Un proyecto de ley presentado ante la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires propone fijar en 13 años la edad mínima para que una persona pueda registrarse o mantener una cuenta activa en redes sociales. La iniciativa, impulsada por el diputado Gustavo Sergio Cuervo, presidente del bloque Nuevos Aires, busca proteger el desarrollo integral y la salud mental de niños, niñas y adolescentes frente a los riesgos del entorno digital.
Qué plataformas quedarían alcanzadas
El texto identifica de manera expresa un conjunto de plataformas sobre las que recaería la prohibición: Facebook, Instagram, TikTok, Snapchat, X (ex Twitter), YouTube, Reddit, Threads, Twitch y Kick, entre otras de características similares. La enumeración no es taxativa, lo que permitiría extender la aplicación de la norma a servicios equivalentes que pudieran surgir con posterioridad a su eventual sanción.
La propuesta establece que ningún menor de 13 años podrá crear ni mantener perfiles en estas plataformas, y que esta restricción no admitirá excepciones, ni siquiera mediando autorización expresa de los progenitores o representantes legales. Esta decisión de excluir el consentimiento parental como válvula de escape constituye uno de los aspectos más novedosos y debatibles del proyecto.
Responsabilidad exclusiva de las plataformas
A diferencia de otros enfoques regulatorios que colocan el peso de la vigilancia sobre las familias, este proyecto traslada la responsabilidad de cumplimiento íntegramente a las empresas propietarias o administradoras de las plataformas. Serán ellas quienes deberán implementar mecanismos «razonables y efectivos» de verificación de edad, sistemas que deberán ser auditables por la autoridad de aplicación que designe el Poder Ejecutivo provincial.
El proyecto no penaliza a los menores ni a sus familias: las sanciones recaen exclusivamente sobre las empresas que no implementen mecanismos efectivos de verificación de edad.
En caso de incumplimiento, las compañías quedarían expuestas a multas cuyo monto sería determinado por el Ejecutivo bonaerense. La norma no contempla sanciones para los menores ni para sus familias, lo que marca una diferencia relevante respecto de modelos regulatorios más restrictivos que también responsabilizan al entorno familiar.
Los fundamentos: evidencia científica y comparación internacional
Los fundamentos del proyecto citan investigaciones que advierten sobre el impacto del uso intensivo de redes sociales en la salud mental de niños y adolescentes. Entre los efectos documentados se mencionan cuadros de ansiedad, dificultades en la autoestima y deterioro del rendimiento escolar.
En ese marco, el proyecto hace referencia al informe Kids Online Argentina, elaborado conjuntamente por UNICEF y UNESCO, que revela que el 95% de los niños y adolescentes de entre 9 y 17 años en el país tiene acceso a un dispositivo móvil con conexión a internet. Según ese mismo relevamiento, más del 80% utiliza redes sociales de forma diaria, con un primer contacto que ocurre, en promedio, antes de cumplir los 10 años. La mitad de los encuestados percibe que ese uso afecta negativamente sus hábitos y su desempeño académico.
Estos datos posicionan a la Argentina entre los países con mayor exposición temprana de menores al ecosistema de redes sociales, lo que otorga sustento empírico a la urgencia que los autores del proyecto atribuyen a la regulación.
El contexto global: Australia como antecedente
La iniciativa bonaerense no surge en el vacío. A nivel internacional, varios países han avanzado en restricciones similares, aunque con distintos umbrales etarios y alcances. El caso más reciente y de mayor impacto mediático es el de Australia, donde se aprobó legislación que prohíbe el acceso a redes sociales a menores de 16 años. Ese marco normativo reconoce expresamente la vulnerabilidad de los niños frente a algoritmos de maximización de la atención que no distinguen entre usuarios adultos y menores de edad.
La propuesta de fijar el límite en 13 años —en lugar de los 16 australianos— responde a un estándar más extendido en el derecho comparado, vinculado históricamente a regulaciones de privacidad como el Children’s Online Privacy Protection Act (COPPA) de los Estados Unidos, vigente desde 1998 y actualizado en sucesivas oportunidades.
Desafíos jurídicos y técnicos hacia adelante
Más allá del debate político que pueda suscitar en la Cámara, el proyecto enfrenta interrogantes de orden tanto técnico como constitucional. La exigencia de verificación de edad mediante sistemas auditables plantea preguntas sobre la protección de datos personales de los propios usuarios adultos que deban acreditar su identidad, así como sobre la factibilidad práctica de sistemas de control que operen sobre plataformas con infraestructura radicada fuera del territorio nacional.
Asimismo, la exclusión absoluta del consentimiento parental podría generar tensiones con el principio de autonomía progresiva reconocido en la Convención sobre los Derechos del Niño y recogido en la legislación argentina, en particular en la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. La discusión legislativa que se avecina tendrá que ponderar estos extremos con precisión técnica y jurídica.
