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SOLICITA PARTICIÓN 
Señor Juez:
_, por mi propio derecho, con domicilio constituido en _, junto con mi letrada patrocinante Dra. _ T_ F_ y domicilio electrónico _, en autos «_ S/SUCESIÓN AB INTESTATO» Rxpte. _, a V.S. digo:
I.- Que habiendo sido declarada heredera del causante (ver fs _) me encuentro legitimada conforme lo prevé el art. 2364 del CCC, para solicitar la partición parcial de la herencia.
II.- La pretensión que deduzco se refiere a la distribución de las acciones que el causante tenía en _ SCA.
La partición parcial de los bienes que son actualmente partibles es admisible y resulta sencilla, posible y necesaria.
III.- A fs _ luce la contestación del oficio librado fin de establecer la tenencia accionaria del causante. Del mismo surge que éste era titular de _ acciones del capital social comanditario y de la totalidad del capital social comanditado. A dicho informe se agregó el estatuto social y sus modificaciones.
IV.- Siendo _ los herederos declarados, la partición de este bien integrante del acervo resulta sumamente sencilla, pues basta con adjudicar un _ del capital comanditado y del comanditario a cada heredero.
V.- La partición propuesta resulta oportuna y posible pues el administrador judicial de la sociedad ha presentado el balance que adjunto, del cual surge el patrimonio neto sobre el cual se liquidará la tasa de justicia en forma previa a la inscripción de la declaratoria y partición que S.S. ordene como se solicita.
VI.-Es preciso señalar que mi parte requiere esta partición sin demora, pues es su intención continuar los litigios iniciados a fin de intervenir en la sociedad, continuar las acciones iniciadas para lograr su regularización y correcta administración y lograr el ingreso al acervo hereditario de la totalidad de las acciones que en verdad correspondían al causante.
En tanto es indispensable instar los juicios promovidos por el administrador de esta sucesión, cuyas funciones cesarán respecto a _ SCA con la partición y adjudicación, estas operaciones no pueden dilatarse. Ello porque para contar con legitimación activa en dichos juicios, la adjudicación requerida y su notificación a la sociedad, son indispensables y no admiten demora.
VII.- Se justifica este modo de actuar en que entre los herederos existen diferencias de criterio sobre el curso a seguir con los juicios promovidos y los objetivos a alcanzar. Ello exige que se proceda a la adjudicación planteada, ya que sin la inscripción de la adjudicación, el heredero declarado no puede ejercer derechos de socio. La carencia de dicha legitimación irroga perjuicio cierto a mi parte, quien se vería privada de actuar en defensa de sus derechos.
VIII.- Es por todo lo expuesto que solicito se corra traslado de esta presentación a los restantes herederos a fin de que se expidan sobre este pedido de partición y la propuesta de celebrar adjudicación parcial del capital accionario en partes iguales.
Se requiere que se haga saber que en caso de guardar silencio se los tendrá por conformes con la propuesta de adjudicar un _ de la participación accionaria del causante en _ SCA a mi parte.
Proveer de conformidad
SERÁ JUSTICIA

Legislación relevante:

– Art 2364  del Código  Civil y Comercial de la Nación

Importante: Si no sos Abogado/a y necesitás asesoramiento jurídico por una situación específica, es fundamental consultar con un/a Abogado/a. Los contenidos aquí provistos  son de carácter informativo y general, y pueden no estar actualizados o contener errores.

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