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IMPUGNA INFORME MEDICO EFECTUADO POR EL PERITO. SOLICITA TRASLADO
Señor Juez:
_, abogado, inscripto Tº_ Fº_, por la representación de la demandada, manteniendo domicilio legal en _, y electrónico en el Expediente Nº_ caratulado: “_ C/ _ S/ ACCIDENTE – LEY ESPECIAL” a V.S. respetuosamente digo:
I.- OBJETO
Que vengo por medio del presente, en legal tiempo y forma, a impugnar el informe pericial médico efectuado por el experto, el cual me fuera notificado en fecha _.-
II.- IMPUGNACION PERICIA PSICOLOGICA
1.- El perito hace referencia a un psicodiagnóstico, pero sólo presenta algunas líneas del mismo. Se solicita adjuntar tal evaluación junto a los respectivos protocolos de los test administrados.
Los dictámenes periciales deben estar fundados en principios científicos y deben dar cuenta de las operaciones técnicas demostrables (conf art. 472 del CPCCN), razón por la cual es de su esencia que los informes queden sometidos adecuadamente al control de las partes, por lo que respecto de la producción y control de la prueba pericial, rige el principio de la bilateralidad.
Se solicita aclaración.
2.- El experto plantea _, pero no especifica cuál sería la eventual psicopatología hallada. El derecho que tienen las partes a controlar la prueba pericial nos exige diagnosticar agrupando los síntomas hallados en algún cuadro clínico conocido (nosografía propia del DSM IV, o CIE 10 los cuales son los manuales de mayor uso en la actualidad ), y luego valorar nuestro propio diagnóstico ubicándolo en algún lugar de la tabla que estemos utilizando (baremo).
De lo contrario, el dictamen de peritos se convertiría en un dogma de fé.
La validez de estos manuales, es la de dejar de lado las distintas opiniones que puede hacer la florida literatura psiquiátrica/psicológica al respecto, la cual no hace más que entrar en discusiones estériles, que en definitiva no permiten arribar a un diagnóstico claro.
Se solicita aclaración.
3.- Respecto de la desmedida e infundada incapacidad del _%, el perito no ha descripto ni objetivado cuales serían las mermas de estricto origen psicopatológico para el desarrollo de la actividad social, laboral, familiar, de relación, etc, en exclusivo nexo con los hechos reclamados en autos, que justifiquen esa incapacidad.
Es importante señalar de qué modo y en qué grado (mucho o poco, todos los días o algunos, etc.) se ve afectado su trabajo actual. Además de cómo afecta a su actividad laboral, también es necesario señalar si su vida personal se ve alterada por el trastorno. Este punto es necesario para valorar una posible recuperación así como la posibilidad o no de que la persona pueda ejercer su profesión, u otra distinta.
Tal como proponen Puhl, Izcurdia y Oteyza en “Psicología Jurídica y práctica pericial”, 2018. Mar del plata.: “El estado general del examinado al momento de la evaluación debe constar en el informe, consignando la semiología correspondiente (estado de las funciones psíquicas) detallándose todo lo relacionado con las esferas afectiva, volitiva e intelectual, con las áreas familiar, social, laboral ….”
En el caso que nos compete, el experto no ha descrito con ejemplos claros y cotidianos una o varias de tales incapacidades que desencadenaría el supuesto daño psíquico en la parte actora.
Se solicita aclaración.
Por todo ello, solicito a V.S tenga por impugnado el informe pericial y ordene correr traslado de la presente al experto.
Asimismo, dado que el mismo ha sido impugnado por esta parte, se solicita no sea admitido como prueba fehaciente de la verdad objetiva revelada en autos.
III.- PETITORIO
Por todo lo antes expuesto a V.S. solicito:
1. Se tenga por contestado en tiempo oportuno el traslado conferido.
2. Se tenga presente la impugnación de la pericia efectuada por esta parte.
3. Se corra traslado al perito de los requerimientos formulados por mi parte.
Proveer de conformidad,
SERÁ JUSTICIA

Legislación relevante:

– Art 473  del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación

Importante: Si no sos Abogado/a y necesitás asesoramiento jurídico por una situación específica, es fundamental consultar con un/a Abogado/a. Los contenidos aquí provistos  son de carácter informativo y general, y pueden no estar actualizados o contener errores.

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