La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió asumir su competencia originaria en la causa promovida por la provincia de La Pampa contra el Estado Nacional, en la que se reclama la distribución de los recursos correspondientes al Fondo de Aportes del Tesoro Nacional (ATN). El máximo tribunal también corrió vista al Poder Ejecutivo para que fije su posición frente a la demanda.
Qué son los fondos ATN y por qué están en disputa
El Fondo de Aportes del Tesoro Nacional tiene origen en la Ley 23.548 de Coparticipación Federal de Impuestos. Esa norma reserva el uno por ciento (1%) de la masa coparticipable para ser distribuido entre las provincias en situaciones de emergencia y desequilibrios financieros. Según la ley, esos recursos no pertenecen al Estado Nacional sino a las provincias, y el rol del Poder Ejecutivo se limita a administrar su distribución conforme los criterios legalmente establecidos.
La provincia de La Pampa sostiene en su demanda que el Estado Nacional ha incumplido sistemáticamente esa obligación distributiva. La presentación afirma que, ante la generalización de las situaciones de emergencia económica en las provincias argentinas, el gobierno nacional se habría apropiado de recursos ajenos al omitir concretar las transferencias que la ley lo obliga a realizar.
La Ley 23.548 establece que los fondos ATN pertenecen a las provincias: el Estado Nacional solo administra su distribución, sin facultades para retenerlos.
La acción declarativa de inconstitucionalidad como vía elegida
La provincia inició el proceso mediante una acción declarativa de inconstitucionalidad, presentada directamente ante la competencia originaria de la Corte Suprema. La pretensión central es que los recursos del 1% asignado al fondo ATN se integren a la masa de fondos coparticipables y se distribuyan a las provincias mediante el sistema de remisión automática diaria, tal como opera el resto del esquema coparticipatorio.
La acción fue impulsada por el gobernador Sergio Ziliotto a través de la Fiscalía de Estado provincial. Esta modalidad de litigio ante el máximo tribunal no es novedosa en materia de coparticipación: históricamente, los conflictos entre provincias y el Estado Nacional por la distribución de recursos federales han llegado a la Corte por esta misma vía.
El dictamen de la Procuración y la decisión del tribunal
La Procuración General de la Nación emitió dictamen favorable a la radicación del expediente en sede originaria. El organismo argumentó que, al tratarse de una demanda entablada por una provincia contra el Estado Nacional, se verifican los presupuestos constitucionales previstos en los artículos 116 y 117 de la Constitución Nacional, que reservan al máximo tribunal el conocimiento de estas causas en instancia única.
Los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti compartieron ese criterio y resolvieron que la causa tramite ante la Corte. La decisión de correr vista al Poder Ejecutivo es el primer paso procesal sustancial: a partir de esa notificación, el Estado Nacional deberá presentar su posición y comenzará el debate de fondo sobre la legitimidad de la retención cuestionada.
Las implicancias jurídicas del planteo pampeano
El reclamo de La Pampa tiene una dimensión que excede lo particular. Si la Corte Suprema hace lugar a la pretensión, el fallo podría impactar sobre la totalidad del sistema de distribución del fondo ATN, dado que el planteo descansa en una lectura de la ley de coparticipación que beneficiaría a todas las provincias por igual. La demanda pone en el centro del debate la tensión entre la discrecionalidad del Poder Ejecutivo en la gestión del fondo y el mandato legal que impone criterios objetivos de distribución.
Cabe señalar que la coparticipación federal es uno de los campos donde la Corte Suprema ha intervenido con mayor firmeza en décadas recientes. El caso más emblemático fue el de la provincia de Buenos Aires contra el Estado Nacional por la detracción de fondos coparticipables destinados a la seguridad, que culminó en un acuerdo homologado judicialmente en 2020. Esos antecedentes muestran que el máximo tribunal no ha sido reticente a ejercer su jurisdicción para reencauzar distribuciones que considera ilegítimas.
El camino procesal que sigue
Con la vista corrida al Estado Nacional, el proceso entra en su etapa de sustanciación. El Poder Ejecutivo deberá responder los argumentos de La Pampa, y la Corte evaluará si corresponde abrir la causa a prueba o resolver sobre la base de las posiciones jurídicas de las partes. Dado que se trata de una acción declarativa, el núcleo del litigio es normativo: la discusión girará en torno al alcance de la obligación legal de distribuir los fondos ATN y a la validez constitucional de la conducta estatal cuestionada.
El expediente representa, en definitiva, una nueva oportunidad para que la Corte Suprema precise los límites del poder de administración del Estado Nacional sobre recursos que la ley asigna a las provincias, en un contexto en que el federalismo fiscal sigue siendo uno de los ejes más conflictivos del derecho público argentino.