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DEMANDA POR HABEAS DATA.

 

Señor Juez:

, DNI , por derecho  propio,  con  domicilio  real  en , con  el  patrocinio  letrado  del Dr.   (Tº   Fº ),  constituyendo domicilio legal en y electrónico a V.S. me presento y digo:

I.- OBJETO

Que  vengo  a  demandar  por  hábeas  data,  art.  14  de  la  ley 25.326 a con  domicilio  en , solicitando a V.S. ordene la eliminación de los datos personales correspondientes a la actora que esta empresa envió a la central de deudores del B.C.R.A. y que figuran por interconexión con esta base, en las empresas de informes  comerciales  tales  como ,  y demás empresas que brinden datos a terceros registradas  en  el  Registro  Nacional  de  Bases  de  datos,  atento  a  que  se  trata de datos incorrectos y/o desactualizados, con costas.

II.- LEGITIMACION:

Que la legitimación activa del suscripto surge de su carácter de titular de  los datos personales afectados.

Que  de  conformidad  con  lo  previsto    por  los  arts.  2º  y  35º  ley 25.326, el banco resulta legitimado pasivo a título de usuario de datos.

Nuestra jurisprudencia del fuero comercial ha receptado la legitimación pasiva de las Entidades Financieras en la acción de Habeas Data.  Palazzi, en el artículo “Ambito de aplicación de la Ley de Protección de Datos Personales” J.A. 2002 III fascículo nº 8 pg. 35, cito el precedente “Becker c. Banco de la Provincia de Buenos Aires, CNCom., Sala  E, 15-05-02  en  el  cual  de  adhirió  al  dictamen  de  la  Fiscal  Gils  Carbó  quien dictaminó que el banco de datos que posee una Entidad Financiera está sujeto al cumplimiento de la ley 25.326 y a la acción de habeas data.

Que por otra parte el mismo art. 5.2 inc. e) de la ley 25.326 enumera entre las formas de cesión de información a la realizada por las Entidades Finncieras al B.C.R.A. en cumplimiento de la ley 21.526.

También se dijo: ”En cuanto al argumento del banco demandado en el sentido de que no constituye una entidad destinada a proveer informes a terceros, lo que excluiría la aplicación del art. 43 C.N., es del caso hacer notar que la garantía del hábeas data alcanza aún aquellos supuestos  en  los  que  no  interviene  una  entidad  destinada  estrictamente  a proveer  informes  (arg.  Arts.  2  y  33  inc. b)  ley  25.326).

Y  en  todo  caso resta siempre la protección genérica del amparo, basada en el párr. 1º del art. 43 C.N., toda vez que se halla en juego la garantía contemplada en el art. 42 de la misma Constitución inherente al derecho de los consumidores a una información adecuada y  veraz.  De manera que, sea por la  vía del hábeas data, específicamente dirigida a la protección de los datos de las personas, o bien por la vía genérica del amparo, esta argumentación del  banco  resulta estéril. “ CNCom. Sala C, 26-03-02,  Halabi  Ernesto  c. Citibank J.A. 2002 III, fascículo 8, pg. 28.

Por lo expuesto, esta parte entiende que el banco demandado se encuentra legitimado en forma pasiva para solicitar al B.C.R.A. y a las empresas  de  informes comerciales  como , , etc. la eliminación de la información que indica al actor como deudor  en  situación y  que  surge  de  los  informes  comerciales y  de  la central de deudores del B.C.R.A. adjuntos.

III.- HECHOS.

Que  en  fecha // se  obtuvo  un  informe de  la  central  de deudores  del  B.C.R.A.,  en    el  cual  se  me  informa  como  deudor de    por  la  suma  de  $   en  situación _  para  el  período / y de por la suma de $ en situación _ para el período /.

Así  las  cosas y  desconociendo  las deudas en  cuestión,  remití carta documento del siguiente tenor: “Me dirijo a Ud. en los términos  del  art.  14 de la  ley  25.326  a  los fines  de  solicitarle  la  totalidad de  la  información  referente  a  mis  datos  personales,  solicitándole  me  informe la causa u operación que dio origen a la información que me indica como deudor de por la suma de $ en situación _ para el período / y de por la suma  de  $   en  situación _  para  el  período  /,  en  la  central  de deudores del sistema financiero del Banco Central de la República Argentina. Pongo en su conocimiento que no reconozco la existencia de deuda a  su  favor  y/o  de  la  entidad  fiduciante por  los  que  se  niega  la existencia de la deuda por ustedes informada actualmente. En consecuencia, y toda vez que la información referida, además de ser falsa, se encuentra alcanzada a todo evento por el plazo máximo de difusión de datos previsto por el art. 26 inc. 4º de la ley 25.326 (derecho al olvido) y 43 de la C.N., le requiero suprima la información actual e histórica, consignada en la central de  deudores  del  BCRA  y  en  las  bases  de datos  de  las  empresas  de  informes comerciales como , , etc., en el plazo máximo de cinco días. Absténgase de formular cualquier tipo de comunicación con el suscripto, con mis parientes o empleadores ya sea telefónicamente o casilla de correo postal o electrónica propia, de mis familiares o de mi empleador. Por su parte pongo en su conocimiento que he designado al Dr. , como letrado patrocinante, por lo que toda ulterior comunicación deberá ser dirigida a este domicilio. Hago reserva por los daños y perjuicios que la difusión de datos personales falsos y desactualizados,  me  han  ocasionado  en  los  términos  del  art.  8  bis  de  la ley 24.240 reformado por la ley 26.361. QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO E INTIMADO”.

El  demandado  contestó la  intimación cursada recién  en  fecha //  afirmando en carta  documento N°   que “Ud. esta siendo correctamente informado en la Central de Deudores del Banco Central de la República Argentina”.

Obtuve  luego  de  ello  un  nuevo  informe  del  B.C.R.A.  de  fecha //, con los que pude comprobar que la información cuestionada no se había efectuado.

Como consecuencia de ello ha quedado expedita la acción que se intenta por este medio (art. 14 inc.2 ley 25.326).

IV.- FUNDAMENTOS DE LA ACCION. DERECHO DE RECTIFICACION

La entidad demandada ha informado como deudor al actor por una deuda en situación _ (irrecuperable).

De esta manera, y en atención a la respuesta insuficiente y negativa  brindada por la  demandada  en  los  términos  del  art.  14  L.P.D.P.  y de conformidad a las previsiones del inc. 5º art. 4º y 16 L.P.D.P., corresponde hacer lugar a la demanda incoada.

Se tiene dicho que en la acción de habeas data “El bien jurídico  protegido  lo  constituye,  sustancialmente,  la  veracidad  de  la  información. Y, en tal sentido la acción protege a los individuos contra la información  falsa  o  incompleta,  y  los  habilita  para  exigir  la  supresión,  rectificación, confidencialidad o actualización de los datos e impedir que se haga un uso abusivo o discriminatorio de ellos (Conf. Carlos E. Colautti, “Reflexiones Preliminares sobre el Hábeas Data” publicado en el diario La Ley-, el 4-9-96 (Consid. 4º).

Es  por  lo  expuesto  que  se  solicita  la  supresión  de  la  información  incorrecta  y  de  la  que la  usuaria  del  dato no ha justificado  suficientemente,  ya  que  no  da  cuenta  de  que  producto  bancario  motivó  el  tratamiento de mis datos personales, ni fecha de mora en el cumplimiento de pago  detales productos que permita saber si el tratamiento de datos es ajustado a derecho en los términos del inc. 4 del art. 26 ley 25326.

Así las cosas, es que se solicita que la información de morosidad  enviada  al  B.C.R.A., , etc  y toda  otra  empresa  de  informes  comerciales,  la  cual  se  mantenga  en  dichas bases de datos  sea eliminada por no haberse acreditado su origen y ser a todo evento, desactualizada por estar alcanzada por el derecho al olvido conforme art. 26:4 L.P.D.P.

V.-DERECHO.

Se funda el derecho de mi parte en el art. 42 y 43 C.N., en los arts. 4, 14, 16, 26 y cctes. de la ley 25.326 y demás legislación aplicable en la materia.

VII.- RESERVA DEL CASO FEDERAL.

Formulo expresa reserva del caso federal previsto por el art. 14 de la ley 48, por resultar de aplicación directa al caso el 43 de la C.N. y la ley que lo reglamenta.

VIII.- PRUEBA.

a) Documental:

– Cartas Documentos N° .

-Informe del a central de deudores  del BCRA de fecha //

 

b) Informativa:

-CORREO  ARGENTINO  S.A.

Para  el  caso  de  desconocimiento de la CD remitida al demandado y acompañada en autos informe: a) Sobre su autenticidad, b) Fecha de recepción.

-:Remita 1) informe comercial correspondiente  al  actor,  2)  Si  la  demandada  ha  solicitado modificaciones  en  los  datos  relativos  al  cumplimiento  de obligaciones del actor, 3) En su caso en que consistieron y fecha de realización de las mismas.

-BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA: Remita historial crediticio completo de la actora.

 

IX.-AUTORIZACIONES

Que vengo por el presente a autorizar al Sr. consultar  las  presentes  actuaciones  así  como  a  retirar  oficios,  cédulas, efectuar desgloses, dejar nota así como a realizar cualquier acto necesario para la compulsa de las presentes actuaciones.

 

X.- PETITORIO:

Por todo lo expuesto, solicito:

1°) Me tenga por presentado, por parte en el carácter invocado y por constituido el domicilio.

2°) Se corra traslado  de  la  presente  demanda  por  el  plazo  de cinco días.

3°) Formulo expresa reserva  de  ampliar  la  demanda  en  los términos el art. 42 ley 25.326.

4°) Se haga lugar a la demanda incoada con costas.

5°) Se tenga presente  lo  dispuesto  por el art.  51  ley 23.187,  en  cuanto  a  la  excepción  para  la  presente  acción de acompañar el bono de derecho fijo.

Proveer de conformidad

SERA JUSTICIA

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