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PRESENTAN ACUERDO CONCILIATORIO. SE REMITAN A CAMARA PARA HOMOLOGACION
Excma. Corte:
_, apoderado de la parte actora, Tº_ Fº_ manteniendo el domicilio legal en _, y domicilio electrónico 20-14187929-5, por una parte (en adelante PARTE ACTORA); y _, apoderado de la demandada _, manteniendo el domicilio a los efectos procesales en _ y domicilio electrónico _, en estos autos Nº_ caratulados: “_ c/ _ s/ Despido”, a V.V.E.E. nos presentamos y respetuosamente decimos:
I.-
Que en el presente nos presentamos ambas partes (actora y demandadas) y hacemos saber que hemos arribado a un acuerdo conciliatorio, que se presenta en escritos separados suscriptos digitalmente por los diferentes letrados y todos de igual tenor, incluyendo en las presentaciones de todas las partes los términos del acuerdo.-
En orden a ello y al estado de autos, solicitamos se remitan los autos a la Sala _ de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo a efectos que se expida sobre el mismo.-
II.-
1.- La parte actora y las partes demandadas vienen a manifestar que han arribado a un acuerdo conciliatorio en los siguientes términos:
La parte actora reajusta su pretensión en la suma total y única de $ _ (PESOS _), imputables a los rubros reclamados en autos y por el cual recayera sentencia de primera instancia y segunda instancia, actualmente en apelación ante V.V.E.E..-
2.- Las demandadas sin reconocer hechos ni derechos, y al solo efecto conciliatorio aceptan el reajuste efectuado y se comprometen a abonar la suma indicada, poniendo en conocimiento de V.E. que la demandada dá en pago a la actora, previa homologación del acuerdo aquí arribado, la suma de $ _ de los $ _ embargados
en el Incidente de embargo (Expte. Nº_) que a la fecha ascienden a ese total de $ _.-
3.- Asimismo, LAS PARTES acuerdan que los honorarios de la representación letrada de la actora (en su conjunto) quedan establecidos en la suma de PESOS _ ($ _) que comprenden los honorarios por todas las tareas desarrolladas en el expediente, sean correspondientes a la conciliación obligatoria, Primera y Segunda Instancia y los que pudieran corresponder por el recurso extraordinario presentado en autos. En tal sentido se pone en conocimiento de V.E. que la demandada, previa homologación del acuerdo aquí presentado, dá en pago a la representación letrada de la parte actora la suma de $ _ de las sumas embargadas en el Incidente de embargo (Expte. Nº_) que a la fecha ascienden a un total de $ _. La diferencia faltante para completar el monto de los honorarios de marras, es decir la suma de $ _ será depositada en la cuenta de autos dentro de los cinco días de homologado este acuerdo, dando en pago la misma a la representación de la parte actora. Por su parte, los letrados de la parte actora, Dres. _ y _ prestan expresa conformidad con lo acordado en cuanto al monto de honorarios y la forma de pago de los mismos.-
4.- Como consecuencia y supeditado a la homologación del presente acuerdo, la demandada desiste del recurso extraordinario planteado en autos, haciendo el presente acuerdo cosa juzgada y dando por finiquitado el reclamo de autos.-
5.- En este estado LAS PARTES acuerdan que, para el caso de incumplimiento de lo aquí acordado, quedará la parte actora y su representación letrada, autorizados a ejecutar la totalidad del saldo acreedor, sin necesidad de interpelación previa. Asimismo, en el supuesto de mora, ambas partes establecen una cláusula penal a favor del trabajador equivalente al 0,2% por cada día de mora, sin perjuicio de los intereses compensatorios que por derecho corresponden y han sido previstos en la sentencia de Cámara.-
Asimismo, las partes acuerdan, prestan conformidad y solicitan, que las transferencias a favor de la actora sean libradas en forma automática, sin necesidad de requerimiento expreso y sean libradas sin necesidad de consentir el auto que lo ordene.-
6.- Las demandadas asumen la totalidad de las costas irrogadas. Asimismo, y en relación a los honorarios profesionales regulados y aquellos que puedan regularse a la representación letrada de las demandadas, estas acuerdan que los mismos serán soportados por su orden.-
7.- La parte actora presta conformidad y acepta la forma de pago indicada, manifestando que, una vez hecho efectivo el cobro total en autos, nada más tendrá que reclamar de las demandadas respecto de la relación laboral denunciada ni proveniente de su extinción, ni de ninguna obligación de hacer reclamada en autos. Asimismo, la representación letrada de la parte actora acepta la forma de pago propuesta y manifiesta que una vez percibida la suma acordada, nada tendrá que reclamar a las demandadas.-
8.- Las demandadas solicitan se las eximan del pago de la tasa de justicia, prestando conformidad la parte actora con la eximición solicitada. –
9.- Por escrito separado la actora procede a ratificar este acuerdo, y los letrados prestan caución juratoria de la autenticidad de su firma.-
10.- Por todo lo expuesto, ambas partes solicitan a V.S. la homologación del presente acuerdo en los términos del Art 15 L.C.T.-
III.-
Por lo expuesto de V.V.E.E. solicitamos:
1º) Se tenga presente lo manifestado y se remitan las actuaciones a la Sala _ de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo;
2º) Se homologue el acuerdo conciliatorio arribado;
Proveer de conformidad
SERA JUSTICIA

Legislación relevante:

– Art 15 Ley de Contrato de Trabajo

Importante: Si no sos Abogado/a y necesitás asesoramiento jurídico por una situación específica, es fundamental consultar con un/a Abogado/a. Los contenidos aquí provistos  son de carácter informativo y general, y pueden no estar actualizados o contener errores.

 

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