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CONTESTA TRASLADO. MANIFIESTA. SOLICITA

Señor Juez:

, abogada, Tº , en mi carácter de letrada apoderada de la demandada, constituyendo domicilio electrónico en y procesal en la calle , en autos caratulados “ C/ S/ORDINARIO” (Exp. Nº ), a V.S. digo:

Que vengo en tiempo y forma a contestar el traslado notificado en fecha //, solicitando el rechazo del planteo de la parte actora, por carecer de fundamento legal y resultar contrario al principio de amplitud probatoria. Por lo que desde ya solicito, se provea la producción de dicha prueba pendiente, ordenando se libre oficio a AFIP y que el actor presente las declaraciones juradas presentadas ante AFIP en cumplimiento de la Resolución 3432/2013 y concordantes.
La falta de producción de la demás prueba informativa no implica un desinterés cuando con la documental aportada por ambas partes y la respuesta de , suplen la misma, siendo si importante para el caso, que el actor acredite la titularidad de los derechos que pretende mi mandante le abone mediante este juicio.
V.S. difirió la consideración de la prueba informativa a AFIP y la “documental en poder de la contraparte” para una vez producidas las restantes pruebas, -de ambas partes- y siendo que dichas pruebas son como se dijo, importantes para que el actor acredite la titularidad de los derechos que pretende mi mandante le compre, ya que, como elemento básico, debe tener en su patrimonio lo que pretende vender compulsivamente.
Llama la atención de esta parte que el actor insista en que V.S. deniegue la producción de dicha prueba, cuando tendría que haber sido de su parte el ofrecimiento para acreditar la titularidad de sus derechos que aquí manifiesta poseer, como pilar de su demanda, ratificando lo dicho oportunamente respecto a lo conducente de ésta prueba.
Por todo lo expuesto, solicito se tenga por contestado el traslado y se ordene la producción de la prueba pendiente.

Proveer de Conformidad,
SERA JUSTICIA

Importante: Si no sos Abogado/a y necesitás asesoramiento jurídico por una situación específica, es fundamental consultar con un/a Abogado/a. Los contenidos aquí provistos son de carácter informativo y general, y pueden no estar actualizados o contener errores.

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