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ACREDITA TRABAS. SOLICITA REINSCRIPCIÓN MEDIDAS. OFICIOS. AUTORIZA

Señor Juez Nacional en lo Comercial:

, apoderado de la parte actora, manteniendo domicilio constituido en y domicilio electrónico , en autos caratulados: “ C/ S/ ORDINARIO” (Expte. Nº ), a V.S. digo:
I.- ACREDITA
Acompaño las constancias que acreditan la traba de la Inhibición General de Bienes de la demandada en los Registros Nacional de la propiedad del Automotor, el 15 de junio de 2017
II.- SE ORDENE REINSCRIPCION
Atento permanecer impago el crédito de autos, el desconocimiento de bienes del deudor (art. 228 CPCC) y encontrándose mi parte en la búsqueda de bienes embargables, en resguardo de su posible disponibilidad, y teniendo en cuenta que aquellas anotación se encuentra próxima a caducar, solicito se ordene reinscribir la medida cautelar, la cual se deberá trabar sin monto atento tratarse de una medida genérica y no otorgar prelación alguna, a cuyo efecto se librarán oficio respectivo.
III.- SE LIBREN OFICIOS
El impulso procesal que implica las peticiones que se formulan, explicitan la solicitud e intención de la actora de proseguir estas actuaciones a efectos mantener su crédito activo y evitar que el deudor disponga de sus bienes.
Sin perjuicio de lo solicitado precedentemente, y a fin de tomar conocimiento de la existencia de bienes pertenecientes a la parte demandada, para su posterior y debida excusión, solicito el libramiento de los siguientes oficios:
a) Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS), a fin de que brinde toda información registrada en sus legajos a nombre del demandado.
b) Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), para que informe si la demandada goza de beneficios de
esa repartición.
En los oficios a librarse se dejará constancia de los datos del demandado, a saber: DNI CUIL/CUIT .
IV.- AUTORIZA
Los Dres. indistintamente se encuentran facultados al diligenciamiento de los despachos a librarse, como así también para consultar las presentes actuaciones, retirar oficios, testimonios, escritos y cualquier otro trámite tendiente a su prosecución.
Proveer de conformidad,
SERA JUSTICIA

Importante: Si no sos Abogado/a y necesitás asesoramiento jurídico por una situación específica, es fundamental consultar con un/a Abogado/a. Los contenidos aquí provistos son de carácter informativo y general, y pueden no estar actualizados o contener errores.

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