Una caída en moto por un pozo sin señalizar terminó en una condena contra un municipio bonaerense. El Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 2 de San Martín ordenó pagar $11.989.080 más intereses a la motociclista lesionada. El caso muestra cómo se examinan el mantenimiento de la vía pública, la prueba del peligro y los distintos perjuicios reclamados.
El accidente y el deber de prevención
El hecho ocurrió el 30 de abril de 2022 en una calle de la zona norte del Gran Buenos Aires. La conductora cayó al atravesar un pozo que, según la reconstrucción aceptada en el proceso, no tenía advertencias visibles. Sufrió una fractura en el húmero derecho, fue operada y la pericia médica estableció una incapacidad permanente del 24 %.
La responsabilidad estatal se vinculó con la falta de servicio: no basta con que la calle presente un defecto; hay que relacionar la omisión de conservarla o advertir el riesgo con el daño sufrido. En este caso, la ausencia de señalización tuvo un peso central.
El juzgado atribuyó responsabilidad al municipio por un peligro en la calzada que no había sido señalizado.
Qué aportaron las imágenes históricas
El municipio cuestionó un video presentado por la motociclista, especialmente su ubicación y fecha. Frente a esa disputa, un perito mecánico examinó imágenes históricas de la calle disponibles en Google Maps y confirmó la presencia del hundimiento. Las declaraciones de testigos completaron la reconstrucción.
La herramienta digital no reemplazó por sí sola al resto de la prueba: adquirió valor dentro de una evaluación conjunta. Ese matiz importa porque una imagen de una vía pública puede mostrar su estado, pero su pertinencia para un accidente concreto depende también de cuándo fue captada y de cómo se vincula con el lugar del hecho.
La indemnización y sus límites
La condena incluyó una reparación por incapacidad física y contempló la pérdida de una oportunidad laboral. Mientras la mujer estaba de licencia médica, se retiró una oferta de trabajo. La pérdida de chance no equivale a dar por seguro un ingreso futuro: compensa una oportunidad real frustrada, según la valoración judicial de las circunstancias.
El juzgado, en cambio, rechazó el reclamo por tratamientos futuros porque la pericia médica no acreditó que fueran necesarios. La distinción recuerda que cada rubro indemnizatorio requiere prueba propia, incluso cuando ya se comprobó el accidente y la responsabilidad por sus consecuencias.
Una pauta para otros reclamos
La decisión ilustra dos cuestiones prácticas. Las autoridades deben atender los riesgos concretos de la vía pública y señalizarlos cuando no puedan eliminarlos de inmediato. Para quien sufre un siniestro, registrar el lugar, conservar fotografías y ubicar posibles testigos puede resultar decisivo; los registros históricos de imágenes pueden sumar evidencia, siempre sujetos a verificación en el expediente.
