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Imagen alusiva para Prohibieron los juguetes squishy con forma de dumpling por riesgo químico

La Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial prohibió en todo el territorio argentino los juguetes blandos conocidos como squishies con forma de gyoza o dumpling. La medida fue adoptada mediante la Disposición 690/2026, publicada el 31 de agosto de 2026, luego de detectarse un riesgo químico vinculado con la presencia de benceno.

La prohibición comprende la importación, fabricación, comercialización y almacenamiento. Alcanza a las distintas denominaciones comerciales del producto y también a las unidades sin marca, salvo que cuenten con la declaración jurada de conformidad y certificaciones que acrediten su inocuidad.

El producto queda prohibido como regla: solo puede exceptuarse una unidad cuya seguridad haya sido acreditada mediante las certificaciones exigibles.

Por qué intervino la autoridad

El antecedente inmediato fue una alerta internacional que informó una concentración de 20 miligramos de benceno por kilo en la capa exterior del juguete, cuatro veces por encima del límite de 5 mg/kg considerado aplicable. El benceno es una sustancia cancerígena y puede ingresar al organismo por inhalación o contacto con la piel, dos vías especialmente relevantes en un objeto diseñado para ser apretado y manipulado repetidamente.

En el mercado local también se detectaron productos sin identificación del fabricante o importador, sin advertencias en castellano y sin el marcado de conformidad exigido para juguetes. Esas omisiones dificultan tanto el control administrativo como la identificación de responsables frente a un eventual daño.

La decisión se apoya en el artículo 42 de la Constitución Nacional y en el artículo 5 de la Ley 24.240. Esta última norma impone a los proveedores el deber de seguridad: los bienes deben suministrarse de modo que, utilizados en condiciones previsibles o normales, no presenten peligro para la salud o integridad de los consumidores.

Qué deben hacer vendedores e importadores

La disposición obliga a importadores, fabricantes, mayoristas y minoristas a destruir o desechar de forma segura e inmediata las existencias alcanzadas. No habilita una liquidación del stock ni permite continuar ofreciéndolo hasta agotar unidades.

Además, los proveedores que comercialicen estos juguetes y posean un sitio web deben informar allí los alcances de la prohibición dentro de las 72 horas hábiles. La medida también comprende las ventas realizadas mediante plataformas digitales y redes sociales.

Las infracciones pueden generar las sanciones previstas en la Ley de Defensa del Consumidor y en el régimen de Lealtad Comercial, incluyendo multas, decomiso y clausura, sin perjuicio de otras responsabilidades que pudieran corresponder. La Aduana, por su parte, solo podrá liberar productos de este tipo cuando se verifique la documentación de seguridad exigida.

Qué puede reclamar quien compró uno

Quien tenga el juguete debe dejar de usarlo y seguir las pautas oficiales para manipularlo y desecharlo con seguridad: colocarlo en una bolsa íntegra, cerrarla e identificarla, y lavarse las manos después del contacto.

Aunque la disposición administrativa no regula específicamente las devoluciones, la Ley 24.240 ofrece herramientas frente al incumplimiento. Si el producto no puede utilizarse de forma segura y su venta fue prohibida, el consumidor puede pedir la resolución de la operación y reclamar la devolución del dinero. El ticket no es el único medio de prueba: también pueden servir el resumen de tarjeta, una transferencia o los mensajes mediante los cuales se concretó la compra.

Si el proveedor rechaza el reclamo, la presentación puede realizarse ante la autoridad de Defensa del Consumidor de la jurisdicción correspondiente o mediante los canales federales habilitados.

Responsabilidad ante un daño

Cuando el producto provoca un perjuicio, el artículo 40 de la Ley 24.240 establece la responsabilidad solidaria de quienes participaron en la cadena de comercialización: fabricante, importador, distribuidor, proveedor y quien haya colocado su marca. El consumidor debe acreditar el daño y su relación causal con el producto; no necesita demostrar la culpa individual de cada integrante.

La falta de datos del fabricante o importador no deja al comprador sin protección. El reclamo puede dirigirse contra el vendedor identificable, sin perjuicio de las acciones internas que luego correspondan entre los distintos proveedores.

Cómo reconocer un juguete habilitado

Antes de comprar cualquier juguete conviene verificar que el envase identifique al fabricante o importador responsable, incluya las advertencias y la edad recomendada en castellano, y exhiba el marcado de conformidad correspondiente. La ausencia de alguno de esos elementos es una señal suficiente para no adquirirlo y comunicar la situación a la autoridad de control.

El caso muestra que la seguridad de un producto no depende de su popularidad ni del canal en el que se ofrece. El deber de prevención rige también para artículos virales vendidos por redes o marketplaces, y obliga a toda la cadena comercial a retirar del mercado aquello que pueda afectar la salud en su uso habitual.

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