INICIA DEMANDA DE DAÑOS Y PERJUICIOS POR DAÑO MORAL-LEY DEFENSA DEL CONSUMIDOR.
Sr. Juez.
, DNI No , con domicilio en por mi propio derecho, constituyendo domicilio en , con el patrocinio letrado de Abogadolonghi, inscripto en la matricula bajo el To Fo del CPACF, respetuosamente me presento y digo:
PRELIMINAR: Que habiendo agotado la etapa de mediación estoy en condiciones formales de incoar la presente acción judicial.
I-OBJETO:
Que vengo a iniciar acciones de daños y perjuicios por DAÑO MORAL contra , CUIT No , domiciliada en calle de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por incumplimiento de la Ley de Defensa del Consumidor No 24.420, derivado del uso no autorizado de mi tarjeta de crédito del banco emisor , afectando maliciosamente mi buen nombre y prestigio profesional e información crediticia, por la suma de PESOS ($ ), Todo esto basado en los hechos y el derecho que seguidamente paso a exponer.
II–HECHOS:
Que el dia a través del servicio de compra de internet de la demandada, comercialmente llamada , del sitio www. .com.ar, bajo el No de operación de compra , se intentó adquirir dos aires acondicionados por la suma de pesos ($).
Una vez realizada la operación vía web, el sitio, envió una respuesta automática al correo electrónico de mi esposa (@), en el cual se informaba: “te informamos que la compra que realizaste en nuestro sitio ha ingresado en un proceso de VALIDACION de datos. Una vez finalizada la VALIDACION, tu compra será enviada de acuerdo al método de envío que elegiste”.
Hasta esta etapa, en ese día, se desarrollaba con normalidad la operación virtual de compra (adjunto constancia). Sin embargo el dia , a través de una empleada de la accionada de nombre , de Validaciones, por medio de su correo electrónico @, se informa al correo de mi cónyuge mencionado, me permito transcribir pertinente, que: “Recientemente realizaste la compra con No y la misma fue ANULADA, debido a que no ha superado el proceso interno de validaciones de ”. Dejando el teléfono para el eventual pedido de información sobre la anulación. Y habiendo realizado los distintos pedidos de informes los mismos resultaron infructuosos. Máxime que el suscripto tiene un alto nivel crediticio debido a su actividad profesional y no había un problema con mi Tarjeta de crédito ni con el .
En resumen, la operación de compra del dia fue anulada el . Todo ello siempre madiante correo electrónico.
Dejando a salvo lo descrito a los quince días de la anulación, y al llegar como es habitual el
resumen de mi tarjeta de crédito del Banco , me encuentro que la demandada, habiendo anulado la compra Na , de forma impúdica, vil, arrogante, con ausencia de buena práctica comercial y clase, atento su posición en el mercado de electrodomésticos, con servicios de mercantilismo desleal hacia esta parte, imputo una deuda por la suma de pesos ($). El mismo valor por la cual intente, frustrándose en la validación interna de la accionada, comprar dos aires acondicionados. (adjunto copia del resumen).
Enseguida, tanto mi esposa como esta parte intentamos por todas las vías posibles que nos den alguna explicación de la infracción gravísima contra mi persona. Pero fue inútil por la desidia y la falta de capacidad de los empleados de la demandada. En ninguno de los infructuosos llamados se nos indico porque imputaron una deuda por los productos (los dos aires acondicionados) que no se habían comprado. Y de forma banal me informaron que debía ser un error del banco o directamente no respondían.
Su Excelencia, como podrá Ud., observar, se desprende del presente relato la falta de respeto y de profesionalidad de la accionada. Por lo que pido expresa imposición de costas.
Durante meses seguían llegando los resúmenes de la tarjeta de crédito con una deuda por
productos que no había adquirido, y con el capital se devengaban intereses. Por este motivo ocurrí personalmente al sucursal y realicé el reclamo. Lo que motivó que el dia por intermedio de su Gerente de Servicios al Cliente (nombre), por escrito se me informa, transcribo en lo pertinente, que: “el Banco es un tercero ajeno a la contratación entre usted y el comercio . En virtud de lo expuesto, sus efectos no le son oponibles”. Reiterando el el dia , ante una intimación por carta documento, la misma respuesta (adjunto las respuestas en origina). .
No obstante, y ante el persistente silencio de la accionada no tuve más remedio que realizar una intimación por carta documento contra . Y efectivamente el dia remití la misiva No que dice: “REF. RESUMEN DE TARJETA DE CREDITO DE FECHA (TARJETA ) VISTO LA REPLICA DE LA RAZÓN SOCIAL , POR SU APODERADA AL TENOR DE LA CD DE FECHA No PROCEDO A INTIMARLO RATIFICANDO LOS TERMINOS DE MI MISIVA DE FECHA No REITERANDO EL EMPLAZAMIENTO A UD PARA QUE EN EL PLAZO DE 15 DIAS CORRIDOS, CESE LA IMPUTACION POR DEUDA, ATENTO QUE ESTA PARTE NO HA ADQUIRIDO PRODUCTO ALGUNO DE SU COMERCIO CON NOMBRE “” MEDIANTE LA TARJETA DE CREDITO DE REFERENCIA. ASIMISMO Y DE PERSISTIR NO ME QUEDARA MAS REMEDIO QUE ACCIONAR JUDICIALEMENTE POR SU ACTITUD ILEGAL MEDIANTE EL USO DE MI TARJETA DE CRÉDITO CUANDO LA MISMA HA SIDO OBTENIDA DEL LEGÍTIMO EMISOR MEDIANTE ARDID Y CON EL USO NO AUTORIZADO DE MIS DATOS. YA QUE UD HA SIDO ANOTICIADO DE FORMA FEHACIENTE DE LA NO TRANSACCION CONTRACTUAL SOBRE EL PRODUCTO POR EL QUE ACTUALEMENTE ME IMPUTA DEUDA DE MANERA ILICITA. RESERVO LA ACCION PENAL. HABEAS DATA, Y DAÑOS Y PERJUICIOS. QUEDA UD. NOTIFICADO.”
Dicha misiva fue contestada el dia por el apoderado de la accionada el Sr. DNI No , Carta Documento No , y sin perjuicio de remitirme a ella por honor a la brevedad, el apoderado de la accionada, por cuestiones obvias rechaza los términos de intimación. Pero, y transcribo, dice: “”; Su Señoría, le pido que observe el verbo “reintegrar”, quiero decir, la demandada reconoció la infracción a la Ley de Defensa del Consumidor art. 1 porque en aun habiéndose anulado la operación indicado Ut Supra,el suscripto se encontraba en ocasión y expuesto a la relación de consumo y se me debió haber tratado como tal y con el máximo respeto a mi dignidad como consumidor, incumpliendo además el art. 4 de la Norma pues en ningún momento ante lo expuesto que estuve se me brindo información para solucionar el DAÑO MORAL que aún persiste. Y como su Señoría puede ver cuando el apoderado de la accionada elige la figura jurídica del término “Transaccional” es porque la relación de consumo se torno litigiosa, y ni siquiera esos $ (pesos) alcanzaban para pagar el interés generado por culpa y dolo de la accionada. Y así la rechace por CD No del : IMPUGNA CARTA DOCUMENTO No DE FECHA . EN RESPUESTA A SU MISIVA, RECHAZO LA MISMA EN TODOS SUS TERMINOS. CONSIDERO UN DESPROPÓSITO EL SUPUESTO PAGO O REINTEGRO DEL MISMO, SIN CORRESPONDERSE CON LA TOTALIDAD DEL MISMO ATENTO LOS GASTOS FINANCIEROS DE SU ACTITUD INDEBIDA. ASIMISMO RECHAZO LA “ATENCION COMERCIAL” DE $ POR NO SER COINCIDENTE CON LOS DAÑOS AL CONCEPTO PÚBLICO DE MI PROFESION Y MI ROL EN EL MERCADO Y LA SOCIEDAD, SOY UNA PERSONA PUBLICA QUE UDS CON SU DESIDIA AFECTARON. DOY POR TERMINADA LAS NEGOCIACIONES EXTRAJUDICIALES. SE LE HACE SABER QUE SE PETICIONARA MEDIACION COMO PASO PREVIO A INICIAR LA ACCIÓN JUDICIAL POR DAÑOS Y PERJUICIOS. ESTIMANDOSE LOS MISMO PRECAUTORIAMENTE EN $ (PESOS ). QUEDAN UDS NOTIFICADOS”.
Y en mérito de esta gravosa situación para mi persona por el dolo de la accionada el día reclamo el dia los intereses devengados por la operación anulada de . Cuya suma a esa fecha era de $ (Pesos con ) atribuyéndome de forma documental días de mora. Insisto DIAS DE MORA. Y esto es responsabilidad exclusiva y excluyente de la demandada. Derivando el día mi
legajo a un Estudio Jurídico para iniciar acciones judiciales.
Y el dia estuve obligado a pagar, por el dolo aberrante de , la suma de $ (Pesos ). Es decir luego de un año y meses tuve que responder como un deudor ante el por una operación que no se había realizado y que sin embargo la accionada usando indebidamente mi tarjeta de crédito me convirtió en un deudor, cuando jamás en mi vida le he debido a entidad alguna o al FISCO. Adjunto comprobante de pago.
Pido condena con expresa imposición de costas atento el daño ocasionado. Y Adjunto certificado de cancelación de deuda emitida por firmado por .
2-PERSONALIDAD PÚBLICA DEL SUSCRIPTO-CONFIGURACION DEL DAÑO MORAL.
Su Excelencia soy , tengo años de edad, y soy Ingeniero en .
Ampliamente conocido en el mercado del Servicio de. Dirijo la empresa , con domicilio en cuya firma supera la cantidad de clientes. Entre ellos YPF, Fui Presidente del periodo , que nuclea a casi profesionales, fui Secretario y Tesorero () de la Junta Central de Consejos profesionales de Agrimensura, Arquitectura e Ingeniería, que nuclea a casi sesenta mil profesionales. He presidido y presido congresos internacionales como (adjunto currículo). Y como se podrá observar en el ámbito empresario debo mantener mi buen nombre y prestigio. Y por la culpabilidad dolosa de . Y por haber tenido por su responsabilidad por una deuda que no genere tuve que soportar los llamados del exigiendo el pago, primero del capital, reintegrado por la accionada, y luego por los intereses, con la intimación de un juicio por una deuda no generada por esta parte. Y con la acusación expresa de días de mora provocada por la accionada. Y pagado por mí para evitar que la empresa de la que soy el Socio Gerente, al momento de licitar ante una gran corporación industrial, no se vea afectada por informes negativos sobre las personas que la dirigen. Es decir si yo no hubiese abonado esa deuda, generada dolosamente por la demandada, no podría licitar para obtener los trabajos de , o ser auditado en la norma ISO , que la empresa posee; así como también me tuve que autoexcluir de la competencia electoral del para su presidencia del periodo porque yo debo dar el ejemplo ante mis colegas. Y lo tuve que hacer por culpa de la impunidad de . Y como Usía puede ver la accionada a modificado mi vida profesional, afectando mi vida personal, y mi prestigio profesional.
EL DAÑO MORAL queda configurado en la descripción del apartado de los hechos y en especia por mi personalidad pública, en el ámbito de mi profesión.
Por este motivo mi reclamo asciende a la suma de pesos cincuenta mil ($), atento el año y cuatro meses transcurridos en los que tuve que dedicarme a una cuestión ajena a mi conducta de buen empresario, en la que he quedado expuesto a una relación de consumo en la que no ha respetado el ESTATUTO DEL CONSUMIDOR, sino que se ha limitado a un extenso silencio, con el surco de una carta documento reintegrando solo el capital, no los intereses, no los días de mora, no mi prestigio profesional, no mi vida personal, no mi buen concepto crediticio.
Y no puede obviarse el carácter de interés público que detenta el Derecho del Consumidor ya que, detrás del interés concreto y particularizado del consumidor individual, existe también implicada la satisfacción del interés general al excederse el plano netamente individual e interesarse a la sociedad toda, como poseedora del razonable “derecho en expectativa” al saneamiento del mercado e imperio de las “buenas prácticas” comerciales.
Con base en el artículo 3 de la Ley 24.240, nace el “sistema” de protección de los consumidores y usuarios, o Estatuto del Consumidor, integrado por todas las normas que poseen dispositivos legales destinados a protegerlos.
Se trata de un sistema proyectivo cuyas notas características son su atomización, su generación o construcción constante, y desde una perspectiva integradora, su conformación por normas que, si bien distintas, se entienden orientadas a un objetivo tutelar común.
Reforzando las normas existentes, como se expresó antes, la reforma constitucional del año 1994 afianzó el sistema al darle primer nivel mediante el nuevo texto del artículo 42, insertando los derechos del consumidor dentro de los objetivos esenciales del Estado.
III-PRUEBA:
1-DOCUMENTAL: Se tenga presente la adjuntada en el sumario. Y por reconocida por
esta parte la Carta Documento de .
2-Pericial:
Caligráfica, Scopométrica: Para el caso que el apoderado niegue su firma sobre la misiva
que se adjunta se designará perito único de oficio quien previa conformación del pertinente cuerpo de escritura dictaminará al respecto, si la firma Carta Documento No es del apoderado de la demandada.
Asimismo, en el caso de que la accionada desconozca o atribuya falsedad a la documentación del o consulting, la ofrezco a los mismos efectos.
3-INFORMATIVA:
Se libren los siguientes oficios en caso de oposición de la accionada a los siguientes organismos:
1) CORREO ARGENTINO: para el caso de que la accionada desconozca las piezas postales de esta parte.
2) con domicilio en calle DE CABA, con el objeto de que se expida:
- Sobre la veracidad de las piezas de correspondencia privada que se adjunta.
- Sobre la operación crediticia con el sitio www. .com.ar, sobre la tarjeta de crédito No () y sobre su reclamo extrajudicial hacia mi persona por esta operación comercial.
3) Al .
- Para que informe sobre la conducta publica de esta parte y adjunte a estos obrados un breve resumen de mi actuación como Presidente de la entidad.
- Para que asiente en el mismo informe si esta parte fue candidata a presidir la entidad profesional en el periodo .
4) A la Junta Central de Consejos profesionales de Agrimensura, Arquitectura e Ingeniería con domicilio en de CABA.
- Para que informe si fui Secretario y Tesorero del periodo (2010/1012) y resultado de mi labor.
- En el mismo informe deje asiento sobre la cantidad de afiliados a la entidad.
IV-TESTIMONIAL:
1-DNI , con domicilio en , de la ciudad de Banfield, Partido de . Provincia de Buenos Aires.
V-DERECHO
Fundamos el derecho que nos asiste en los arts. 4, 5, 8,19 y 53 de la ley de defensa del consumidor no 24.240, arts. 902, 909 y 1.198 primer párrafo del Código Civil, arts. 498 y sgtes. Del Código Procesal Civil y Comercial doctrina y jurisprudencia aplicables. Y Art. 52 bis de la ley 24.420 a los efectos de obtener a mi favor multa civil que Usía sabrá apreciar sin perjuicio del Daño Moral.
VI-PETITORIO
Por lo antes expuesto, a V.S. solicitamos:
1-Nos tenga por presentados, por parte, por constituido el domicilio procesal y declarado el real,y por agregado el BONO LEY 8480. Reservando desde ya el Caso Federal.
2-Tenga presente la eximisión de tasa de justicia planteada en el presente.
3-Por acompañada la prueba documental y ofrecida la restante.
4-Imprima el trámite del proceso sumario a las presentes actuaciones.
5-Se dé traslado de la demanda.
6-Oportunamente, se condene a la demandada al pago del capital reclamado en concepto de daños y perjuicios, con más sus intereses y costas y multa civil.
Proveer de conformidad,
SERÁ JUSTICIA.