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Imagen alusiva para Minería: qué cambia con la nueva reglamentación del régimen de inversiones

El Decreto 482/2026, publicado el 23 de junio, sustituyó de manera integral el anexo reglamentario del Decreto 2686/1993, que regula aspectos operativos de la Ley 24.196 de Inversiones Mineras. La norma entra en vigencia al día siguiente de su publicación y dispone un nuevo marco para inscripciones, presentaciones, beneficios fiscales e importaciones vinculadas a proyectos mineros.

La modificación alcanza a los beneficiarios del régimen minero y vuelve obligatorio el domicilio legal electrónico para completar la presentación anual.

Registro y domicilio electrónico

La nueva reglamentación redefine los sujetos que pueden inscribirse en el régimen y contempla expresamente a quienes desarrollan actividad minera por cuenta propia y a los prestadores de servicios mineros. Para estos últimos, el decreto prevé condiciones de inscripción y permanencia, entre ellas la acreditación de una proporción mínima de facturación originada en esos servicios.

Además, todos los inscriptos deberán constituir un domicilio legal electrónico. Las notificaciones cursadas allí serán válidas. Quienes ya estaban registrados antes de la vigencia deberán cumplir esa carga en su primera presentación anual: sin domicilio electrónico, esa presentación no se considerará cumplida.

Estabilidad fiscal y cambios en los proyectos

El decreto ajusta el trámite para obtener el certificado de estabilidad fiscal. Precisa instancias y plazos para subsanar observaciones en los estudios de factibilidad y aclara que el beneficio se entiende otorgado antes de la emisión del certificado, al que atribuye carácter declarativo.

También vincula la fecha de estabilidad fiscal con la presentación del estudio de factibilidad —o de la información complementaria que permita aprobarlo— y exige informar a la autoridad de aplicación las modificaciones sustantivas del proyecto que alteren el análisis técnico, económico, legal u operativo que sustentó ese beneficio. Dado que la estabilidad se otorga por treinta años, esta exigencia pone el foco en la actualización de los antecedentes del proyecto durante ese período.

IVA, importaciones y presentación anual

Para la devolución acelerada de IVA en exploración, la reglamentación simplifica la documentación: se limita a facturas y comprobantes de pago, y elimina el aviso previo de trabajos exploratorios. Según el texto del decreto, la autoridad sólo podrá requerir documentación adicional cuando sea estrictamente necesaria para verificar el crédito fiscal.

En materia de importaciones, se reemplaza el sistema previo de autorizaciones y certificados por una declaración jurada sobre el destino minero de los bienes, con validación prevista a través de VUCEA y el Sistema Informático Malvina. El decreto también actualiza reglas sobre bienes usados o reacondicionados y sobre su eventual desafectación o transferencia.

La reglamentación incorpora, a la vez, una declaración jurada anual mediante Trámites a Distancia, acompañada por un informe económico-financiero firmado por profesional habilitado. La autoridad de aplicación deberá dictar normas complementarias y aclaratorias dentro de los sesenta días corridos desde la entrada en vigencia.

Previsión ambiental y seguro obligatorio

Respecto de la previsión ambiental contemplada en la Ley 24.196, el decreto procura articularla con el seguro ambiental obligatorio de la Ley General del Ambiente. Establece que, previa evaluación de la autoridad de aplicación, acreditar ese seguro puede satisfacer el requisito de previsión para subsanar alteraciones ambientales. La previsión especial se mantiene para proyectos no alcanzados por el aseguramiento o que continúen utilizando esa herramienta.

La sustitución del anexo no elimina las obligaciones de fondo previstas por la ley promocional ni las exigencias ambientales generales. Su efecto inmediato es reglamentario: ordena los procedimientos y define nuevas cargas formales que los beneficiarios y prestadores deberán atender cuando la autoridad complete la implementación.

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