgos de una respuesta punitiva sin inversión paralela en políticas sociales.
Desde el oficialismo, la presidenta de la Comisión de Legislación Penal subrayó que el objetivo del régimen no es incrementar el encarcelamiento de menores sino dotarlos de un marco legal que permita intervenciones más precisas y con mayor orientación resocializadora que el régimen vigente. El Ejecutivo, por su parte, argumentó que la legislación argentina fija actualmente uno de los umbrales de imputabilidad más altos de América Latina.
Esa afirmación tiene sustento comparado: según datos del Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente (ILANUD), la mayoría de los países de la región fijan la edad de imputabilidad penal entre los 12 y los 14 años, con distintos regímenes diferenciados según la gravedad del delito.
El proyecto deberá ahora superar el trámite en el Senado, donde el oficialismo no cuenta con mayoría propia y deberá negociar apoyos. Si obtiene sanción definitiva sin modificaciones, entrará en vigencia de acuerdo con las disposiciones transitorias que el propio texto establezca; si el Senado introduce cambios, volverá a la Cámara de Diputados para una nueva votación.
