La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Morón analizó un recurso en el que habían quedado visibles fragmentos de una conversación con una herramienta de inteligencia artificial generativa. El episodio permitió acreditar que la tecnología había intervenido en la preparación del escrito, pero el tribunal rechazó que ese dato, por sí solo, bastara para declarar su nulidad.
El criterio separa dos cuestiones que suelen confundirse: el medio empleado para redactar una presentación y su aptitud jurídica. Para la Cámara, lo decisivo no es si hubo asistencia de inteligencia artificial, sino si el recurso contiene agravios concretos, puede atribuirse al profesional que lo firma y produjo una lesión procesal verificable.
La huella de una herramienta de IA puede justificar un control más estricto, pero no crea una causal autónoma de nulidad.
Una conversación incorporada sin depuración
El planteo se produjo al revisar las prisiones preventivas de dos imputados por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. En una de las apelaciones aparecieron instrucciones internas, una propuesta para ordenar los agravios, referencias a otro archivo y parte de una respuesta generada por el sistema. Esos rastros no estaban destinados al tribunal y mostraban que el texto había sido presentado sin una revisión profesional suficiente.
La evidencia permitía concluir que se había utilizado IA, aunque no establecer qué servicio intervino, cuánto contenido generó, si existió intención de engañar o si toda la estrategia había sido delegada. Tampoco autorizaba a presumir que cada afirmación o cita del recurso fuera falsa. Esa cautela probatoria fue central: una anomalía visible no habilita a extender conclusiones más allá de lo efectivamente demostrado.
La validez depende del contenido y del perjuicio
Al aplicar las reglas del Código Procesal Penal bonaerense, la Cámara recordó que una apelación debe expresar motivos específicos y fundamentos. Esa exigencia se evalúa por el contenido del escrito, no por el método de redacción. Una presentación asistida por tecnología puede formular una crítica concreta y comprobable; una redactada íntegramente por una persona también puede ser dogmática o insuficiente.
En materia de nulidades rige, además, una lógica restrictiva: no alcanza con señalar una irregularidad formal. Es necesario identificar la regla incumplida y demostrar un perjuicio procesal concreto. Por eso, el uso de IA o la falta de revisión humana no constituyen categorías autónomas de invalidez cuando la petición resulta comprensible, tiene un autor jurídicamente identificable y no afecta una garantía específica.
El tribunal también consideró las normas bonaerenses sobre presentaciones digitales. Ante ciertos defectos formales corresponde individualizar el problema y, en principio, permitir su subsanación antes de descartar el escrito, con especial cuidado cuando están en juego pedidos vinculados con la libertad.
La firma conserva toda la responsabilidad
Que el recurso no sea nulo automáticamente no libera al abogado de sus deberes. La herramienta no es parte, auxiliar de justicia ni sujeto procesal. El escrito ingresado por el canal habilitado y asumido con la firma profesional se atribuye a quien lo presenta. El abogado responde por los hechos seleccionados, la construcción de los agravios, la exactitud de las citas y la decisión final de presentar el texto.
En el caso también se detectó un precedente citado sin datos suficientes para identificarlo de manera inequívoca. La Cámara decidió que esa referencia no podía utilizarse como autoridad mientras no se informaran tribunal, sala, número de causa, fecha y fuente verificable. Sin embargo, evitó convertir ese defecto puntual en una presunción de falsedad sobre todo el recurso.
La resolución advierte, además, sobre la confidencialidad. La conversación visible sugería que un documento de una causa penal pudo haber sido suministrado a un sistema externo. No se probó qué información se cargó ni si existió una filtración, pero el riesgo muestra que la revisión profesional no se limita a corregir redacción: también exige proteger el secreto, la integridad de los datos y la información sensible.
Control reforzado, no sanción automática
La presentación de instrucciones internas, versiones superpuestas o citas no verificables puede comprometer los deberes de probidad, lealtad, buena fe y secreto profesional. Aun así, una eventual sanción requiere un procedimiento propio: debe precisarse la obligación incumplida, la conducta atribuida, su gravedad y el perjuicio, respetando el derecho de defensa y la proporcionalidad.
La Cámara trasladó la misma lógica al resultado principal del expediente. Al analizar por separado la situación de los dos imputados, revocó la prisión preventiva del conductor porque no había elementos suficientes para sostener que conocía la droga transportada por su acompañante, mientras confirmó la medida respecto de quien llevaba 950 gramos de cocaína distribuidos en 933 envoltorios. La decisión se apoyó en la prueba y en los riesgos procesales de cada persona, no en el modo en que se redactó la apelación.
El precedente ofrece una regla práctica para la litigación contemporánea: la inteligencia artificial puede asistir, pero no desplaza el juicio profesional. Verificar los hechos y precedentes, depurar el texto, resguardar datos confidenciales y asumir personalmente cada argumento siguen siendo obligaciones indelegables. La respuesta judicial frente a un uso defectuoso debe surgir de sus consecuencias concretas, no de una desconfianza abstracta hacia la tecnología.
