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Imagen alusiva a monitoreo de movilidad e interoperabilidad de datos en el programa PROFAM

El Ministerio de Seguridad Nacional publicó la Resolución 593/2026, que readecúa el Programa Federal de Aplicación Múltiple, conocido como PROFAM. La medida ubica al programa como una herramienta de control de flujos interjurisdiccionales de personas, trazabilidad de desplazamientos, prevención del delito, apoyo al cumplimiento de medidas judiciales y, en determinados supuestos, colaboración frente a emergencias sanitarias.

La resolución no crea un programa desde cero: actualiza PROFAM, aprueba un nuevo plan operativo, invita a provincias y municipios a adherir y deroga el protocolo de actuación aprobado en 2019.

Qué cambia con la resolución

La norma dispone una readecuación operativa del PROFAM, creado por la Resolución RESOL-2019-781-APN-MSG. Según los considerandos, el programa ya funcionaba como mecanismo de interoperabilidad entre bases como SIFCOP, SIFEBU y registros de pasajeros del transporte automotor de media y larga distancia.

El nuevo esquema lo hace funcionar en la órbita de la Dirección Nacional de Control de Fronteras e Hidrovías, bajo la conducción estratégica de la Secretaría de Seguridad Nacional. También establece que operará mediante la aplicación informática ENLACE, con interoperabilidad con SIFCOP, SIFEBU, CNRT y otros sistemas relevantes para seguridad y salud públicas.

Más fuentes de información

Uno de los puntos centrales es que la Dirección Nacional deberá procurar la incorporación progresiva de nuevas fuentes de información. La resolución menciona bases de organismos estatales nacionales, provinciales y municipales y, en su caso, entidades privadas vinculadas a movilidad de personas, logística u otros sistemas relevantes.

El Anexo I precisa que la integración deberá realizarse conforme a la normativa vigente en materia de protección de datos personales y seguridad de la información. También describe al PROFAM como un sistema de gestión de información que coteja datos institucionales vinculados a requerimientos judiciales con registros de desplazamiento territorial, tomando como parámetro principal el número de documento.

Alertas, validación y derivación

El circuito operativo previsto en el nuevo plan incluye etapas de detección, validación, clasificación de riesgo, análisis contextual, derivación operativa, intervención y seguimiento. En términos prácticos, el sistema genera alertas de coincidencia que luego deben ser analizadas y derivadas por operadores designados.

Un aspecto sensible es que, si no se puede confirmar plenamente la vigencia de una medida judicial por razones técnicas, inconsistencias o limitaciones de acceso a la información, la alerta puede ser derivada preventivamente a la autoridad competente, dejando constancia de esa falta de validación completa. Ese diseño refuerza la lógica preventiva, pero también vuelve especialmente relevante la calidad de los datos, la trazabilidad de la actuación y los controles posteriores.

Provincias, municipios y salud pública

La resolución invita a provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a municipios y a organismos nacionales a integrarse progresivamente mediante mecanismos de interoperabilidad e intercambio de información. Para eso aprueba modelos simplificados de acta de adhesión provincial y municipal.

En el caso provincial, el modelo prevé recepción y análisis de alertas, intervención de fuerzas policiales locales y resguardo estricto de la información. Para municipios, el rol aparece más limitado: apoyo territorial, monitoreo urbano, videovigilancia en zonas estratégicas y derivación de información, sin ejercer facultades propias de fuerzas policiales o de seguridad.

El plan también incorpora un componente sanitario complementario. Según el texto, el sistema podrá utilizarse, en coordinación con autoridades sanitarias competentes, para identificación de contactos, trazabilidad de desplazamientos y seguimiento epidemiológico en situaciones de emergencia sanitaria.

El protocolo anterior y los puntos abiertos

La Resolución 593/2026 deroga el Protocolo de Actuación del PROFAM aprobado por la Resolución 16 del 26 de noviembre de 2019 del entonces Secretario de Gestión Federal de la Seguridad. Las fuentes oficiales consultadas permiten verificar esa derogación y el nuevo plan, pero no permiten reconstruir con suficiente precisión el texto completo del protocolo reemplazado.

Por eso, la comparación segura debe hacerse en términos generales: la nueva regulación conserva la idea de alertas basadas en interoperabilidad y registros de movilidad, pero ordena el programa con un plan operativo más amplio, modelos de adhesión, intervención provincial y municipal, potencial incorporación de nuevas fuentes y referencias expresas a protección de datos, confidencialidad y trazabilidad.

El efecto práctico dependerá de los convenios de adhesión, de las bases que efectivamente se incorporen, de los protocolos internos de validación y del modo en que se documenten las alertas. En un sistema apoyado en datos de movilidad, la frontera entre eficacia operativa y protección de derechos queda puesta en los controles de acceso, finalidad, conservación, auditoría y corrección de información.

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