PRESENTA MEMORIAL
Señor Juez:
_, abogado, T°_, F°_, en representación de _ citado como tercero, manteniendo el domicilio procesal constituido en _ y electrónico en _, en los autos caratulados “_ C/ _ S/ ORDINARIO” (Expte. Nº _), a V.S. respetuosamente digo:
I. OBJETO
Que, en legal tiempo y forma me presento a fundar el recurso de apelación, contra la resolución dictada en fecha _, que fuere concedido el día _.
II. FUNDAMENTOS
Esta parte destaca que la resolución objeto del presente recurso no realiza un análisis pormenorizado, lógico y objetivo de los hechos, por lo que necesariamente arriba a una conclusión errónea y arbitraria, al no ser una derivación razonada de las circunstancias acaecidas en la causa.
La sentencia recurrida ocasiona a mi mandante un claro gravamen irreparable, razón por la cual corresponde sea dejada sin efecto.
En base a los argumentos que expondremos a continuación, se solicita a V.E la revoque y haga lugar al pedido de citación de terceros solicitada por mi mandante.
Crítica fáctica. Erróneo rechazo del pedido de citación de terceros.
Mi mandante solicitó la citación como tercero de los Sres. _ quienes habrían sido los generadores del hecho dañoso reclamado en autos, toda vez que, no resultaban ser dependientes de mi representada, manteniendo únicamente una relación comercial de servicios, pero siendo completamente independientes a la estructura de la firma _citada como tercero por la demandada, por lo que ningún tipo de responsabilidad puede ser atribuida a ésta parte por el hecho de terceros por los que no se debe responder.
Los fundamentos para la citación fueron debidamente desarrollados a lo largo de la presentación supra mencionada.
Sin perjuicio de ello, se rechaza el pedido de citación argumentando que: “En definitiva, resulta improcedente extender tal facultad a quien solo ha sido citado en el expediente a los efectos de proveer el eventual ejercicio de una pretensión regresiva en su contra…”
Ahora bien, la denegación de la citación requerida constituye una privación del derecho de defensa en juicio y, atenta contra el derecho de propiedad de mi mandante.
En el caso de autos, la citación de terceros solicitada por mi mandante se debe a que los Sres. _, no resultaban ser dependientes de mi mandante, por lo que ningún tipo de responsabilidad puede ser atribuida a ésta parte.
En este contexto, resulta trascendental para mi mandante la citación de los terceros.
Para el caso que prosperara la demanda, mi mandante podría intentar una acción de regreso contra ellos.
No hacer lugar a la citación de los terceros implica la afectación de los derechos constitucionalmente reconocidos de defensa en juicio y de propiedad de mi mandante.
Afirma V.S que “En efecto, de acceder a lo pretendido, ello equivaldría tanto como autorizar a los nuevos sujetos que se pretende incorporar a la causa, a acudir a la misma vía, y así sucesivamente, a las personas que fueran emplazadas; lo cual podría traer aparejada una inaceptable indefinición acerca de los sujetos que integran la relación procesal”.
Resulta completamente errónea la afirmación transcripta, se afecta el derecho de defensa en juicio y de propiedad de mi mandante por un eventual pedido de citación que pudieran hacer los terceros cuya citación se solicita, es decir, se aleja de las constancias de autos y basa su resolución en un supuesto hecho futuro e incierto.
Conforme se fundamentó a lo largo del presente existen sobrados motivos para revocar la resolución en cuestión y hacer lugar a la citación de los Sres. _.
Es dable destacar que, las circunstancias en que se puede citar a intervenir a un tercero comprende las siguientes hipótesis:
a) Conexidad entre la relación controvertida en el proceso y otra relación existente entre el tercero y alguna de las partes originarias;
b) Existencia de una acción regresiva. Es el caso típico de intervención; el citado no tiene el deber de comparecer, pero si no lo hace se expone al riesgo de ser alcanzado por los efectos de la sentencia que se dicte; (…) Quien pide la citación debe acreditar que se trata de un supuesto que la justifique.
Al respecto tiene dicho nuestra jurisprudencia: “…la admisibilidad de la intervención queda supeditada a la existencia de la conexión que pueda mediar entre la relación jurídica que vincula a quien se pretende citar con alguna de las partes originarias y los elementos objetivos (objeto y causa) de la pretensión, y para cumplir con alguna de las siguientes finalidades: (a) evitar la deducción por el tercero de ciertas defensas en juicio que eventualmente se inicie en su contra; (b) lograr que el tercero asuma la defensa del citante en el pleito pendiente y que eventualmente se haga cargo de las condenaciones que contenga la sentencia que allí se emita; (c) lograr que el tercero sustituya al citante en el pleito pendiente; o (d) lograr la deducción de la demanda que el citante teme potencial o eventualmente del tercero”. 72624/2014 – “Tripodi, Berta Alejandra y otro c/ Buetur SRL s/ ordinario” – CNCOM – SALA D – 03/09/2015
En virtud de lo aquí desarrollado, por afectar el debido proceso, por violar sus derechos de defensa en juicio, igualdad ante la ley y propiedad, lo que le produce un perjuicio irreparable, se solicita a V.E. se revoque el decisorio de fecha _, y se haga lugar a la citación de terceros oportunamente solicitada.
III. MANTIENE RESERVA DE CASO FEDERAL
En el supuesto que no se revoque el decisorio recaído en autos, ello implicaría una grave lesión al patrimonio de mi representada (art. 17 de la C.N.), por lo que a todo evento, mantengo desde ya la reserva del caso federal previsto por el art. 14 de la Ley 48.
IV. PETITORIO
Por los fundamentos expuestos, a V.E. solicito:
1°) Tenga por fundado el recurso de apelación en legal tiempo y forma.
2°) Se revoque el decisorio recaído en autos en lo que es materia de agravios.
3°) Tenga por mantenido el caso federal oportunamente planteado.
Proveer de conformidad
SERÁ JUSTICIA
Legislación relevante:
– Art. 244 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
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