La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) incorporó al Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) dos instrumentos vinculados con la importación de líneas de producción usadas: la resolución que aprueba el proyecto y la Constancia de Expediente en Trámite (CET). La medida fue dispuesta por la Resolución General 5892/2026, publicada en el Boletín Oficial el 31 de agosto de 2026.
Las nuevas autorizaciones deberán transmitirse por VUCEA y validarse de manera automática en el Sistema Informático MALVINA, salvo las autorizaciones anteriores que continúen vigentes.
Qué incorpora la resolución
El régimen establecido por el Decreto 1174/2016 permite importar líneas de producción que incluyan maquinaria usada cuando forman parte de un proyecto de mejora de competitividad aprobado por la autoridad competente. La nueva resolución no crea ese beneficio ni redefine sus condiciones sustantivas: incorpora al circuito VUCEA la autorización aprobatoria y la CET.
La CET permite avanzar con la importación para consumo mientras el pedido de adhesión al régimen todavía está pendiente, con la constitución de las garantías aduaneras correspondientes. La resolución aprobatoria, en cambio, acredita que el proyecto ya fue aceptado. Ambos documentos quedan comprendidos en el servicio de recepción de Licencias, Permisos, Certificados y Otros documentos (LPCO).
Cómo impacta en la declaración aduanera
De acuerdo con el esquema descripto por la norma, los instrumentos serán remitidos electrónicamente a la Dirección General de Aduanas mediante VUCEA y deberán declararse al oficializar la destinación definitiva de importación para consumo. El objetivo operativo es que el Sistema Informático MALVINA valide la documentación de forma automática.
Las pautas concretas para declarar las autorizaciones están contenidas en el anexo de la resolución. Además, los operadores deberán consultar el Manual de Usuario Externo que ARCA pondrá a disposición en su micrositio de VUCEA. Por eso, la adecuación no se agota en contar con una resolución o una CET vigente: también exige utilizar los identificadores y procedimientos informáticos previstos para vincularlos con la destinación aduanera.
Vigencia y autorizaciones excluidas
La Resolución General 5892/2026 entra en vigencia a los diez días hábiles contados desde su publicación. Sin embargo, establece una excepción relevante: las autorizaciones emitidas antes de esa fecha y que todavía estén vigentes al momento de declararse en MALVINA quedan fuera del nuevo procedimiento.
La exclusión evita trasladar automáticamente al circuito nuevo los permisos anteriores. Para las empresas y sus despachantes, será necesario verificar la fecha de emisión y la vigencia de cada instrumento antes de determinar si corresponde aplicar la operatoria VUCEA.
Qué deben revisar las empresas alcanzadas
Las compañías que tramiten el régimen para líneas usadas deberían coordinar la documentación del proyecto con la declaración aduanera y comprobar que la autorización o la CET haya sido transmitida correctamente. También resulta prudente revisar el anexo y el manual operativo antes de oficializar la importación, porque allí se definen las pautas técnicas que la resolución remite expresamente.
La norma faculta a las áreas de Sistemas y Telecomunicaciones y a la Dirección General de Aduanas para dictar disposiciones complementarias. En consecuencia, la implementación podrá requerir instrucciones adicionales, aunque la resolución analizada no modifica por sí sola los requisitos de fondo para acceder al régimen ni elimina las garantías exigibles cuando se utiliza una CET.
