El Ministerio de Justicia creó el Programa Nacional para el Fortalecimiento de la Justicia de Paz, una iniciativa orientada a la capacitación continua, la modernización institucional y la mejora del acceso a este servicio judicial en todo el país. La medida fue formalizada mediante la Resolución 397/2026, fechada el 24 de agosto y publicada en el Boletín Oficial el 26 de agosto de 2026.
El programa apunta a incorporar oralidad, gestión digital y lenguaje claro, pero su aplicación en cada jurisdicción dependerá de acuerdos específicos de cooperación.
Qué dispone la resolución
La norma ubica el programa en la Secretaría de Justicia y asigna su coordinación general a la Dirección Nacional de Asistencia Técnica y Apoyo a las Justicias Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Esa dependencia deberá dictar las normas complementarias y operativas necesarias para ponerlo en marcha.
Entre sus objetivos se encuentran la formación permanente de quienes trabajan en los juzgados de paz y la incorporación de herramientas de oralidad, sistemas de gestión digital y criterios de lenguaje claro. También prevé acciones de cooperación, asistencia técnica y articulación institucional.
Quiénes podrán participar
La resolución invita a sumarse a la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia, a las cortes y superiores tribunales provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires, a las universidades nacionales, a organismos internacionales y a otras entidades vinculadas con la materia.
La participación no surge como una imposición directa a los poderes judiciales locales. De acuerdo con el texto, deberá instrumentarse mediante convenios específicos de cooperación suscriptos por el Ministerio de Justicia o por la autoridad previamente autorizada.
El alcance práctico del programa
Según los considerandos, los juzgados de paz suelen ser la primera —y en algunas localidades, la única— presencia estatal con capacidad jurisdiccional para atender conflictos familiares, sociales y comunitarios. El Ministerio sostiene que la capacitación federal puede reducir desigualdades territoriales y mejorar la calidad del servicio, respetando las particularidades de cada jurisdicción.
En términos operativos, la resolución crea el marco institucional para coordinar formación y asistencia técnica. No fija un cronograma, presupuesto, metas cuantificables ni contenidos obligatorios, y tampoco establece plazos para la adhesión de las provincias. Esos aspectos quedarán sujetos a las reglas complementarias y a los convenios que se celebren.
Qué puede cambiar para la ciudadanía
Si el programa se implementa mediante acuerdos efectivos, podría ampliar la disponibilidad de capacitación presencial y virtual y promover prácticas judiciales más comprensibles y ágiles, especialmente fuera de los grandes centros urbanos. Sin embargo, la resolución por sí sola no modifica competencias procesales ni la organización de los juzgados provinciales.
Por eso, su impacto concreto dependerá de la adhesión de las autoridades locales, de los recursos asignados y del contenido de las futuras acciones de cooperación. La creación del programa es el punto de partida administrativo; la ejecución territorial aún requiere medidas posteriores.
