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Imagen editorial alusiva al nuevo módulo para aranceles del Registro Automotor

El Ministerio de Justicia dictó la Resolución 308/2026, publicada en el Boletín Oficial el 7 de julio de 2026, por la que crea el Módulo de Registro de la Propiedad del Automotor (MRPA). La nueva unidad se fija en 0,5 de la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA) y queda pensada como base para expresar aranceles del sistema registral automotor.

La resolución crea una unidad de medida para los aranceles registrales y ordena a la Dirección Nacional proponer, en 20 días hábiles, cómo asignar módulos a los trámites del régimen vigente.

Qué cambia en el régimen registral automotor

La norma no reemplaza por sí sola todo el cuadro arancelario actual. Según sus considerandos, el régimen vigente se apoya en la Resolución 314/2002 y comprende más de cien trámites con valores y particularidades propias. El cambio central es la creación del MRPA como herramienta para llevar esos importes a una unidad de medida común, vinculada a la UVA informada por el Banco Central.

El artículo 2 instruye a la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios a proponer un método de clasificación y asignación de módulos para los trámites previstos en los anexos de la Resolución 314/2002. Ese plazo es de 20 días hábiles contados desde el día hábil siguiente a la fecha de la resolución.

Cómo se actualizará el MRPA

La resolución establece que el valor del MRPA se actualizará cada cuatro meses, según el valor de la UVA del día hábil anterior al inicio del período. Si el resultado en pesos no fuera múltiplo de diez, deberá aplicarse un redondeo simple al múltiplo de diez inmediato inferior.

En términos prácticos, el MRPA funciona como una unidad de cuenta: permite expresar costos registrales en módulos, con una referencia periódicamente actualizable. La resolución afirma en sus considerandos que la medida no implica una erogación adicional para los usuarios; aun así, el impacto concreto sobre cada trámite dependerá de la clasificación y asignación de módulos que luego proponga y se implemente para el sistema.

Emolumentos de encargados registrales

La misma resolución también sustituye artículos de la Resolución 1981/2012, que regula el procedimiento de liquidación de los emolumentos mensuales de los encargados de Registros Seccionales. La modificación incorpora el MRPA en distintas fórmulas de cálculo, topes y adicionales vinculados con trámites registrales, certificados, informes web, transferencias, inscripciones iniciales y actuaciones mediante el Sistema de Trámites Electrónicos.

Entre otros puntos, el nuevo texto prevé descuentos sobre la recaudación por ciertos aranceles, un esquema de distribución de remanentes, topes expresados en MRPA y adicionales por trámites realizados con determinados plazos de emisión. No se trata solo de una regla de precios al público: también reorganiza la forma en que se calcula parte de la retribución registral y la distribución de fondos dentro del sistema.

Vigencia y efectos pendientes

Los artículos que crean el MRPA y ordenan elaborar el método de asignación entran en vigencia al día siguiente del dictado de la resolución. El resto de la norma regirá desde el primer día hábil del mes siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.

El punto a seguir será la reglamentación operativa: hasta que se conozca la clasificación de trámites y la cantidad de módulos asignada a cada uno, la resolución deja fijada la arquitectura del nuevo sistema, pero no permite reconstruir por completo el costo final de cada gestión registral.

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