El Senado del Estado de Nueva York se convirtió en uno de los primeros cuerpos legislativos de Estados Unidos en avanzar formalmente sobre los límites que deben imponerse a la inteligencia artificial cuando su actividad se superpone con el ejercicio de profesiones reguladas. El Comité de Internet y Tecnología aprobó el tratamiento del proyecto S.7263, una iniciativa que prohíbe a los chatbots brindar asesoramiento legal o médico a los usuarios y que establece un régimen de responsabilidad civil para quienes operen esos sistemas.
Qué propone el proyecto S.7263
La iniciativa, presentada por el senador Gonzalez en el período de sesiones 2025-2026, propone incorporar una nueva disposición a la General Business Law del Estado. El texto apunta directamente a los propietarios y operadores de sistemas de inteligencia artificial que interactúan con usuarios mediante conversaciones simuladas, es decir, a las empresas o entidades que desarrollan o despliegan chatbots orientados al público general.
La norma define con precisión sus objetos: por un lado, caracteriza al sistema de inteligencia artificial como aquel basado en máquinas que infiere, a partir de la información recibida, cómo generar predicciones, contenido, recomendaciones o decisiones capaces de influir en entornos físicos o virtuales. Por otro, define al chatbot como el programa o aplicación que simula conversación e interacción humana a través de texto o voz para proveer información y servicios.
Sobre esa base conceptual, el proyecto establece una prohibición central: los operadores no podrán permitir que sus sistemas brinden respuestas sustantivas o asesoramiento que, si fuera prestado por una persona, constituiría el ejercicio de una profesión regulada. En el ámbito legal, la referencia es explícita: el texto alude a las disposiciones del artículo quince de la ley judicial estadual, que prohíbe el ejercicio de la abogacía a quienes no estén admitidos y registrados conforme a ese cuerpo normativo.
Si se prueba que la violación fue intencional, el operador del chatbot podrá ser condenado a pagar daños efectivos, costos del proceso y honorarios reales de abogados.
Responsabilidad civil y la inutilidad de los disclaimers
Uno de los aspectos más relevantes del proyecto es su régimen de responsabilidad civil. Cualquier persona afectada por una respuesta que infrinja las restricciones previstas podrá iniciar una acción civil contra el propietario del sistema. Si la violación fue meramente negligente, la reparación se limita a los daños reales sufridos. Pero si se acredita que la infracción fue intencional, el operador deberá afrontar además los costos del proceso y los honorarios razonables del abogado de la parte actora, lo que constituye un incentivo significativo para la litigación privada.
Un punto igualmente destacable es que el proyecto cierra expresamente la vía de los avisos de descargo. Las empresas no podrán eludir su responsabilidad alegando que el sistema incluía advertencias al usuario sobre su naturaleza no humana. Esta previsión apunta a un recurso habitual en la industria tecnológica: incorporar disclaimers que advierten que el chatbot «no es un profesional» o que «la información no constituye asesoramiento legal», fórmulas que el proyecto considera insuficientes para neutralizar el daño causado por una respuesta de contenido profesional.
El contexto regulatorio global
La iniciativa neoyorquina no surge en el vacío. A nivel internacional, la tensión entre inteligencia artificial y profesiones reguladas viene siendo objeto de atención creciente tanto por parte de los colegios profesionales como de los organismos estatales. En España, el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid impulsó recientemente una iniciativa vinculada al uso de IA en la práctica jurídica, en una línea que comparte la preocupación por preservar estándares de responsabilidad y habilitación profesional.
En Estados Unidos, la discusión sobre el unauthorized practice of law —el ejercicio no autorizado de la abogacía— tiene raigambre histórica y ha sido aplicada en distintos contextos a servicios legales en línea, formularios automatizados y plataformas de orientación jurídica. La novedad que aporta el proyecto S.7263 es la traducción de esa preocupación tradicional al universo específico de los sistemas de lenguaje y los chatbots conversacionales, dotándola de un mecanismo de enforcement privado y accesible.
Implicancias para la industria tecnológica y el acceso a la justicia
Si el proyecto se convierte en ley, sus efectos no se limitarán al territorio neoyorquino. Dado el peso económico y regulatorio del Estado de Nueva York, una norma de este tipo tendría impacto directo sobre las políticas de diseño de productos de las principales empresas tecnológicas que operan en el mercado estadounidense y global.
Al mismo tiempo, la iniciativa abre un debate sobre el acceso a la justicia. Una parte relevante de la población que recurre a chatbots para consultas legales lo hace precisamente porque no puede costear honorarios profesionales. Prohibir que esos sistemas brinden orientación jurídica sustantiva podría reducir el acceso informal a información legal para sectores vulnerables, aunque sus impulsores argumentan que la solución correcta no es tolerar un asesoramiento sin responsabilidad, sino garantizar servicios profesionales accesibles.
Un debate que llegará a otras jurisdicciones
La experiencia neoyorquina es un termómetro de lo que puede esperarse en otras jurisdicciones, incluidas las latinoamericanas. A medida que los chatbots se popularizan como canal de consulta en materia legal, tributaria y de salud, la pregunta sobre quién responde cuando el consejo automatizado genera un perjuicio real se vuelve ineludible. El proyecto S.7263 propone una respuesta concreta: la responsabilidad recae sobre quien opera el sistema, independientemente de las advertencias que haya incorporado en su interfaz.
