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Imagen alusiva para La CNV abrió una consulta pública sobre los fondos destinados a cubrir desvinculaciones laborales

La Comisión Nacional de Valores (CNV) abrió un procedimiento de elaboración participativa para recibir observaciones sobre el proyecto que regulará los Productos de Inversión Colectiva de los Fondos de Asistencia Laboral (PIC FAL). La medida fue dispuesta por la Resolución General 1161/2026, publicada durante dos días en el Boletín Oficial.

La decisión no pone todavía en vigencia el régimen operativo proyectado. Lo que comienza es una consulta pública no vinculante: la versión definitiva podrá mantener, modificar o descartar aspectos del texto sometido a consideración.

Las opiniones y propuestas pueden presentarse durante 15 días hábiles por medio del sitio web de la CNV.

Qué busca regular el proyecto

Los Fondos de Asistencia Laboral fueron creados por la Ley 27.802 como patrimonios de afectación específica integrados con contribuciones de los empleadores y vinculados con obligaciones derivadas de la extinción de relaciones laborales. El Decreto 408/2026 encomendó a la CNV reglamentar los vehículos financieros utilizados para administrar esos recursos.

Según los considerandos de la resolución, el proyecto contempla dos estructuras: fondos comunes de inversión abiertos y fideicomisos financieros destinados específicamente al régimen FAL. Entre los puntos anunciados aparecen las condiciones para constituirlos, los requisitos de sus administradores, la portabilidad, el uso de los recursos y los límites aplicables a honorarios, comisiones y gastos.

También se prevé identificar cada cuenta individual del empleador mediante un ID FAL, con trazabilidad de los aportes y registro de la participación que corresponda dentro del patrimonio colectivo. Para quienes no informen oportunamente un identificador válido, el proyecto incluiría un mecanismo de asignación de oficio basado en información suministrada por ARCA.

Qué inversiones entrarían en el esquema

La resolución remite a la política de inversión fijada por el Ministerio de Economía mediante la Resolución 1276/2026. De acuerdo con esa referencia, los recursos podrían canalizarse hacia deuda del Estado nacional, de provincias o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; depósitos en entidades autorizadas por el Banco Central; y obligaciones negociables de emisores privados emitidas en el país.

Estas previsiones deben leerse como parte del marco que orienta la consulta. La Resolución General 1161/2026 no autoriza por sí sola nuevos vehículos ni convierte el proyecto consultado en regulación definitiva.

Cómo participar y desde cuándo rige la convocatoria

Las presentaciones deben ingresarse a través del sitio de la CNV, donde también puede consultarse el expediente EX-2026-75285353-APN-GFF#CNV y el formulario aprobado para intervenir. El plazo es de 15 días hábiles; la norma no fija en su articulado una fecha calendario de cierre, por lo que el cómputo debe realizarse desde su entrada en vigencia.

La resolución ordenó su publicación durante dos días y estableció que entraría en vigencia al día siguiente de la última publicación. El aviso apareció los días 13 y 14 de agosto de 2026, de modo que la convocatoria quedó vigente a partir del día siguiente, sin perjuicio de las reglas aplicables al cómputo administrativo de los días hábiles.

Qué deberá definirse en la norma final

Para empleadores, administradores y actores del mercado, los aspectos centrales serán la operatividad de las cuentas, los controles sobre la individualización de aportes, la asignación de oficio y el alcance global del tope de costos. La resolución anticipa esas materias, pero sus efectos concretos dependerán del texto definitivo que adopte la CNV una vez concluida la consulta.

La instancia permite formular objeciones técnicas o propuestas antes de la reglamentación. Como las opiniones no son vinculantes, su presentación no obliga al organismo a incorporarlas, aunque deberá quedar documentada dentro del procedimiento participativo.

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