OPONE EXCEPCION DE FALSEDAD DE TITULO. REDARGUCION DE FALSEDAD.
Señor Juez:
, por mi propio derecho, con domicilio real en - y constituyendo el legal conjuntamente con el Dr. , letrado inscripto en , en , y domicilio electrónico en , en estos autos caratulados: ”s/EJECUTIVO”, expte. Nº , ante V.S. me presento y digo:
I.- OPONGO EXCEPCIÓN DE FALSEDAD DE TITULO:
En primer lugar, expresa y terminantemente NIEGO LA DEUDA QUE SE ME RECLAMA.- Niego haber recibido intimación alguna. No he sido notificada de Carta documento que me reclame el pago de suma vinculada con estos obrados.
En segundo lugar, vengo a oponer al progreso de la presente ejecución, la excepción de FALSEDAD DE TITULO, que prescribe el art. 544 inciso 4 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, fundado en que no me pertenece la firma que se me atribuye en el contrato de fianza que sirve de base del reclamo.-
Lo dicho fundamenta sin lugar a dudas la falta de procedencia del título que se ejecuta para fundamentar la vía ejecutiva intentada.-
Dice el inciso 4 del art. 544 del CPCCN en que fundo la excepción: Falsedad o Inhabilidad de título con que se pide la ejecución. La primera podrá fundarse únicamente en la adulteración del documento…Estas excepciones son inadmisibles si no se ha negado la existencia de la deuda”.-
Sostiene Otero en su obra Cód.Proc Civ.y Com. Comentado, pág.441:”…La adulteración (falsedad) refiere a aspectos visibles y se centra en la existencia de raspaduras, agregados, interlineados, que no fueron debidamente salvados; también se extiende a la falsedad de la firma del obligado…”.-
Reitero una vez más: La firma que se me atribuye no pertenece a mi puño y letra. Desconozco a .
También niego terminantemente haber recibido alguna intimación de pago por parte de la actora, ni la que surgiría de la carta documento que agrega, ni ninguna otra por ningún otro medio.-
II.- OFRECE PRUEBA:
Que a los efectos de acreditar la falsedad de la firma que se me atribuye, vengo a ofrecer el siguiente medio probatorio:
PRUEBA PERICIAL CALIGRÁFICA: A fin de demostrar que la firma NO me pertenece, es que solicito designe perito calígrafo único de oficio, a los efectos que mediante la formación de cuerpo de escritura determine si la firma que se me atribuye en la fianza es auténtica y pertenece a mi puño y letra.- Este constituye el medio idóneo a fin de determinar la autenticidad, o no, de una firma. Presto conformidad a que se efectúen todos los estudios que tal fin sean pertinentes a criterio del experto a designar.
En consecuencia, en razón de todo lo dicho, solicito se haga lugar a la excepción de falsedad de título que opongo, con costas.-
III. PLANTEA REDARGUCION DE FALSEDAD. Independientemente de la excepción de falsedad ya opuesta, vengo a plantear formal redargución de falsedad con relación al instrumento de Fianza a la firma que se me atribuye. Ello es así porque, si bien estamos frente a un instrumento privado al certificarse la firma por una Notaria púbica se le podría dar una valoración semejante a la de instrumento público. A fin de que por alguna omisión técnica me vea privada de contar con una prueba pertinente y/o un procedimiento adecuado a tal fin es que formulo esta redargución, la que iniciaré dentro de los términos que establece el artículo 395 y concordantes del Código de rito.
IV.- SOLICITO LEVANTAMIENTO DE LAS MEDIDAS CAUTELARES TRABADAS:
Oportunamente, corresponde y solicito el inmediato levantamiento de las medidas cautelares trabadas en mi contra, haciendo expresa reserva de accionar contra la actora por daños y perjuicios.-
IV.- PETITORIO: Por todo lo expuesto a V.S. solicito
- a) Se me tenga por presentada, por parte y por constituidos el domicilio legal y electrónico indicados.-
- b) Se tenga por opuesta la excepción de falsedad de título, haciéndose lugar a la misma, con costas.-
- c) Se provea la prueba pericial caligráfica ofrecida.-
- d) Se tenga presente la reserva de iniciar incidente de redargución de falsedad conforme lo expuesto en el apartado III del presente.
- e) Oportunamente se rechace la presente demanda, con costas.-
Proveer de Conformidad por VS
SERÁ JUSTICIA