FUNDA RECURSO. MANTIENE CASO FEDERAL
Señor Juez Nacional:
_, abogado, T° _ F°_, por la parte demandada, manteniendo el domicilio constituído en _ y el electrónico _ en estos autos caratulados»_ c/ _ s/ ORDINARIO” (EXPTE N°_), a V.S. digo:
I. OBJETO
Siguiendo expresas instrucciones de mi mandante vengo en legal tiempo y forma a fundar el recurso de apelación que fuera concedido contra la resolución de fs. _.
En virtud a las razones de hecho y derecho que pasaré a exponer, solicito a V.S. que eleve las presentes actuaciones a fin de dejar a Ia Excma. Cámara en condiciones de hacer lugar al recurso, revocando la resolución impugnada, con costas en caso de oposición.
II. LA RESOLUCIÓN RECURRIDA
Mediante el interlocutorio dictado el a quo denegó el pedido formulado por esta parte al contestar demanda para que se testen los pasajes de la demanda donde la actora ventila supuestos detalles que se habrían dado entre las partes en el proceso de mediación previa.
III. AGRAVIOS. PALMARIO APARTAMIENTO DE LA CONFIDENCIALIDAD QUE RIGE EN PROCESO DE MEDIACIÓN
La ley 26.589 pretende garantizar: la confidencialidad de lo que las partes en ese marco conversen, debatan, intercambien, como herramienta para favorecer el propósito de dicha instancia previa: arribar a una conciliación extrajudicial, sin que las posturas que allí pudieran intercambiar, puedan comprometer sus intereses en una eventual contienda judicial posterior.
En efecto, el art.7° inc. e) de dicha ley establece: “ARTICULO 7º — Principios que rigen el procedimiento de mediación prejudicial obligatoria. El procedimiento de mediación prejudicial obligatoria se ajustará a los siguientes principios: (…) e) Confidencialidad respecto de la información divulgada por las partes, sus asesores o los terceros citados durante el procedimiento de mediación prejudicial obligatoria (…)”.
Por tal razón, y aún obviando la decisión de no hacer lugar al testado, lo que realmente resulta inconcebible para esta parte es que justamente el Juez de grado anticipe que eventualmente al sentenciar podrá valorar “las manifestaciones relativas a las circunstancias acontecidas en la etapa de mediación prejudicial”, pues en dicha afirmación abiertamente adelanta que no respetará el principio de confidencialidad del proceso de mediación citado.
Esta parte entiende que el mejor remedio para evitar dicha tentación (de merituar los jueces lo que supuestamente intercambiaron las partes durante esa instancia confidencial) es a través del testado, pero si por el motivo que fuere prefiere evitar ese mecanismo, debe tener al menos el decoro que no manifestar abiertamente que incurrirá en esa prohibición al sentenciar.
En virtud de lo expuesto, solicito a V.E. que haga lugar al recurso interpuesto, y revoque la resolución apelada, ordenando el testado en los términos solicitados, o bien vedando expresamente que al sentenciar pueda merituar las manifestaciones que habrían acontecido durante el marco de la mediación previa.
Con costas en caso de oposición.
IV. CUESTIÓN FEDERAL
Para el hipotético e improbable caso que V.E. no hiciera lugar al recurso objeto del presente traslado, deja planteada esta parte la existencia de caso federal en tanto una resolución en tal sentido no sólo resultaría descalificable como acto jurisdiccional válido y conforme a la doctrina de la arbitrariedad sino que, además, violaría el derecho de propiedad, la garantía del debido proceso, el principio de legalidad, el derecho de defensa en juicio y el principio de igualdad ante la ley, todos ellos amparados constitucionalmente.
V. PETITORIO
Por lo expuesto, de V.S. solicito:
1°) Tenga por fundado en tiempo y forma el recurso de apelación oportunamente concedido;
2°) Se haga lugar al recurso planteado y deje sin efecto la resolución impugnada en los términos solicitados, con costasen caso de oposición.
Proveer de conformidad,
SERÁ JUSTICIA
Legislación relevante:
– Art 7 Ley 26.589
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